@abogadodelmar

Me están llamando mis amigos los periodistas para consultar las consecuencias de los temporales en relación con la ley de costas.. Éste es uno de los reportajes hechos tras esas consultas. En este caso una consulta de 57 minutos de duración.

EL CONFIDENCIAL

https://www.elconfidencial.com/espana/comunidad-valenciana/2020-01-25/propiedad-temporal-ley-de-costas-dominio-publico_2426300/

La inédita serie de temporales deja a miles de casas del litoral al borde de la expropiación

La Ley de Costas considera de dominio público lo que quede dentro del límite marcado por las olas de cinco borrascas en los últimos cinco años. Desde 2017, el Mediterráneo ha vivido ya cuatro DANA.

Han corrido como la pólvora por las redes sociales esta semana varios vídeos en los que olas gigantescas de más de 14 metros rebasan edificios de apartamentos de cuatro alturas en Portocolom, Mallorca. El agua golpea las fachadas de las edificaciones, supera en altura y se adentra en las calles más cercanas al rompiente. En una de las azoteas, un grupo de jóvenes se divierte, entre sorprendido y excitado por la experiencia. «¡Ola! ¡Hostia! ¡Ola!», se les oye gritar entre sonrisas resguardados en una terraza en tercera línea de costa, hasta donde llega la espuma salada del mar. Las imágenes se repiten en el paseo marítimo de Xàbia (Jávea), con el oleaje castigando el primer frente de viviendas; en las playas de las Arenas, la Malvarrosa o la Patacona de Valencia y Alboraia; o sobre los chalets a pie de playa de Cala s’Alguer en Palamós, en la Costa Brava gerundense.

Costas establece el dominio público marítimo-terrestre como el límite «hasta donde alcancen las olas en los mayores temporales conocidos»

Kilómetros y kilómetros de franjas de costa urbanizada han servido de parachoques del mar Mediterráneo como consecuencia de las bajas presiones provocadas por la borrasca bautizada como Gloria. Que los climatólogos hayan comenzado a poner nombres propios a los temporales es todo un síntoma de que ya los perciben con capacidad para dejar una huella perdurable en forma de destrozos considerables, erosión sobre el territorio, millones de euros de pérdidas y hasta víctimas mortales.

Más allá del impacto durante varios días de la última borrasca, lo que no saben, seguramente, los jóvenes que se divierten sobre la azotea de su apartamento mallorquín es que apenas bastan cinco olas como la de Portocolom en un plazo de cinco años para que el terreno ganado por el mar, y con él la fila de edificios de apartamentos, sean susceptibles de ser considerados bienes de dominio público. Así lo establece la Ley de Costas en su artículo tercero, al definir la zona marítimo-terrestre, la ribera del mar, como «el espacio comprendido entre la línea de bajamar escorada o máxima viva equinoccial, y el límite hasta donde alcancen las olas en los mayores temporales conocidos, de acuerdo con los criterios técnicos que se establezcan».

Los criterios técnicos fueron desarrollados en el artículo 4 del Reglamento General de Costas que entró en vigor en octubre de 2014 a partir de la reforma de la ley impulsada por el Partido Popular en 2013. Aquella ley fue controvertida porque otorgó a miles de viviendas y edificaciones ubicadas dentro de los deslindes de la zona marítimo-terrestre, y con sus concesiones administrativas a punto de caducar, la posibilidad de renovarlas hasta 75 años más a partir de 2018, en un proceso bastante caótico y que todavía no ha finalizado.

El reglamento quiso también poner apellidos a ese abierto concepto de «hasta donde alcancen las olas». Y para establecer el dominio público concretó que, además de considerar las variaciones del nivel del mar debidas a las mareas y el oleaje, el límite «será el alcanzado al menos en 5 ocasiones en un periodo de 5 años, salvo en aquellos casos excepcionales en que la mejor evidencia científica existente demuestre la necesidad de utilizar otro criterio. Para calcular el alcance de un temporal se utilizarán las máximas olas registradas con boyas o satélites o calculadas a través de datos oceanográficos o meteorológicos», señala el texto normativo.

El litoral mediterráneo ha sufrido, solamente en los últimos tres años, cuatro grandes temporales en lo que se conoce como Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) con fuertes oleajes que han rebasado sobradamente muchos de los lindes del dominio público marcados hasta ahora. En enero de 2017, en abril y septiembre de 2018 y en enero de este año, la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) ha registrado temporales considerados históricos. Con la ley en la mano, bastaría una nueva borrasca con impacto sobre la costa y subidas del nivel del mar para que las Demarcaciones de Costas tuviesen la posibilidad de modificar decenas de lindes. La consecuencia es que amplias franjas de costa con solares edificados (apartamentos, viviendas, comercios) podrían ver alterado su régimen de propiedad, y sus actuales dueños sufrir una expropiación compensada con una concesión administrativa de un plazo no superior a 75 años o, en el caso de que la Administración Pública así lo considerase, verse afectados por una expropiación pagada en efectivo para construir una escollera o un paseo marítimo que ejerciese un papel de contención de las mareas.

El periodo de cinco años desde el punto de vista jurídico es poco. Los redactores de la ley no se imaginaban estos temporales»

«El periodo de cinco años desde el punto de vista jurídico es poco. Los redactores de la ley no se imaginaban que podían acontecer estos temporales con tanta frecuencia y con efectos tan importantes como el de 2017 o este último de 2020», señala Jorge Olcina, catedrático de Geografía y director del Laboratorio de Climatología de la Universidad de Alicante. No obstante, también advierte que «desde el punto de vista ambiental» y «de salvaguarda de las personas» a la vista de lo que está aconteciendo con la climatología «es un tiempo bien estimado». «Pero va a llevar consigo mucha complicación jurídica», advierte sobre los posibles deslindes que se avecinan y los efectos que pueden acarrear sobre los actuales propietarios.

El equipo de Olcina, un científico muy crítico con la extensión generalizada de las concesiones en el dominio público que se hizo en la reformada Ley de Costas de 2013, ha estudiado bien las series atmosféricas de los últimos años. Sus análisis señalan que el calentamiento del Ártico está teniendo como consecuencia perturbaciones en la corriente de chorro en altura (9-11 kilómetros) con efectos sobre las borrascas del Mediterráneo, cada vez más frecuentes y virulentas. Las bajas presiones de las gotas frías, además, elevan de forma coyuntural el nivel del mar, lo que explica la invasión de las playas y las olas gigantes que desbordan los diques y paseos marítimos. La boya de Valencia, por ejemplo, tuvo esta semana su máximo registro histórico, con una ola que superó los 8,44 metros.

«Hay un riesgo enorme para la gente de perder la propiedad y el Estado, de forma muy intencionada, no está protegiendo a la gente»

El de las boyas es un factor clave, porque el Reglamento de Costasseñala que sirven como referencia para fijar límites de dominio público, un elemento a veces controvertido. «Se están registrando alturas de olas disparatadas. He tenido un caso de un deslinde que Costas hizo en Jávea en el que se usaron como datos estadísticos los de la altura de la boya de Valencia. Se aplicó el dato y se perdió la propiedad», advierte José Ortega, un abogado que se ha especializado en pleitos con Costas y que ejerce de secretario de la Plataforma de Afectados por la Ley de Costas. Ortega explica que cuando una propiedad se convierte en demanial, la concesión se concibe como un pago en especie por la expropiación, pero que cuando una Administración o la propia Costas se quedan con el terreno para ejecutar algún tipo de obra de regeneración o protección de la ribera del mar, los precios que están pagando quedan muy lejos de lo que sería un activo inmobiliario con valor de mercado. «Tengo un caso de una persona a la que le pagaban 136 euros por su construcción. Hay un riesgo enorme para la gente de perder la propiedad y el Estado, de forma muy intencionada, no está protegiendo a la gente», alerta.

