POR QUÉ HAY QUE REFORMAR LA SERVIDUMBRE DE PROTECCIÓN
mayo 16, 2012
Cuestiones muy tontas de la servidumbre de protección
Lo que saben los ciudadanos de la servidumbre de protección es que es una franja de terreno en la que no se puede construir nada nuevo ni ampliar lo construido. Cada uno de los conflictos originados en torno a ella tiene que ver con el derecho a construir y sobre todo con el derecho a reformar, que padece una frontera borrosa entre lo que se puede y lo que no se puede hacer.
Lo que creo que muchos ignoran es que en la servidumbre de protección el uso residencial está prohibido. Sí, prohibido. Significa que no puede haber nadie viviendo en ese espacio. Podrá haber talleres de reparación de automóviles, expendedurías de carne de caballo o farmacias, pero no viviendas.
¿Cómo es, entonces, que todo el mundo continua viviendo en sus casas a pesar de que se encuentren en esa franja de protección? Merced a los derechos transitorios recogidos en la ley de costas. De la misma forma que se toleran los edificios construidos legalmente antes de su entrada en vigor, también se toleran los usos residenciales cuando eran anteriores.
En cierta ocasión me tocó defender a un colectivo de casi mil familias enfurecidas porque una obra pública en Bellreguard había dejado las torres de primera linea dentro de la servidumbre de protección. En aquellas fechas se había prendido fuego en Madrid al edificio Windsor y en las asambleas se consideraba con horror la posibilidad de que alguna de las torres sufriera un siniestro similar y hubiera de ser demolida, en cuyo caso, con arreglo a las disposiciones transitorias de la ley de costas, ya no podría ser objeto de reconstrucción. Pero eso no era exactamente así. De forma sorprendente, la ley sí que admite la reconstrucción de esos edificios, pero no la continuación de su primitivo uso residencial, puesto que la demolición habría roto el vinculo con una situación anterior a la ley de costas y por tanto con el derecho transitorio. En tal caso, entraría a aplicarse con toda su gloria y todo su esplendor la prohibición de uso residencial. La ley, entonces, no rechazaría que los edificios se destinaran a oficinas, por ejemplo, pero definitivamente dentro de ellos no se podría pernoctar, hacer la cena o ver la tele (por supuesto nada de sexo).
Reconozco que en España sabemos hacer muchas cosas además de servir calamares a la romana, pero esas otras cosas ocupan un espacio modesto en el PIB si lo comparamos con el turismo, cuyos componentes fundamentales son efectivamente dichos calamares a la romana, el sol y las tumbonas. Por cierto que el turismo es la única actividad económica que no debe temer a la deslocalizacion. Había una fabrica de Nokia en el Reino Unido. Daba trabajo a muchas familias y todo iba bien hasta que un día decidieron cerrarla y salir pitando para Rumania porque allí era más barato producir. Los rumanos se pusieron tan frenéticos de alegría que incluso pusieron una vía férrea especial para la nueva fábrica. El otro día escuché en la BBC que Nokia había decidido cerrar la planta y trasladarse a donde podéis imaginar, es decir, a ese país tan comunista como capitalista llamado China, y habían dejado a los rumanos pasando la mano por la pared.
Esto es algo que no puede suceder con el sol ni con la playa, lo que confirma la necesidad de que nuestra patria afiance un negocio turístico que siempre se a a quedar aquí. Resulta evidente que en el presente contexto de recesión económica esa necesidad se centuplica e imagino que ésta es una buena causa de que el Ministro Cañete haya decidido flexibilizar la ley de costas para permitir más negocio en las playas.
Pues bien, atendamos ahora, queridos amigos, al dibujo teórico del litoral que quiere la ley de costas: Dentro del dominio público los usos residenciales están prohibidos, pero también lo están en una franja de cien metros situada a continuación. Digo cien metros, y digo bien porque la servidumbre de protección de veinte metros es excepcional y también obedece a derechos transitorios que aquí seria algo latoso explicar.