La concesión no es automática

El abogado explica que la Ley de Costas deja muchas incógnitas abiertas para los propietarios con todas las papeletas para un deslinde. Cuando este se produce, al haberse modificado la zona marítimo-terrestre, la concesión no es automática. No es hasta que la petición «y oferta de condiciones de la Administración al peticionario» es aceptada por el Ministerio de Transición Ecológica, que debe hacerla pública, que se considera otorgado el derecho concesional. Sin ese papel, por ejemplo, con la ley en la mano no es posible la ocupación de cualquier edificación permanente. Esto genera situaciones de incertidumbre. En Arenales del Sol, en Elche, hay casi una veintena de torres de apartamentos con 800 propietarios que están esperando a que se legalice su situación tras un deslinde promovido por la Demarcación de Costas de Alicante. Según Ortega, Costas se está negando además a hacer mejores y obras de protección como espigones. «El agua está entrando y sin concesión, en cualquier momento pueden decirles que se tienen que ir», afirma.

Jorge Olcina afirma que la comunidad científica lleva tiempo advirtiendo de lo que está ocurriendo. Que desde principios de siglo los temporales son cada vez más frecuentes y más violentos. «Tenemos que hacer una reflexión ciudadana porque estamos ante un problema serio que puede ir a más. Algunos de estos eventos tienen una intensidad brutal y no podemos esconder la cabeza debajo del ala», sostiene. Recuerda que están proliferando los expedientes en los que se acaban produciendo indemnizaciones con dinero público o con seguros por daños. A su juicio, muchos deslindes van a ser inevitables y esto obliga a reflexionar para buscar nuevas fórmulas compensatorias. «Es duro decirlo, pero es así. Es verdad que la gente no quiere dejar de estar en primera línea, pero se podrían fomentar, por ejemplo, los canjes de terrenos o retranqueos pactados», propone.

«La naturaleza está diciendo que hay zonas mal ocupadas en primera línea y se están generando problemas como consecuencia de los temporales que hay que solucionar. En España la propiedad del suelo es sagrada pero también es sagrada la vida de las personas. Las Administraciones Públicas tienen que ponerse manos a la obra», dice Olcina.

LA FUERZA DE CARIÑO

febrero 26, 2019

@abogadodelmar

Hace ya mucho que vi aquella película que obtuvo un óscar y se llamaba LA FUERZA DEL CARIÑO.Justamente fue en La Coruña. En aquel momento no llegó a convencerme el melodrama de una chica monísima y feliz madre de familia que de pronto contrae cáncer y muere. Me pareció un truco argumental fácil y de no muy buena calidad.

EL CASO DE CARIÑO

Pero el cariño al que yo me refiero nada tiene que ver ni con la película ni con el afecto porque Cariño es una localidad gallega. Imagino que el topónimo debe  ser de origen celta y estar  emparentado con otros de mi Galicia como Coruña, Moaña o Coaña.

En este caso la fuerza de Cariño es la fuerza de la razón, y si apuramos un poco la que proporciona la reacción de toda persona en sus cabales  frente a esa mezcla de absurdo y abuso de poder que desde el principio de los tiempos viene definiendo a nuestra gloriosa e incomparable administración de Costas.

En los momentos más intensos de este blog escribía yo que los ingenieros de costas se portaban como los conquistadores de las Indias porque todo lo que ansiaban era apropiarse de más y más territorios. Pero a ello hay que añadir la manía irracional y contraria a los intereses generales de conservar lo conquistado pase lo que pase, aunque lo que pase sea que los terrenos en cuestión nada tengan ya que ver con el dominio público natural.

La cofradía de pescadores de  Cariño se ubica en  un edificio situado en la Avenida Fraga Iribarne y perfectamente integrado en la malla urbana de la ciudad. Lo separan de la playa un paseo marítimo y un vial asfaltado  de considerable anchura con dos  carriles separados por un bulevar ajardinado.

 

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La cofradía está señalada  con la flecha azul. La línea azul oscuro sobre la playa es el límite interior de la ribera del mar

La Jefatura de Costas otorgó a la cofradía una concesión administrativa indemnizatoria de la disposición transitoria primera.3 de la ley de costas. Este tipo de concesiones no son gratuitas y en el caso que nos ocupa el canon constituye  un buen sablazo.

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Más de 215 metros entre la cofradía yí la ribera del mar

Junto al edificio de la cofradía hay un restaurante. Hace poco se instaló una pérgola en el espacio anejo al mismo y para dotarla de suministro eléctrico se  cavó una zanja donde se enterraron los cables. Pues bien, a la cofradía le ha tocado en gracia un buen expediente sancionador que ha concluido con multa y orden de reposición de las cosas a su estado anterior. A mi observación de que no había nada que reponer porque la zanja  se cerró, la Jefatura de Costas responde que nanai e insiste en la obligación del promotor de volver a abrir la zanja y exhumar  los cables en cuestión. 

¿Surrealista? Yo creo que sí.

EL CASO DE SAGUNTO

Una vez me invitaron a un debate en una televisión local de Sagunto. El programa estaba orientado a debatir sobre el lío que se disponía a armar la Jefatura de Costas con su plan de demolición del paseo marítimo, incluyendo todos sus establecimientos de ocio (entre los que se cuenta un casino). La razón es que desde que allí se hizo un deslinde en 1946,   la línea no se ha movido y el límite interior de la ribera del mar llega hasta la  fachada del frontis marítimo, que está separada de la playa por el paseo mismo y por una avenida asfaltada.

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Paseo marítimo de Sagunto

 Recuerdo haber tenido noticia  del expediente sancionador que se le tramitó a una empresa porque había puesto  un cartel de publicidad en esa misma acera donde se encuentra la línea de fachada más cercana al mar. La sanción se impuso porque la publicidad está prohibida en el dominio público marítimo terrestre y cualquiera podrá comprender que cuando la ley de costas dispone eso, es porque nuestro querido y entrañable amigo el legislador tenía la intención de preservar los valores naturales de la playa, pero no de la acera de un vial público municipal, que carece de ellos.

En la mesa redonda había varios concejales que a la sazón no se aclaraban porque tal y como lo estaban planteando el tema no tenía arreglo,  ya que   la Jefatura de Costas era la propietaria del suelo y como tal no había forma de toserle.

Yo estaba sentado en un extremo de la mesa. Cuando, ya agotado el debate entre los concejales y una vez confirmada su impotencia, el conductor del programa pidió mi opinión, hice uso de mi costumbre de negar la premisa mayor, que es lo que sucede cuando se tiene visión de conjunto. En este caso negar la mayor consistía en preguntarse por qué diablos una parte de la ciudad de Sagunto debía continuar sometiéndose de forma sumisa a la ficción idiota de que la acera, la avenida asfaltada y el paseo marítimo totalmente urbanizado son a los ojos de la ley una playa sólo porque la Jefatura de Costas se empeñe en retener y llevar hasta sus últimas consecuencias un deslinde practicado cuando los mauser de la guerra civil aún echaban humo, los expedientes de ese tipo se tramitaban sin ningún tipo de garantía y además toda la zona era un hermosisimo arenal. 

Aquí negar la mayor es decirle al jefe de costas váyase usted a paseo (marítimo, si se quiere)  y al Ayuntamiento que tenga la delicadeza de  abrir  los ojos y reclamar  razonada, fundada y educadamente la desafectación.

EL CASO DE LA MALVARROSA

Algo parecido puede decirse de la playa de la Malvarrosa, en Valencia. El deslinde antiguo se comía una parte considerable del Cabañal. En 1990 la Administración del Estado, mediante permuta, entregó a la ciudad esos terrenos del interior y firmó con el Ayuntamiento un convenio para la construcción del paseo marítimo que hoy conocemos.

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Paseo de la Malvarrosa, construido y mantenido ilegalmente sobre la ribera del mar

La distorsión consiste en que, contrariamente al artículo 44.5 de la ley de costas, el paseo se construyó sobre la ribera del mar y después de terminado ha seguido siendo ribera del mar,  lo mismo que sucede al de Sagunto.

Los antiguos y tradicionales chiringuitos de la Malvarrosa que estaban en la arena fueron transferidos al paseo. La propia Administración del Estado se ocupó de edificar restaurantes nuevos de dos plantas  y bien dotados,  dentro de las limitaciones de superficie del reglamento de costas.

El Director General de Costas vino a Valencia a inaugurar esta obra ilegal (contraria, como queda dicho, a la prohibición de paseos marítimos en la ribera del mar) como si en vez de ser un ingeniero cortando una cinta fuera un cura administrando el sacramento de la confesión y perdonando los pecados (aunque la comparación no es muy buena porque los responsables del fraude nunca confesaron el pecado en cuestión ni mucho menos hicieron propósito de enmienda ).

Pues bien, las concesiones se otorgaron con  determinada superficie construida y cerrada más un espacio adicional de terraza descubierta. Con el tiempo los empresarios cerraron las terrazas y entonces pidieron más espacio para terraza descubierta. Supongo que se trata  de  una consecuencia natural de la necesidad de dar servicio a un público cada vez más numeroso.  Yo con eso no me meto. La realidad es que hubo un momento en que todas estas concesiones llegaron a tener problemas serios a cuenta del problema de las superficies máximas y todo eso. Hubo peligro real de demolición.

Tanta angustia, tanta zozobra, tanta incertidumbre por el porvenir de unos negocios que dan de comer a muchas familias, no tenía razón de ser ni debía haberse producido nunca porque todo esto pasó debido a la manía irracional, injustificada y peligrosa de los ingenieros de costas por mantener la titularidad del Estado sobre unos terrenos que por su naturaleza nada tienen que ver con el dominio público natural.

EL CASO DE OLIVA

No muy distinto es el panorama del poblado marítimo de Oliva, un espacio que pasó al dominio público mediante deslinde aprobado el 10 de octubre de 1947. Conozco perfectamente bien la surrealista tramitación de aquel procedimiento y de hecho mi  arduo proceso de arqueología legal en busca del misterio  lo conté en mi libro electrónico EL ABOGADO Y EL MAR, que se puede descargar gratuitamente desde mi página www.costasmaritimas.es 

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Playa de Pau Pi, en Oliva

La cosa es que en 1994 se aprobó un deslinde que ponía la ribera del mar por el límite entre la playa y las viviendas. En la memoria justificativa sus autores decían algo así como que no resultaba decente mantener la ficción de que una parte de  la ciudad como  lo es la calle Virgen del Mar, siga formando ficticiamente parte del dominio público natural.

 Si hoy los vecinos de este poblado continúan viviendo con las consiguientes molestias e incertidumbre en ese dominio público natural que sólo lo es en la mente de los funcionarios es por causa de una desafortunada sentencia que alguien obtuvo de la Audiencia Nacional anulando la Orden Ministerial de 1994, pero no porque la delimitación no fuera correcta, sino porque no estaba justificada con estudios científicos.

Yo mismo fui el involuntario causante de esta sentencia al haber obtenido pocos meses antes otra referida a un subtramo distinto del término de Oliva. Mi sentencia anulaba el deslinde por ausencia de justificación. El responsable de la llamada asociación de vecinos del litoral español, empeñado en que los señores de Costas eran unos bandidos sin remedio, tuvo la pésima idea de impugnar un deslinde hecho con la mejor intención. No le resultó difícil. Le bastó con aportar copia de mi sentencia y la Audiencia Nacional se vio obligada a resolver en el mismo sentido.

Por eso cuando la Administración se decidió a tramitar un deslinde nuevo, lo volvió a meter por dentro, apuntándose al dicho popular  de las dos tazas de caldo.

EL CASO DE LA BARCELONETA

El Barrio de la Barceloneta es otro ejemplo de manía irracional por mantener posesiones a costa de lo que sea. El deslinde de aquella zona fue aprobado en 1923 por el mismo rey Alfonso XIII. En esa época la zona era un arenal pero luego se convirtió en un barrio totalmente urbanizado, lo que no impidió que en 1990 si no recuerdo mal se aprobara un deslinde nuevo ratificando el real (no de realidad sino de rey), es decir sosteniendo el empeño Idiota de que las viviendas, las carnicerías, las tiendas de fruta y los demás comercios de la ciudad continuaban siendo un arenal como lo fue en 1923.

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Barrio de la Barcelñoneta

LO QUE HAY QUE HACER 

Todo esto es realmente muy tonto. Y si se limitara a eso al menos podríamos sonreír. Pero hay demasiado sufrimiento humano de por medio. 

Lo que la Administración del Estado debe hacer es dejar de vivir en el pasado. Su incomprensible actitud recuerda vagamente a la de un emperador nostálgico incapaz de olvidar los territorios que un día tuvo. 

Bueno, digo Administración del Estado en vez de decir ingenieros de costas según mi costumbre en un esfuerzo casi sobrehumano de contención y moderación. Pero incluso así, si queremos entender lo que pasa hablemos de convenir en que los responsables son los funcionarios de los niveles medio y alto. Dudo que los políticos que deciden sepan que esto está pasando y dudo más de que llegasen a tolerarlo si lo supieran. 

Si viviésemos en un país normalizado, la desafectación de todos esos sectores y muchos otros debería hacerse de oficio. Pero no es así. Ellos se resisten como el viejo emperador derrotado que se aferra a su pasado, y con esto no hacen más que envenenar la convivencia y echar a perder la confianza de los ciudadanos en los poderes públicos.

Hemos iniciado el proceso para  la desafectación de la cofradía de Cariño. Nuestra herramienta de trabajo es la memoria justificativa que he preparado y que encierra nuestras muchas razones lo mismo que encerraba nuestras razones el informe sobre aplicación abusiva de la ley de costas que presenté presenté en su día ante el Parlamento Europeo.

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Vamos a terminar con esta sinrazón,   con este oprobio y con esta situación anacrónica lo mismo que en aquella ocasión le dimos un viaje mortal a la mismísima ley de costas.

 

José Ortega

ABOGADO

http://www.costasmaritimas.es

 

@abogadodelmar

Pasados ya casi cinco años de la reforma de la ley de costas, no está de sobra un repaso a su ejecución para comprobar si la reforma en cuestión se ha transformado en  la herramienta que se esperaba para normalizar la situación de los afectados y restaurar su dignidad, que a mi juicio había resultado maltratada  en la virulenta etapa de Cristina Narbona (con sus abusos y su furia intratable, Narbona fue la auténtica madre putativa de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas).

Bajo mi punto de vista, el Partido Popular en el gobierno ha hecho dos cosas:

—Aprobar una reforma con errores técnicos espectaculares y tan brutales que parecen intencionados y con unas dosis de arbitrariedad y abuso que causan espanto (me refiero al vergonzoso tratamiento especial de Formentera).

—Aplicar lo que podríamos calificar de cierta benevolencia difusa, absteniéndose de nuevos derribos (en especial en la castigada tierra canaria).

Esto es todo lo que ha dado de sí el esperado  (por los afectados) cambio de gobierno. Pero por lo demás, tal como lo veo yo, los ingenieros de la secta-bunker siguen mandando y abusando.

Muchas veces he propuesto en público la comparación de una banda de ladrones que proceden a desvalijar un piso estacionando un camión de mudanzas en doble fila a las doce de la mañana para explicar el expolio legalizado que opera la ley.