El dominio público carece de anchura fija, pero puede extenderse profundamente al interior. En La playa de El Saler, por ejemplo, puede alcanzar unos doscientos metros de anchura, y he visto una línea en Lanzarote bastante más al interior. Sumemos a ello los cien metros de la servidumbre de protección y tendremos una imagen de lo que los padres de la ley de costas querían para nuestro litoral: Que no hubiera alma humana que pudiera vivir en una media de doscientos metros de la orilla. A margen de la bondad medioambiental de ese esquema, la pregunta es si eso es algo que tenga sentido en un país que vive o pretende vivir del turismo.
Ved nuestras costas. Vedlas saturadas de construcciones hasta el borde del mar. Ved cómo la densidad de población en primera línea supera a la de cualquier otro segmento del territorio ¿no percibís un nuevo y adorable ejemplo del foso entre la España oficial y la España real? ¿Quién diría que esas aglomeraciones urbanas y humanas se dan en un país que tiene prohibido todo uso residencial en los primeros doscientos metros de costa como media?
Puedo contaros algunas situaciones aún más singulares. Si tenéis una vivienda en servidumbre de protección ni se os ocurra acometer una obra concienzuda de reforzamiento de pilares, porque en el marco de la borrosa frontera a la que me he referido antes, os dirán que la obra está prohibida y os ordenaran (aunque esto sea arquitectónicamente imposible) volver a dejar los pilares en su primitivo estado de deterioro. El motivo es claro: el propósito de la ley es que estos edificios se vayan cayendo poco a poco hasta que en un momento idealizado del futuro toda la anchura fe la servidumbre de protección se transforme en un prado, un arenal o un pedregal que se asemeje lo más posible a su estado en lo tiempos de Adán y Eva.
Pero entretanto los que están delante, es decir, los que han conseguido la concesión de la disposición transitoria primera, apartado primero, habiendo consolidado su derecho a permanecer no ya en la servidumbre de protección sino en el dominio público, podrán desde luego reforzar pilares, reconstruir sus muros perimetrales y todo lo que sea preciso para ejercer su derecho a permanecer viviendo en aquel edificio durante los próximos sesenta años.
¿Percibís la absurda contradicción? Los edificios situados en el dominio público, en un suelo que con razón o sin ella pertenece a todos, podrán ser reformados, reforzados, adecentados y reconstruidos, mientras que los situados sobre propiedad privada aunque sujetos a la servidumbre de protección deberán experimentar una decadencia forzada hasta que sus habitantes se vean obligados a escapar de allí por miedo a que el techo se les venga encima y hasta que acto seguido sobrevenga la total y definitiva ruina. Así nos encontraremos con un paisaje surrealista en el que el proteccionismo del Estado habrá dado lugar a una florida y pujante primera línea de viviendas sobre la arena a cuya espalda, en una extensión de cien metros, se extenderá un baldío pelado y solitario.
No sé si esto es lo que había en la cabeza de los señores y las señoras que inventaron la ley de costas, pero no cabe duda de que es la consecuencia de sus pensamientos.
Por eso he pedido al Director General de Costas que al redactar la reforma tenga en cuenta esta situación, se pregunte si un país que vive del turismo en la playa puede mantener la prohibición de uso residencial de la franja costera, y que actúe en consecuencia.
José Ortega
Abogado joseortega@costasmaritimas.es
EL PLENO ENTENDIMIENTO ENTRE EL DIRECTOR GENERAL DE COSTAS Y LA PLATAFORMA ANUNCIA EL PRINCIPIO DEL FIN
mayo 4, 2012
Confieso que ya no esperaba esa llamada, pero se produjo. Finalmente el Director General de Costas responde a nuestra solicitud de audiencia para cambiar impresiones sobre la reforma de la ley de costas. Aún así soy escéptico porque estoy acostumbrado a los pases de pecho de las autoridades que reciben por escenografía, te torean con paciencia y se olvidan de ti tan pronto sales de su despacho. Me he acostumbrado a esa situaciones pero vuelvo a meterme con José Pedro, el Presidente de la Plataforma, en el recinto sagrado a ver qué pasa.
Y lo que pasa es que me encuentro con un joven Director General, flanqueado por dos asesoras, que nos tratan con el respeto y nos escuchan con la atención que creo que merecemos. No veo aquí traza de fingimiento y compruebo con sorpresa que esta vez la cosa va en serio.