El clásico de estas situaciones es la pérdida de la propiedad derivada de un deslinde. Como se sabe, el Tribunal Constitucional , en su ya clásica sentencia 149/91, reconoció que esa situación merecía el castizo nombre de expropiación forzosa. Por tanto, también se vio obligado a reconocer que resultaba imprescindible la correlativa indemnización con arreglo al artículo 33.3 de la Constitución, pero fue del parecer de que la previsión legal   del otorgamiento de una concesión administrativa era suficiente a efectos de  indemnización «en especie». Esa indemnización, como los afectados saben, es la tristemente famosa concesión indemnizatoria de la disposición transitoria primera.1 de la ley de costas, que en su pretensión de que el valor de dicha concesión equivale al de la propiedad, armoniza de maravilla con el final de la novela de Orwell 1984 en su correlativa pretensión de que 2 + 2 = 5. Pero claro, el Tribunal Constitucional  no es un tribunal, ni forma parte del poder judicial. Si acaso se lo podría calificar de tribunal político, puesto que, como sabe todo el mundo, sus miembros son elegidos por ese palacio santificado de pureza individual, incorruptible nobleza de comportamiento y legitimidad democrática llamado Congreso de los diputados. Por tanto, su composición es una imagen a escala de, equilibrio de esa cosa llamada las fuerzas políticas. En resumen: Que la sentencia 149/91 es, a mi entender, la sentencia política dictada por un tribunal político.

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La reforma de la ley de costas, que fue publicitada hasta extremos sofocantes por el aparato de propaganda del gobierno como la gran solución, creo que habría que calificarla mas más bien de burlona e inaceptable  humillación colectiva para a unos propietarios ya suficientemente vapuleados. Como he dicho a menudo, la increíble cuestión es que la prórroga de 75 años de las concesiones no será gratuita. Las víctimas deberán pagar un canon que posiblemente igualará el 8% del valor catastral.

¿Será un exceso, o incluso un error, calificar de carteristas distinguidos, bandoleros caraduras y ladrones legales a los responsables de tan asombrosa situación? ¿Qué pasa si los llamo además delincuentes? ¿Por qué a  un muerto de hambre con alpargatas  que roba una gallina le cae la ley encima  pero una banda de diputados que roban miles y miles de propiedades pueden seguir brindando y recibiendo honores cada 8 de diciembre? ¿Resulta disparatado acusarlos del delito de integración en organización criminal?

Recordemos que incluso la desafortunada sentencia política del Tribunal Constitucional  retorció y pervirtió el derecho de propiedad hasta el extremo de imponer por la fuerza la ecuación propiedad = concesión. Pero lo que han hecho ahora los salvadores del partido popular es mucho peor y resulta simplemente indecente: Si el deslinde es una expropiación y la concesión es el precio que paga el Estado para indemnizar al particular, no es ni justo, ni normal, ni lógico, ni tolerable ni decente que el particular deba pagarle al Estado un canon como requisito para que el Estado pague al particular la indemnización  por la expropiación. Quizá venga a cuento la pregunta de quién paga a quién en realidad. 

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Las sardónicas y periódicas alusiones de Mariano Rajoy a las políticas pseudomarxistas de Venezuela y a la latente inclinación de Podemos con los modelos de ultraizquierda no se compadece con este panorama, en el que el propio Rajoy (Por favor, vamos a dejar ya atrás la superstición infantil de la separación de poderes: Las leyes las hace el Gobierno, y con la reforma de la ley de costas he tenido ocasión de comprobarlo personalmente) es responsable último de un caso masivo  de apropiación indebida por parte del Estado ante la que que habría de sonreír complacida a la momia de Mao-Tse-Tung si esto llegara a sus embalsamados oídos.

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Pero, incluso aunque parezca que eso significa ya un cumbre de desvergüenza propia de una dictadura comunista, el carácter insaciable de los ingenieros de costas va mucho más allá, porque estos amables camaradas están poniendo en práctica un plan tan descarnado como siniestro de coacciones más o menos veladas  para conseguir nada más y nada menos que los particulares hagan cesión gratuita de la servidumbre de tránsito. 

Sabemos:

—Que la inmensa mayoría de los terrenos de la servidumbre de tránsito están ocupados por edificaciones anteriores a la ley de costas que no pueden derribarse tal estar protegidas por la disposición transitoria cuarta de la ley de costas.

—Que el artículo 44.5  de dicha ley prohibe los paseos marítimos por la ribera del mar, y que la misma ley sugiere que su trazado discurra por la servidumbre de tránsito.

—Que, siendo privados los terrenos de la servidumbre de tránsito, la construcción de un paseo marítimo sobre ellos requiere su previa expropiación seguida de indemnización, pero esta vez aya no mediante el abstruso sistema de la concesión indemnizatoria, sino en metálico.

—Que desde el inicio de la ley, la Administración se lanzó a una oleada masiva de actos públicamente ilegales, sorteando la obligación de expropiar y pagar los terrenos de la servidumbre de tránsito mediante el procedimiento fraudulento de construir los paseos en la ribera del mar para a continuación alegar que el paseo había desnaturalizado el dominio público (radicalmente contrario a la doctrina del Tribunal Supremo de que el proceso urbanizador sobre terrenos de dominio público natural no priva a éste de su carácter, pero esa doctrina se aplica sólo a los ciudadanos, no a los semidioses impunes de la secta-bunker) y entonces fijar la ribera del mar en el borde exterior del paseo.

—que esa práctica fue denunciada en mi INFORME SOBRE APLICACIÓN ABUSIVA DE LA LEY DE COSTAS, presentado ante la comisión de peticiones de Parlamento Europeo en fecha 01.02.2008 junto con la queja que dio lugar a la declaración solemne del pleno del Parlamento Europeo d3 26.03.2009 condenando a España por abusos de la ley de costas.

—Que la disposición adicional  tercera de la ly 2/2013, de reforma de la ley de costas, cuando afirma que “la línea exterior de los paseos marítimos construidos por la Administración General del Estado o por otras administraciones públicas con la autorización de aquella, durante el periodo comprendido entre la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y la entrada en vigor de la presente Ley, se entenderá a todos los efectos como línea interior de la ribera del mar” no es más que la definitiva legalización de ese fraude masivo. 

Pues bien, las más recientes políticas de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, quizá agobiada porque ya no puede hacer paseos en la ribera del mar.  se orientan a las grotescas iniciativas a las que me he referido. Mi primer contacto con un propietario al que la Jefatura de Costas le requería la cesión gratuita de su jardín para construir un paseo fue hace tiempo en San Pedro del Pinatar, durante el mandato de Doña Francisca Baraza. Pero después me ha tocado verlo de cerca en Altea, donde la Jefatura de Costas de Alicante ya ha conseguido el regalo  de amplios espacios.

No crean que en esta parcela los jefes y Jefes de Costas actúan como francotiradores sonados que nunca hubieran  leído la Constitución o que se creen  burócratas eficientes o comisarios políticos de un partido del color de la  sangre. Se limitan a ejecutar el mandato de un documento de la DG llamado Directrices para tratamiento del borde costero, aunque  también podría llamarse El Libro Rojo de Mao aplicado a las costas.

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Este documento, de forma sorprendente, pretende (o sugiere, según veremos) que la Administración deberá solicitar de los interesados la cesión gratuita del espacio de su propiedad sometido a servidumbre de tránsito a efecto de la construcción de paseos.

Esta directriz resulta claramente contraria al derecho de propiedad y entiendo que pretende sacar partido de la confusión que podría existir entre la obligación de tolerar el paso de terceros por la propiedad privada con la de ceder la misma o su efectiva posesión.