Después de hacer una breve y creo que innecesaria introducción sobre quienes somos y qué hemos conseguido, Pablo Saavedra me dice que estamos aquí para hablar de la reforma y José Pedro y yo podemos ver en sus manos y en las de sus asesoras las copias de nuestro proyecto de ley, bastante subrayado y por lo tanto estudiado. Saavedra propone que vayamos estudiando y comentando articulo por articulo y eso es lo que hacemos, con más o menos el resultado que a continuación expongo.
Modificación de la definición de zona marítimo terrestre para recuperar la que fue buena durante ciento ocho años, referida a temporales ordinarios. No hace falta que os cuente los argumentos, ya los he expuesto cien veces y los tenéis en los vídeos explicativos de nuestra propuesta (rueda de prensa de 20/05/2009 en Madrid y I Jornada de estudio de la ley de costas, Valencia abril de 2012). Hay acuerdo.
Modificación de la definición de playa para volver a la de 1969, que coincide con el concepto natural de playa. Esto implica que la duna deje de ser dominio público. Proponemos como ayuda que la duna continúe manteniendo una fórmula de especial protección que evite la construcción sobre ella y que por lo tanto se garantice el transporte eólico, pero sin ser demanial. Proponemos también, como fórmula de compromiso, la introducción en la ley de la limitación recogida en el reglamento de costas de que las dunas fijas que no tengan incidencia en la defensa de la playa y todo eso no tengan carácter demanial. Esto es necesario como mínimo, puesto que los tribunales no hacen menor caso del reglamento y dicen que, con arreglo a la ley, todas las dunas son dominio público. Hay acuerdo en el problema aunque se hace preciso buscar la redacción adecuada para darle solución.
Definición de la naturaleza, finalidad y límites del expediente de recuperación posesoria. Exponemos que este expediente sumario tiene por finalidad impedir las apropiaciones indebidas del dominio público, pero no es la herramienta debída para resolver situaciones complejas heredadas del pasado. Añadimos que es costumbre de los jefes de costas coaccionar a los vecinos diciéndoles que si no se defienden les perdonaran los gastos del derribo pero como se busquen un abogado y empiecen a escribir, tendrán que pagar esos gastos. Ponemos el ejemplo concreto de Crisol Santana Padrón, que nos había pedido ayuda para impedir el derribo de la vivienda tradicional de su padre y otros vecinos en el Barranco de la Ballena (Gran Canaria), pero tuvo que prescindir de esa ayuda porque los viejitos afectados habían sucumbido a las coacciones de costas. Recordamos además algunas otras cuestiones claves y sorprendentemente abusivas de este tipo de expedientes, que están causando mucho dolor en toda la costa pero especialmente en Canarias, además de exponer los ejemplos concretos de Florentina Mora en Soller (ved el video con mi intervención en el Parlamento Europeo en 2010) y la playa de Villarube (leed el post titulado El infierno de Vilarrube), donde el jefe de costas D. Rafael Eimil se presentó de madrugada e hizo salir de sus casas a los vecinos para derribar sus casas con carácter inmediato y sin autorización judicial. Proponemos que se aclare que para resolver situaciones complejas heredadas de momentos anteriores a la ley de costas deberá tramitarse un expediente por el procedimiento ordinario y con todas las garantías, del cual salga la decisión sobre si el destino del edificio debe ser el derribo o la concesión de la DT primera. Hay acuerdo.
En cuanto a la conveniencia de modificar el articulo 12 de la ley para que con cada expediente de deslinde se tramite una pieza separada de indemnizaciones, donde quede prefigurado a quien corresponde la concesión de la DT Primera a fin de que no se produzca nunca más la situación de limbo jurídico que todos conocéis, D. Pablo Saavedra me pide que ni lo comentemos porque el acuerdo es total.
En cuanto a la necesidad de que no puedan tramitarse expedientes de deslinde en zonas de costa regresiva debido a causas artificiales hasta que se hayan hecho obras para reponer la costa a su antiguo estado (situación de Moncofar, Almenara, Nules, Burriana, Belreguard, El Saler, El Brosquil, Guardamar, Vélez Málaga, Rota y otros muchos espacios de costa), el Director General entiende el concepto aunque considera que las medidas a adoptar son más técnicas que legislativas.
Hablamos a continuación de un tema un poco tonto y que pasa desapercibido, como es el hecho de que en la servidumbre de protección el uso residencia está prolhibido. Esto ni siquiera estaba en el texto de nuestra reforma porque había pasado desapercibido incluso para mi. Hablaré extensamente de esta cuestión en otra entrada de blog, pero desde luego entienden el problema y se toman nota. Esta nueva determinación la voy a incorporar a la segunda versión del proyecto de reforma porque me parece totalmente necesaría.
En cuanto al importante tema de las compensaciones por la pérdida de la propiedad, en nuestra propuesta habíamos escrito que deberían hacerse en dinero, aunque nos vemos forzados a reconocer que ni había tal masa de dinero cuando se aprobó la ley ni mucho menos la hay ahora. Por eso proponemos como fórmula alternativa la de alargar el plazo de las concesiones y garantizar su transmisibilidad. Recordamos que cuando el gobierno socialista ya intentó hacer transmisibles las concesiones con la ley de navegación marítima, los ingenieros de costas se enfurecieron ya que esto daba lugar a que estas concesiones tuvieran un precio de mercado y por lo tanto no pudieran rescatarse por calderilla, que es lo que tanto les gustaba hacer. Cuanto más prolongada en el tiempo sea una concesión, mayor será su valor de mercado y esto debería ser una fuerte barricada contra esos rescates que transforman la concesión en una trampa, como recordé en el Parlamento Europeo en 2010. Nos dicen que la transmisibilidad de las concesiones es algo que no admite discusión y lo otro lo entienden a la perfección. Hay acuerdo, aunque se deben estudiar la fórmula y la redacción adecuadas.
También cambiamos algunas impresiones sobre 2018 como límite de las concesiones anteriores a la ley de costas para usos incompatibles, lo que bajo mi punto de vista es un fraude.
Y ahora la cuestión importante: es muy difícil que los cambios en las definiciones del dominio público natural tengan efecto retroactivo, por lo que todo esto puede tornarse realmente inútil. Digamos que el Estado no ve claro deshacer lo que ha estado haciendo durante veinticuatro años con mucho esfuerzo y muchísimo dinero. Y como sólo queda un cuatro por ciento del territorio sin deslindar, vamos apañados. Incluso ese cuatro por ciento quedará cerrado antes de que se apruebe la reforma. En la provincia de Alicante, con mucho la que lleva más retraso, echan humo y están tramitando a toda velocidad.
El problema es de cuidado y no tiene fácil solución. Por un lado el gobierno reconoce que las definiciones de dominio público deben ser más modestas y menos expansivas, pero por otro estos cambios podrían no tener ni un poco de utilidad práctica, que es lo que nos interesa.
Pensaba en esto cuando salimos de la casa y mientras compartía con José Pedro un filete medio crudo enmarcado en un menú del dia de nueve euros, encontré una solución que creo que podrá satisfacer a todos. Por la tarde se la hice saber al Director General e imagino que la estudiará. La incorporaré a la segunda versión del proyecto de reforma y confío en que será la fórmula para que los afectados se quiten de encima el problema y el Gobierno no se vea en apuros. Perdonad que de momento guarde el enigma.
Cuando estuvimos en junio halando con el anterior Director General de Costas, la reunión duró más de tres horas y fue una autentica sesión de trabajo. Estábamos allí el Presidente de la Plataforma y yo para los primeros trabajos de comisión mixta, a fin de estudiar uno por uno los casos de la Plataforma y buscar una solución individualizada y dentro de la ley. Al término de la reunión el Director General nos agradeció la forma tan elaborada en la que le habíamos propuesto esas soluciones, cosa que le ayudará mucho. Comentó que todas las otras visitas que había tenido se habían limitado a sentarse, exponerle el problema y preguntarle cómo pensaba resolverlo.