El documento contiene un claro impulso público a favor de la construcción de paseos marítimos y otros viales que se pueden considerar conceptualmente equivalentes: “Con respecto al tratamiento de itinerarios y senderos, enfocados a facilitar el tránsito peatonal y el disfrute del paisaje, la Dirección General de Costas desarrolla el Programa de Itinerarios y Senderos Naturales Litorales que se integra en la Red Nacional de Senderos Naturales y Vías Verdes, promovida por el Ministerio de Medio Ambiente a través de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad, y cuyo objeto principal es habilitar el tránsito público peatonal a lo largo del litoral”.

El propósito del documento es la disposición de un pasillo para el tránsito público en toda la costa. Para ello se proponen los siguientes medios:

1. Liberación de las servidumbres de tránsito y protección que no se ajusten a la legislación existente en cuanto a su anchura y usos, y adaptación a aquellas disposiciones previstas por la Ley 22/1988 de Costas. 

2. Transformar y cualificar las servidumbres de tránsito y protección como auténticos espacios sociales de calidad, ambiental y de salud, dotándolas de zonas libres más amplias para destinarlas a espacios abiertos junto al mar o a la instalación de servicios y equipamientos públicos necesarios para los usuarios de la costa. 

3. Fomentar la peatonalización de los frentes costeros, facilitando el tránsito a pie por los mismos. 

Esto, sin duda, podría sentar las bases de una revisión de las autorizaciones de obras anteriores a la ley de costas a efectos del apartado primero de su disposición transitoria cuarta y con la intención de demoler obras anteriores a 1988 que hasta ahora han pasado por legales y pacíficas. 

A continuación el documento añade que

“Cualquier tipo de actuación de transformación de una fachada marítima urbana, deberá incluir al menos uno de los siguientes objetivos:

Eliminación, en lo posible, de las edificaciones y usos incompatibles con las determinaciones de la Ley de Costas en las servidumbres de tránsito y protección”.

Uno de los procedimientos que se establecen para conseguir los anteriores fines es el planeamiento urbanístico, mediante la oportuna negociación con los Ayuntamientos. El informe propone: “Suscripción de un protocolo o convenio entre la Dirección General de Costas y los Ayuntamientos (cuyo modelo tipo se recoge en el Anexo A), en el que se acuerde la eliminación de las instalaciones y edificaciones no ajustadas a las determinaciones de la Ley de Costas en las zonas de tránsito y protección, y su posible sustitución por otras destinadas a usos compatibles con ellas. Todo ello debe preverse en el instrumento de planeamiento urbanístico mas apropiado, y debe programarse dentro de su periodo de vigencia”.

Sin duda es fácil vaciar mediante el planeamiento los derechos transitorios de los vecinos titulares de terrenos en la servidumbre de tránsito. La autoridad urbanística sólo debe para ello justificar que la recuperación de la servidumbre de tránsito resulta conveniente a la adecuada ordenación del territorio y la fórmula ha sido empleada con éxito por la Dirección General de Costas en determinados casos en los que resultaba dificultoso o simplemente molesto asumir por sí misma determinados derribos (Puzol, 1986).

En otra parte, el documento afirma que “los proyectos de la Dirección General de Costas deberán incluir la previsión y programación de las actuaciones necesarias para conseguir la liberación efectiva de las zonas de DPMT, tránsito y protección, en los plazos contemplados en los instrumentos urbanísticos aprobados o en tramitación”. Esta determinación es importante porque condiciona la puesta en marcha de proyectos de obras a la efectiva liberación de esos espacios, y en particular de la servidumbre de tránsito. Ello significa que para la Administración la efectiva liberación de la servidumbre, con derecho transitorio o si él, no es negociable. Todo  proyecto de paseo marítimo llevará consigo la demolición de lo construido. Y a este efecto debe tenerse en cuenta que la ley de costas también condiciona la ejecución de obras a su inclusión en los correspondientes instrumentos de planeamiento, lo que hace congruente la anterior previsión de las Directrices.

El documento detalla de la siguiente manera la actuaciones a desarrollar en una situación como la de los clientes:

“1. GRUPO A: Remodelación de fachada urbana incluida en zona de servidumbre con usos no permitidos

Este tipo de actuación será aquella que se lleve a cabo en fachadas urbanas consolidadas con edificaciones o instalaciones en la zona de servidumbre, que no se ajusten a las previsiones de la Ley de Costas.

1. Requisitos previos para actuaciones del grupo A

Solo se podrán plantear actuaciones delante de fachadas consolidadas con edificaciones no ajustadas a la Ley de Costas en zona de protección, en casos excepcionales debidamente justificados con vistas a satisfacer los siguientes objetivos:

a) Habilitar y publicitar el tránsito público peatonal”.

Esta previsión insiste en que no se planificará ni ejecutará proyecto alguno en la costa que no incluya la habilitación del libre tránsito, entiendo que mediante la remoción de todo obstáculo existente en la servidumbre de ese nombre, y recordemos que aquí ya no estamos hablando de derechos transitorios, sino del impulso derivado de las obras públicas, lo que significa que serán demolidas todas las obras, tanto las legales como las ilegales, si bien el procedimiento y las condiciones podrán variar de un caso a otro.

“2. GRUPO B: Remodelación de fachada urbana no incluida en DPMT

Para la realización de las actuaciones de remodelación de fachadas litorales en tramos urbanos, y en la medida en que se realicen sobre terrenos que no estén incluidos en el DPMT, es preciso disponer de la certificación de cesión gratuita de los terrenos, privados o públicos, que sean necesarios, con objeto de su incorporación al DPMT, lo que se formalizará mediante la corrección del deslinde correspondiente”.

Como se ve, el documento establece que deberá procederse a cesión gratuita de los terrenos. La pretensión carece de toda base legal y resulta arbitraria, como veremos.

Mi opinión es la siguiente:

-Por un lado, la Administración puede establecer las directrices que tenga por convenientes sobre el tratamiento del borde costero, incluso asociando todo proyecto de futuras obras a la liberación de espacios del domino público marítimo terrestre y las servidumbres legales. Con arreglo a la Constitución, toda la propiedad del país está supeditada a los intereses generales y por tanto puede ser expropiada. Si las obras que ocupan las servidumbres legales deben ser demolidas por encontrarse en el caso del apartado primero de la disposición transitoria cuarta de la ley de costas, no será precisa la expropiación. En caso contrario, habrá que poner en marcha la ley y reglamento de expropiación forzosa lo mismo que se hace en otros casos.

-Por otro lado, resulta inaceptable la propuesta del documento relativa a cesión  gratuita de terrenos, privados o públicos, aunque con los siguientes matices:  En determinadas situaciones una Administración local hace a la de Costas cesión gratuita de determinado espacio. Por ejemplo, recientemente el Ayuntamiento de Bellreguard (Valencia) se vio obligado a retranquear el paseo marítimo porque se había quedado sin playa. La operación se hizo mediante cesión gratuita a la Administración del Estado de un vial público municipal sobre el cual se instaló el paseo marítimo retranqueado. No obstante, no cabe interpretar esta previsión en el sentido de que será la misma aplicable a los ciudadanos, al menos como una obligación, porque ello iría en contra del artículo 33.3 de la Constitución.

En consecuencia, constato que los ciudadanos, tras la cariñosa y benévola reforma de la ley de costas,  siguen o seguimos padeciendo la bota y el pisoteo  de la secta-bunker incluso en términos más duros que los que hubo que enfrentar en los tiempos de la intratable Narbona. 

Supongo que estoy muy influenciado por mis muchas y placenteras lecturas de Stephen King, pero se me ocurre que una de estas noches quizá el propio Mao transformado en zombie se presente en la Moncloa agitando torpemente una banderita roja a felicitar a Mariano Rajoy y  estrecharlo en un gran abrazo fraternal.