Ayer pasó algo parecido. El Director General señaló que lo que tenia de nosotros no era una propuesta aislada o puntual, sino un proyecto de ley articulado y bien estructurado. Son estas cosas las que fabrican día a día el respeto hacia la Plataforma. Nuestra reputación tiene unas bases sólidas en el trabajo riguroso, no en proclamas o eslóganes. Es el mismo camino que iniciamos en enero de 2008, cuando en vez de salir a la calle a chillar o en vez de alquilar una página del diario El Pais, como pedían algunos, redactamos un informe serio, riguroso y contrastado sobre abusos, que como sabéis presentamos en el Parlamento Europeo el 1 de febrero de 2008. Es el mismo camino que seguimos en enero de 2009, cuando elaboramos la propuesta de enmienda a la ley de navegación marítima para impedir los derribos en Canarias, Galicia y el resto de la costa. Es el mismo camino que seguimos cuando, a vista de la petición de reforma hecha por el Parlamento Europeo, en lugar de alzar la voz exigiendo de forma inconcreta cambios en la ley, nos pusimos a escribir y redactamos el texto articulado que se estudió ayer. Es esa trayectoria lo que impulsó al Partido Popular a solicitar la ayuda de la Plataforma para redactar la reforma de la DT Segunda de la ley de costas que quedó aprobada en febrero de 2011 en el Senado. Debemos continuar trabajando de esa forma. Esto no es una cuestión de ideología: No hace falta ser del PP. No es una cuestión de amiguísmo: No nos han recibido por la intercesión de ningún intermediario. No es una cuestión de privilegios: Lo que estamos pidiendo es justo. Es una cuestión de fiabilidad, y en la Plataforma hemos conseguido fabricar esa fiabilidad sobre la base del trabajo, la honestidad y el rigor.
Antes de salir preguntamos al Director General si podíamos difundir la entrevista y su contenido y nos dijo que sí, siempre que no se generasen expectativas sobre posibles contenidos de la reforma. Por eso he escrito este post, que es fiel resumen de lo que sucedió ayer, de la misma forma que había escrito algún otro como el titulado Así fue lo de Martín Fragueiro.
Debo decir que siento mucho respeto hacia las personas que nos recibieron y escucharon, hacia su profesionalidad y su buen criterio. En estos meses los periodistas me han cosido a preguntas y siempre me he mostrado suspicaz hacia el contenido de la reforma que preparaba el Gobierno. Mi opinión ha cambiado después de ayer. Desde luego que puede volver a cambiar, pero en este momento estoy en condiciones de decir que las cosas pueden mejorar de forma efectiva y que la conducta inhumana que durante años hemos estado sufriendo tiene los días contados.
José Ortega
joseortega@costasmaritimas.es
NOTICIAS DE GUIPUZCOA
josé ortega abogado de la asociación española de afectados por la ley de costas
«Están creando mecanismos coactivos para lograr la sumisión del ciudadano con el Estado»
Ortega es el abogado que más demandas ha ganado al Estado en materia de Ley de Costas. Gracias a su labor, hoy se mantienen en pie varios pueblos enteros de Canarias que el Estado quería derribar. A pesar de sus éxitos, denuncia la precaria situación judicial que padecen los afectados
iraitz astarloa- Lunes, 30 de Abril de 2012 – Actualizado a las 05:28h
Donostia. Consciente de que el Estado gana el 99,9% de los litigios en materia de costas, Ortega continúa luchando contra la injusta situación que padecen 400.000 familias de todo el Estado. Su estrategia: que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos admita los casos de estos millares de afectados, ya que «no se puede esperar nada» de los tribunales estatales.
¿En qué situación se encuentran ahora mismo los afectados?
Parece que puede haber una cierta moderación en la aplicación de la Ley de Costas, lo que no significa que se hayan paralizado los derribos. Se puede decir que se ha levantado el pie un poco del acelerador, pero sigue habiendo mucha gente que está en el corredor de la muerte.
¿Puede atribuirse este cambio de actitud al cambio de Gobierno?