Estimados amigos, apreciados enemigos, probos funcionarios, autoridades diversas y público en general: Veréis, yo sé que todos me leéis. Los afectados por encontrar noticias o directrices. Los enemigos por estudiarme a ver cómo me hincan mejor el diente. Los funcionarios por curiosidad de comprobar cómo siente y padece el enemigo. Las autoridades, especialmente alguna que se siente herida, para ver en qué momento escribo algo que les permita insultarme en los comentarios, como ya ha pasado alguna vez. Y el público en general por aburrimiento, supongo.

Me enternece ver que un miembro del equipo contrario declara sin tapujos que me lee porque le gusta como escribo aunque no esté de acuerdo con la mayoría de los contenidos. Me satisface entrar por un despacho de Costas y que ciertos funcionarios me digan amigablemente que son lectores habituales de mi blog y que convienen conmigo en muchas cosas. Hace poco estaba sentado a la mesa con un ex ministro y al levantarse viene y me dice:

-Te sigo, aunque no lo creas.

Y efectivamente no lo creo, pero escucharlo fue la leche.

Bueno… ejem… es que yo nací para escribir. Y ahora tenéis la oportunidad de demostrar vuestra afición a las lecturas buenas, porque editorial Corona Borealis se dispone a publicar mi novela sobre el mito de Gilgamesh. Como muchos sabéis, esta novela ya se publicó en 1990 (Editora Regional de Murcia) y se reeditó en 1995 (Fundamentos), pero ahora la cosa va en serio. Saldrá bajo el título GILGAMESH EN BUSCA DE LA INMORTALIDAD, estará en las librerías a principios de enero y se distribuirá en nuestra querida patria y también en Estados Unidos.

Compradla, leedla y regaladla por Reyes. Los clientes del despacho como muestra de afecto aunque la inmortalidad os importe una vaina. Los enemigos comidos por la envidia y el rencor, por el morbo de saber qué habrá escrito el señor Ortega. Los funcionarios, autoridades y miembros del equipo contrario en general, para contribuir a que me jubile por fin como abogado de costas y me dedique definitivamente a escribir sobre mitos mediterráneos, con lo que no podré causarles ya más desgracias.

¿Queréis ver un bonito trailer book sobre la novela? ¿Sí? Está aquí:

 

 Entre los arrecifes, un charco brilla al sol. Dos niños patean en el agua dorada. Su padre comenta con orgullo que en este rincón los pueden jugar y explorar en libertad, además de aprender a pescar. Los hombres son aquí tipos recios, gente de la tierra que se permite el lujo de unas relaciones sociales hoy prohibidas, las de los núcleos pequeños, donde todos se conocen y comparten. Son esas cosas tan simples como saludarse, comer en grupo o salir al juntos al mar en demanda de un cubo de pescado fresco. Esto antes era siempre así. Ahora nunca o casi nunca, porque vivimos en una sociedad de ciencia ficción donde nadie conoce a nadie y todos desconfían de todos.

Al pensamiento único esas salidas de tono no le van. Al hombre del siglo XXI, para transformarlo en ciudadano modelo, es necesario desnaturalizarlo y romperle las raíces, aunque sea con machete. Es así como se obtiene la sumisión en una sociedad con el Estado como única referencia.

Con el paisaje sucede lo mismo que con las relaciones entre las personas. El pensamiento único ha sido dictado por el Estado y no admite resistencia. El paisaje forzosamente ha de ser como ordena el Estado. De nada valen esos baluartes de civilización que aparecen sorprendentemente en paisajes muertos y secos, y que fueron creados por la audacia humana a lo largo de los siglos. Si la historia del hombre creó poblamientos litorales, refugios pesqueros y enclaves costeros, arrollaremos la historia del hombre para crear una realidad nueva definida por pedruscos y lagartijas conforme a la doctrina del Estado.

Una vez leí un análisis de Robinson Crusoe. Decía que en su naufragio había llevado consigo un equipaje invisible que era la civilización. Aventureros atrevidos abrieron en las costas de Canarias espacios de civilización, a veces en extremos inverosímiles. En ellos, hoy día, los niños en vez de darle a la play station, juguetean en libertad con la arena, los peces y el agua, y los padres gozan de una autentica convivencia con sus vecinos. Una convivencia a la medida del hombre. Es el tipo de convivencia que proporciona la satisfacción de pertenecer a un grupo y asigna seguridad psicológica. Y encima sin cobertura de móvil. Son varios pecados seguidos contra el Estado despersonalizador, el de los hechos materiales (el asentamiento litoral) y el de los inmateriales (las relaciones auténticamente humanas).

   Hoy he estado en Jacomar, en lo más recóndito de Fuerteventura. Para llegar allí hay que tragar polvo a manta por una pista imposible y después caminar ochocientos metros por arrecifes resbaladizos. En un recodo del camino descubres el antiguo refugio pesquero, con sus casas de piedra bien alineadas y sus tejados rojizos, y lo primero que piensas es que estás ante un nuevo milagro en el que unas familias se han animado a humanizar un paisaje inhóspito.

Estoy defendiendo este poblado de la destrucción desde 2007 pero no lo había visto hasta hoy. Los tribunales me han dicho que no a todo y los ingenieros de Costas se movilizaron hace poco para proceder al derribo y de esta manera cumplir con su objetivo, consciente o inconsciente, de dinamitar un foco de civilización, borrar todo rastro del género humano, mandar a los niños de vuelta a la play station y exterminar la convivencia franca, sana y espontánea. La decisión del Estado es que aquí sólo queden las olas y las piedras, y de alguna manera insisten en que esto es conforme con los intereses generales.

No sólo pretenden echar a estas personas. Quieren también que paguen los costes del derribo. Llevo mucho tiempo discutiendo con los funcionarios, las autoridades, el abogado del Estado y los jueces para convencerlos de que la medida es ilegal por el motivo fantásticamente simple de que no hay un sólo precepto en el ordenamiento jurídico que así lo diga, es decir que condene a estas personas a pagar el importe de la demolición (que incluye la limpieza post mortem del lugar y el traslado a vertedero autorizado). Los funcionarios, las autoridades, el abogado del Estado y los jueces me contestan que no tengo razón, pero no me dicen por qué. No aportan ni un sólo argumento que merezca ese nombre, y sobre todo no me citan ningún precepto. En los últimos tiempos, algunos magistrados de Canarias, acorralados por unas demandas judiciales en las que los desafío a que me citen el articulo en cuestión, creen haber encontrado alivio en el articulo 95 de la ley de costas y me dicen que ese precepto es el que legitima la condena a los costes del derribo. Esto me resulta especialmente divertido, porque el articulo 95 se refiere a los expediente sancionadores y la recuperación posesoria no es un expediente sancionador. Por lo demás, un principio general del derecho prohíbe la interpretación analógica o extensiva de normas restrictivas de derechos individuales, que es justamente lo que han hecho esos magistrados. Por lo tanto, el argumento, repetido en bastantes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, no es más que el reconocimiento de que no tienen razón. O de que la tengo yo.

  Esto lo he contado sucesivas veces en el Parlamento Europeo: A una familia en Valencia le cobraron más de 60.000 euros para financiar su propio derribo (las pagaron). A una ciudadana de Soller le exigían 360.000 euros (leed la entrada de blog Los escombros perdidos de Fiorentina Mora, es muy divertido). Pero lo de Jacomar es de otra dimensión. Aquí los costes del derribo y retirada de los materiales son brutales porque al lugar no se puede acceder más que con barco, por lo que los responsables pidieron presupuesto para alquilar una gabarra en Las Palmas y les pedían 300.000 euros sólo por ese concepto. Así que entre los costes del derribo, la retirada de los materiales y su entrega a vertedero autorizado es posible que la broma cueste un millón de euros. Ese importe tendrá que ser abonado por las personas a las que he visitado hoy, ninguno de los cuales tenia aspecto de Rockefeller aunque nunca se sabe. Sus hijos no sólo no podrán seguir jugando con los charcos, sino que tendrán que hacerse hombres rápidamente para ayudar a sus padres a pagarle al Estado una deuda imposible. Esto es lo que sucede cuando de pone en marcha el pensamiento único.

Hace unos meses el abogado del Estado pidió autorización al Tribunal Superior de Justicia para ejecutar la sentencia que desestimaba mi recurso, es decir, para desencadenar el Apocalipsis. Formulé alegaciones para que se le denegara por tener en trámite recurso de casación. Y se la negaron. Pero la situación es transitoria. El Estado, con su monopolio para decidir cómo ha de ser el paisaje, está dispuesto a organizar una operación de demolición casi militar, de proporciones inmensas, a invertir cantidades no menos inmensas y a arruinar de por vida a estas familias y a sus hijos exigiéndoles el recobro. Y todo para mayor esplendor de las piedras y de la soledad.

  Si permitimos que el Estado prevalezca sobre la sociedad, estaremos perdidos. El Estado no debería ser otra cosa más que la concreción del grupo. Pero no lo es. Se ha transformado en un aparato independiente que sólo atiende a las élites económicas y si acaso, en lo que nos ocupa, a una casta de ingenieros de caminos y abogados del Estado cuya visión de la realidad es de tiralíneas. Estos tipos ni reparan en los cuartos que sus manías van a costar a toda la sociedad, (porque no los pagarán de sus ahorros), ni se preocupan de la tragedia humana que pueden provocar con sólo una firma (porque no va con ellos), ni mucho menos piensan por un solo instante que pueden no tener razón (porque son así de soberbios).

Como dicen por ahí, si luchamos podemos perder. Si no luchamos, estamos perdidos.
José Ortega

ABOGADO

http://www.costamaritimas.es

 

restaurante El Bogavante, en la misma localidad

El TSJC desestima el derribo declarado por Costas contra un restaurante de El Golfo

 

 
Crónicas · 15 de septiembre de 2011
 

 

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Fotografía de José Ortega con dos afectados de Fuerteventura.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acaba de dictar sentencia declarando la nulidad de una resolución sancionadora con desmontaje de determinadas instalaciones del restaurante Casa Plácido en El Golfo (Yaiza, isla de Lanzarote).

Según explica la defensa del afectado, la resolución fue dictada por la Jefatura Provincial de Costas de Las Palmas y obedece a un expediente sancionador que, junto a otros de la misma zona, fue tramitado de forma fulminante nada más aprobarse el deslinde, contra varios restaurantes de la zona, a los que se reprochaba la ocupación de dominio público y la servidumbre de tránsito por las mesas y sillas de las terrazas.

Estas terrazas con estas mesas y sillas «son el alma de los restaurantes del Golfo, adonde acuden los usuarios de todas partes para cenar a media tarde mientras contemplan la puesta de sol. Sin esas instalaciones, la vida económica de la localidad quedaría reducida a cero», considera la parte defensora.

La sentencia declara la nulidad de los actos combatidos por haberse causado indefensión, ya que la Jefatura Provincial de Costas no sólo no accedió a practicar la prueba pedida por el abogado de los propietarios del restaurante, sino que ni siquiera se dio por enterada de la petición. El abogado, José Ortega, considera que de esta manera la arrogancia de la Administración y su desprecio por los derechos individuales se ha vuelto contra la propia Administración.

Esta sentencia se suma a la que fue dictada antes del verano en relación con el derribo de la terraza del restaurante El Bogavante, en la misma localidad. Con ellas queda demostrado que es posible vencer a Costas y que por lo tanto la marea de derribos en las playas de Canarias dista mucho de ser inevitable.

José Ortega , el abogado que ha obtenido la sentencia, es fundador de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas y autor del informe sobre aplicación abusiva de la ley de costas que dio lugar a la declaración del pleno del Parlamento Europeo de 26.03.2009 condenando a España por aplicación retroactiva de esa ley y reclamando su reforma. Ha obtenido de los tribunales la nulidad de un deslinde en Punta Larga (Candelaria) y la de un conjunto de siete derribos en El Remo (La Palma) y uno más en La Oliva (Fuerteventura), además del correspondiente al restaurante Bogavante. Al mismo tiempo, ha conseguido la suspensión judicial in extremis de numerosos derribos en El Puertito de los Molinos (Puerto del Rosario, Fuerteventura) y en otras localidades de Fuerteventura.

Ortega cree que esta sentencia debe animar al ejercicio de los derechos individuales, ya que en caso contrario estos derechos se atrofian y terminan por perder significación.

 

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  PUBLICADO EN CRÓNICAS DE LANZAROTE:
 http://www.cronicasdelanzarote.es/spip.php?article36092

 

 

http://www.laprovincia.es/lanzarote/2011/06/04/bar-golfo-libra-pagar-1900-euros-costas/377572.html

 El TSJC da la razón al propietario de El Bogavante pese a que su terraza está en el deslinde marítimo

 

 

Vista del pueblo de El Golfo, afectado por el deslinde de Costas. i J. FUENTES
 
 
Vista del pueblo de El Golfo, afectado por el deslinde de Costas. i J. FUENTES 
 
 
 
 
 

 

 

 

ARÁNZAZU FERNÁNDEZ
ARRECIFE
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado por el propietario del restaurante El Bogavante, situado en El Golfo (Yaiza), Adrián Rodríguez, al que la Demarcación de Costas de Canarias -departamento que pertenece al Ministerio de Medio Ambiente- había multado con 1.902 euros el 27 de septiembre de 2007 porque mobiliario de su negocio ocupaba el dominio público marítimo terrestre. En su resolución, Costas instó al dueño de El Bogavante a retirar 19 mesas, 76 sillas, 10 sombrillas y una pérgola de madera de 60 metros cuadrados.

Vecinos de El Golfo y Costas mantienen un enfrentamiento desde hace cinco años a raíz del nuevo deslinde establecido por Costas en ese pueblo sureño.

En su sentencia del pasado 25 de mayo, contra la cual no cabe recurso alguno, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC da la razón al demandante por entender que Costas no tuvo en cuenta la suspensión del deslinde solicitada en 2007 por el abogado José Ortega, que representa a buena parte del más de medio centenar de afectados. «Costas tenía un mes para contestar a esa petición y no lo hizo, por lo que el deslinde se entiende suspendido por silencio positivo y no cabe lugar a ningún expediente sancionador ni derribo», explicó Ortega.

 

 PLATAFORMA NACIONAL DE AFECTADOS POR LA LEY DE COSTAS

NOTA DE PRENSA

 

SOBRE LA CAMPAÑA EUROPEA DEL MINISTRO JOSÉ BLANCO

 Ante la visita de D. José Blanco a Londres y otras capitales europeas, en orden a convencer a los ciudadanos para que inviertan en segundas residencias en España, deseamos alertar a los destinatarios de esos mensajes para que sepan que en nuestro país, como consecuencia de la ley de cosas, la propiedad privada es totalmente insegura y no resulta recomendable seguir los consejos del Ministro de adquirir aquí una casa de vacaciones porque en cualquier momento el Gobierno se la podrá quitar sin una compensación justa.

Esta campaña del Ministro resulta particularmente inoportuna cuando es un clamor el sufrimiento de tantos ciudadanos europeos, españoles o no, que tenían una casa en la playa y de un día para otro se han encontrado sin nada. De hecho, uno de los motivos de que el Ministro se vea obligado a salir de gira para fomentar la venta de viviendas de vacaciones en España es que su propio Gobierno ha generado en los ciudadanos una desconfianza totalmente comprensible mediante la aplicación de la ley de costas.