Yo no lo achacaría directamente a eso porque el cambio de gobierno todavía tiene que notarse, se tienen que hacer con los cargos, con la situación… Además, en el último año de Gobierno socialista ya hubo un giro de 180º en la aplicación de la ley.
El pasado 9 de abril el ministro de Medio Ambiente informó de que la nueva ley de costas llegará antes del verano.
Eso es absolutamente imposible. Ahora mismo no hay un texto escrito conocido así, que a lo sumo se mandará al Parlamento un proyecto de ley. Ahora con la mayoría absoluta todo es más fácil y puede que el proceso sea más rápido, pero creo que dos años sería un plazo muy realista para que llegue la ley.
¿De qué manera va a afectar la nueva ley a las familias sometidas a la Ley de Costas?
Pienso que la nueva ley no va a cambiar nada ni va a hacer absolutamente nada por ellos. El Gobierno le va a dar una capita de barniz al tema, pero no creo que cambie absolutamente nada.
Así que el cambio no invita a ser optimistas.
El ministro dijo que va a facilitar la desafección -dejar de considerar de dominio público una zona así considerada- de las zonas degradadas, lo que puede provocar arbitrariedades. Entiendo que las zonas degradadas son aquellas que más urbanizadas están, es decir, barrios o grandes urbanizaciones que afectan a miles de familias. Las cuatro o cinco familias que viven en su casita, aislados, no viven en zonas degradadas porque están menos construidas, por lo que se va a producir un trato más favorable por el mero hecho de pertenecer a un grupo grande.
¿Tienen alguna posibilidad los afectados de ganar la batalla judicial al Estado?
Lo que se está produciendo en la Audiencia Nacional es un espectáculo. Te dicen a todo que no. Yo soy el abogado que más veces le ha ganado a Costas, quien más deslindes he conseguido anular y, con todo, el Estado está ganando el 99,9% de los litigios.
¿Qué ocurre con los Tribunales de primera instancia?
Primero, que te dicen a todo que no y luego, respecto a la calidad de la sentencia, dan la vuelta a tus argumentos, los despiezan, los descomponen, los separan de su contexto de una forma irritante en favor del Estado.
¿Cabe recurrir ante el Tribunal Supremo?
Desde hace tres años, en el Tribunal Supremo han decidido no admitir absolutamente nada a trámite por motivos estrictamente formales. Hemos llegado a una situación en la que no se están admitiendo recursos por escribir una coma en lugar de un punto. Estamos en un proceso en el que la administración de justicia se está disipando por los aires.
¿Qué ocurre con el Tribunal Constitucional?
Nos encontramos con que si ya era poca la subjetividad con la que aceptan las sentencias, desde 2007 se ha introducido un nuevo requisito, que desde mi punto de vista es una vergüenza enorme, para admitir los recursos a trámite. Entienden que para admitirla a trámite tiene que tener relevancia constitucional, es decir, te están diciendo que te pueden estar violentando uno o más derechos fundamentales de la persona y, a pesar de todo, no te lo admiten si no tiene especial relevancia en la interpretación de la Constitución.
¿Se enfrentan los afectados a alguna traba más?
Con la reforma de las leyes procesales se introdujo en concepto de la condena en costas, es decir, que si tú pierdes el procedimiento, donde antes no existía consecuencia económica alguna, ahora te condenan a pagar los honorarios del abogado del Estado. Esto en una situación en la que tienes un 1% o 2% de probabilidad de ganar el litigio se traduce en que están creando legislativamente mecanismos coactivos para lograr la sumisión del ciudadano contra el Estado, y esto es muy serio.
¿En que situación nos quedamos los ciudadanos?
No se puede esperar nada de los jueces en este país. El Estado se está convirtiendo en una especie de vaca sagrada y lo que están haciendo los tribunales es que no haya capacidad de reacción por parte de los ciudadanos contra el Estado. Se está produciendo una sumisión-resignación entre los ciudadanos y esto es absolutamente grave porque está haciendo peligrar la calidad de la democracia.
¿Esta situación va a prolongarse mucho en el tiempo?
Tengo la sensación de que en un plazo de 10-15 años esta situación tan extraña y tan injusta de los tribunales en España se va a tener que normalizar a consecuencia de la cascada de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
¿Es esta la última instancia que les queda a los afectados?
La gente cree que es otra instancia más, pero no. Es un convenio por los derechos fundamentales de la persona, por lo que yo lo que hago es, desde el minuto cero, vincular el litigio con el convenio europeo de derechos humanos porque, como en la vía judicial española no cabe esperar nada, la única opción es que este tribunal admita el caso.
COSAS QUE PUEDEN PASARTE EN LA AUDIENCIA NACIONAL
abril 26, 2012
Dice la Constitución que la Administración tiene obligación de comportarse con objetividad y la ley de procedimiento administrativo impone el principio de buena fe. Muchos ya han experimentado en sus carnes qué es que entienden algunos funcionarios por estos conceptos tan majos. A mí me toca experimentarlo a diario y os quiero contar cuál es la última mala praxis de nuestros entrañables amigos de Costas, donde el término mala praxis es un regalo desinteresado que les hago, ya que debería haber usado otra expresión más vinculada a la ciudad de Nápoles.
Pues veréis, amigos, resulta que, salvo notables y muy raras excepciones, la Audiencia Nacional es un muro más espeso que el de Berlín, más espectacular que la muralla china y más infranqueable que Fort Knox. Si vas allí a impugnar un deslinde, tienes las mismas posibilidades que las que podéis tener de ganar el euromillón, y supongo que esto no se debe a ninguna corruptela, sino a que el Estado acierta siempre y los ciudadanos nunca y a que la virtud de los jueces sabe captar la situación y exponerla en forma de sentencia.
España es un país donde como te toque la china (ya no me refiero a la muralla) vas aviado. No te salvan ni la Constitución, ni la ley, ni el defensor del pueblo, ni el diputado de tu circunscripción, ni desde luego esas dulces criaturas a las que llamamos jueces y magistrados. Las personas a las que no les sucede esto creen que todo está bien. La realidad sólo la perciben aquéllos a quienes la apisonadora les ha pasado por encima y los ha transformado en canelones.
Entonces, queridos, resulta que casi la única forma de anular un deslinde en la Audiencia Nacional es demostrar que se ha producido caducidad del expediente. Como sabéis, la caducidad no se aplicaba a este tipo de procedimientos hasta la reforma de la ley de costas en 2002, que entre otras cosas les asignó un plazo máximo de tramitación de veinticuatro meses. Saludable medida, porque hasta entonces los señoritos de Costas mantenían la tramitación abierta durante diez, doce o quince años, haciendo las delicias de unos afectados que entretanto se veían sometidos no sólo a un susto prolongado, sino a una cosa llamada suspensión de licencias que les impedía cambiar el chapado de una cocina que sin embargo continuaba siendo su cocina. Suspensión temporal y provisional, claro está, aunque durase quince años, como es propio de un país surrealista que lo mismo que tira cabras desde los campanarios que te tramita unos expedientes así de divinos.
Me cupo el honor de ser uno de los primeros en demostrar cómo se anulaba un deslinde por caducidad cuando conseguí una sentencia de 1 de abril de 2008 que efectivamente mandaba al diablo el deslinde de Belreguard, en Valencia. Desde entonces, los ingenieros de costas han aguzado el ingenio, han puesto tiesas las orejas, han exprimido su cerebro matemático y han elaborado por lo visto un protocolo secreto de actuaciones para impedir que accidentes como ése se vuelvan a repetir. El método es tosco pero efectivo y consiste en la puesta en marcha de un olvido estratégico. Cuando se formula recurso contencioso administrativo, el tribunal debe reclamar el expediente y la Administración remitirlo completo y foliado. El olvido consiste en enviar el expediente sin los acuses de recibo de la Orden Ministerial aprobatoria del deslinde.