Según esta ley, el dominio público abarca todo espacio alcanzado por las olas o la arena. Un funcionario público pone la línea detrás de su casa y, sin la previa intervención de un juez, usted perderá la propiedad que tanto le costó adquirir y su inscripción en el Registro de la Propiedad ya no valdrá nada. El Gobierno ofrece como indemnización una concesión administrativa sobre la propia vivienda durante un tiempo limitado, pero normalmente sólo otorga esas concesiones cuando a continuación va a rescatar el terreno para hacer una obra pública. Las compensaciones que se dan en ese caso son ridículas. En este momento a un ciudadano de Cádiz le están ofreciendo como precio un total de 136 euros.

El Parlamento Europeo, en su resolución de 26.03.09, dictada a consecuencia de la  queja formulada por la PLATAFORMA NACIONAL DE AFECTADOS POR LA LEY DE COSTAS, ya instó a España a modificar la ley de costas para, entre otras cosas, asignar indemnizaciones decentes a las expropiaciones derivadas de su aplicación. El Gobierno no ha hecho el menor caso de esta declaración y en lugar de eso ha iniciado un peregrinar por Europa a fin de vender propiedades sobre las que no existe ninguna garantía.

José Ortega

Portavoz

Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas

 

 

 

 

 

 

 

               Picar sobre la foto para ampliarla 

La I JORNADA DE ESTUDIO DE LA LEY DE COSTAS, organizada por la PLATAFORMA  NACIONAL DE AFECTADOS POR LA LEY DE COSTAS, deparó mucha emoción, muchas sorpresas y mucha satisfacción.

El acto central de la Jornada reunió en una mesa a:

-Francisco Montoya, Ingeniero de Caminos, antiguo Subdirector General de Costas y corredactor del reglamento de costas.

-Alfredo Masó, profesor de Macroeconomía de la Universidad de Alicante, presidente del colectivo de Arenales del Sol y miembro de la junta directiva de la Plataforma.

-José Luis Almazán, Ingeniero de Caminos, funcionario en excedencia de la Dirección General de Costas y profesor de la Escuela de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad Politécnica de Madrid.

 -Mario García, alcalde de Nules.

  -José Serra, Ingeniero de Caminos y catedrático de la Universidad Politécnica de Valencia. Director del Laboratorio de Puertos y Costas de esta Universidad.

  -Un servidor, Abogado.

  Todos moderados por Carolina Fernández, periodista de Las Provincias.

   Me parecieron especialmente significativos los puntos de vista de Almazán y Montoya, dos funcionarios del Estado que han estado durante años trabajando en la casa y que no mantienen puntos de vista muy alejados de los de los afectados en cuanto a la vigencia actual de la ley de costas y la conveniencia de su reforma.

  Montoya es un interesante conversador. Hace no mucho, cuando era Jefe de Costas de Castellón, hizo algo insólito: Me llamó para cambiar conmigo impresiones sobre la ley y su aplicación. Yo, acostumbrado a todo lo contrario, la verdad es que no sabía qué pensar mientras acudía a su despacho. El encuentro fue franco, respetuoso y creo que fructífero. Entonces, como no me lo explicaba, sospechaba que la maniobra escondía alguna directriz tremebunda de los jefes de Madrid. Ahora pienso que Montoya era y es un intelectual y que sólo quería conocer mi punto de vista. La prueba de ese carácter es que en estos días, al poco tiempo de su jubilación, en vez de tumbarse en el sofá a ver Tele 5 se ha puesto a redactar su tesis doctoral, que naturalmente va de la ley de costas.

  A Almazán no lo conocía hasta hace poco, pero cada cambio de impresiones de los que había mantenido con él acreditaba su profundísimo conocimiento y su dilatada experiencia a todo lo relativo a las costas. Su ponencia lo demostró. No sólo sabe. Además es valiente.

  Serra intervino en sustitución de su compañero José Medina, que sufrió un imprevisto. Pensé que era mejor traer a la mesa redonda a Medina porque Serra le ha hecho un flaco favor a los vecinos de La Casbah, ya que como responsable del programa de vigilancia ambiental de la ampliación del puerto de Valencia de 2007, no ve relación entre dicha ampliación y la fortísima erosión marina en las playas del Saler y Pinedo, que recientemente descalzó el paseo marítimo situado frente a la Casbah. En todo caso, su autoridad en la materia está fuera de toda duda y sus buenas relaciones con el Gobierno ponen aún más en valor los puntos de vista reformistas que mostró.

Mario García es el alcalde de un pueblo como Nules, que sufre como ninguno por la erosión marina y que está perdiendo superficie a ojos vista como consecuencia del efecto sombra del puerto de Burriana.

De Alfredo qué os voy a contar. Fue el auténtico inspirador de esta cosa que es la Plataforma cuando en una comida en Alicante, en septiembre de 2007, me propuso de forma directa que uniera a todos los colectivos que trabajaban conmigo en un gran colectivo nacional.  Antes, después y durante ha luchado no sólo contra los de enfrente, sino también a veces contra los de al lado.

No voy a contar ahora ningún resumen de lo sucedido en la mesa. No tiene sentido primero porque saldría un rollazo de varios folios y segundo porque en cuanto me pasen la grabación colgaré los videos y todo el mundo podrá enterarse de pe a pa. No obstante, os traslado desde este momento mi perplejidad ante la opinión unánime de todos los presentes en el sentido de que es precisa una reforma de la ley de costas. Esto es algo que resultaba impensable hace no mucho tiempo.

 Recuerdo que cuando pusimos en marcha la Plataforma, aquel 8 de enero de 2008, alguien muy entusiasta propuso meterse con la ley y lo desaconsejé porque en aquel momento la sociedad no estaba preparada y corríamos el riesgo de pasar por señoritos privilegiados a quienes incomodaba una ley de protección del medio ambiente bastante prestigiosa. Ese momento ha quedado muy atrás. Ahora, después de todo lo que llevamos hecho y sufrido, no sólo se puede pedir una reforma de la ley, sino que la reclaman con nosotros los mayores expertos del país.

Una vez, mientras me encontraba en la herboristería Pepe Navarro, recibí la llamada de Marcial Pina, de Arenales del Sol. Era un hombre muy solemne. Después de una breve conversación, concluyó diciéndome varias veces: “No nos deje… No nos deje”.

Recuerdo otro día, en un otoño frío y en una casa enorme y más fría aún, cuando conocí a José Martí, un prestigioso abogado mercantilista de Barcelona que me llamaba para salvar aquel caserón, su casa familiar de Oliva.

Y también recuerdo el verano de 2007, cuando un sonriente Juan Miguel Terradez llevó al maltrecho local de la asociación de vecinos de la Casbah unos cubitos de limón granizado para celebrar su cumpleaños en medio de una reunión de trabajo en la que ya se empezó a fantasear con una fórmula colectiva de defensa que fuera más allá de los recursos administrativos o judiciales.

Los tres murieron en el camino sin llegar a ver este momento, que creo que es un momento histórico que va a hacer de gozne para cerrar un tiempo y abrir otro nuevo. El momento en el que todos y cada uno de los componentes de la mesa de discusión, consultados por Carolina Fernández, respondieron SÍ a la pregunta de si había que reformar la ley de costas.

 Como dije en mi turno, la ley se reformará gracias a una labor tranquila, inteligente, pacífica y constructiva llevada a cabo por la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas desde el momento mismo de su fundación. No hemos chillado, no hemos insultado, ni hemos roto cristales. Hemos metido el dedo en el ojo, como debía ser, pero con educación y poniendo la semilla donde podía germinar y crecer, no en el suelo estéril de esta España de cuya vida pública los valores de justicia, ética y dignidad parecen haber huido.

 El trabajo que hemos hecho es un ejemplo de cómo la sociedad puede sobreponerse al aparato del Estado. Una sociedad donde sucede algo así sigue siendo una sociedad saludable. Creo que hemos dado un ejemplo de lucha cívica.