¿Y con esto qué se consigue? En la mayoría de los casos, una Administración acostumbrada a tomarse quince años para tramitar los expedientes suda tinta para conseguirlo en sólo dos, por lo que suele llegar con la lengua fuera y jadeando al borde del plazo. Pero este plazo no es sólo para dictar resolución, sino para que ésta quede notificada a los interesados. Si las notificaciones se practican fuera de los veinticuatro meses, el expediente entra en caducidad y la resolución debe anularse. Y la única forma de acreditarlo es revisar los acuses de recibo. De aquí la absoluta conveniencia de esa amnesia sistemática de los ingenieros de Costas que, quizá por estricta casualidad, se repite siempre que la resolución se ha dictado al límite del tiempo y hay posibilidad de que la notificación se haya practicado fuera del mismo. Juro sobre la Biblia que antes de la reforma de la ley de costas de 2002 nunca había tenido este problema. Los expedientes siempre se remitían completos y con sus acuses de recibo de la Orden Ministerial.
Ved, entonces, cómo en el corazón de la casa debe haber un Rasputín con vocación de cirujano que, llegada la hora, da instrucciones para aplicar a los papeles la debida amputación y, mediante un sistema de desmemoria programada, los acuses de recibo se pierden. Así el abogado nunca podrá demostrar que se ha producido caducidad y por lo tanto anular el deslinde y detesta manera seguiremos contribuyendo a que nuestra patria continúe siendo una, grande y libre.
Juzgad si esto es cumplir con el requisito de objetividad de la Administración o si es más bien otra cosa, a la que se le podría poner cualquier calificativo relacionado con las pocilgas, las letrinas o el agua estancada.
Pero eso no es todo. Una práctica como ésa no duraría ni dos minutos si los jueces y tribunales hicieran lo que deben en vez de proteger, aplaudir y respaldar a quienes se entregan a aquellas bajezas. Tú vienes, te crees que vives en un país donde existe una diferencia conceptual dramática entre la ley y el florero, y reclamas al tribunal la subsanación del expediente administrativo para que se acompañen los acuses de recibo que faltan. He hecho eso cientos de veces, dentro de un trámite recogido en la ley procesal, para integrar expedientes incompletos debido a causas diversas. Y la Sala siempre ha accedido, simplemente porque la ley manda que la Administración remita el expediente completo.
Pero, queridos míos, la Audiencia Nacional no lo ve así en este caso. Algo debe andar mal en mi percepción de la realidad, porque incluso cuando los ilustres y sin duda sabios magistrados dicen y repiten que no tengo razón, yo releo la ley e insisto en que la tengo. No sé si buscar ayuda médica, un cuchillo jamonero o el pasaporte para iniciar una nueva vida bajo las palmeras tropicales. O quizá dedicarme a la defensa de los corruptos, que debe ser lucrativo.
Dicen los jueces que no, que para qué quiero los acuses de recibo, y sólo me conceden reclamar de la Administración los de los recurrentes, no los del resto. Debéis entender que la caducidad puede producirse cuando cualquier acuse de recibo, aunque sea sólo uno, se entregue fuera del plazo, y que por tanto es innegociable el examen de todas y cada una de las notificaciones. Recurso de súplica (previo pago de su importe, porque ahora los recursos se pagan) y lo mismo: Que no y que no. Que para qué quiero yo los otros acuses de recibo, que no lo he explicado y que no entienden mi petición.
Debo estar enfermo. Miro la ley procesal y sigue diciendo que el expediente ha de remitirse completo, no es una ilusión óptica, no es un sueño ni un holograma. Y he explicado bien en mi recurso que necesito todos los acuses de recibo para demostrar que se ha producido caducidad. A pesar de ello, los magistrados insisten en que no he aclarado para qué quiero esos documentos.
Pero por favor atended a lo que me ha sucedido hoy mismo, que merece la pena. En aquel procedimiento ya se me agotaron los recursos y aguardé pacientemente al periodo de proposición de prueba. Entonces, de forma particularmente artera, pedí prueba de documentos para que la Sala oficie a la Dirección General de Costas a fin de que por la misma se remitan los dichosos acuses de recibo. Acabo de recibir hoy el auto que resuelve la proposición de prueba y aún siento la tentación de ponerlo en un marco.
¿Sabeis lo que me dice la Audiencia Nacional? Me deniega la prueba porque lo que tenia que haber hecho era pedir en su momento la subsanación del expediente.
Siento que los blogs escritos no puedan llevar música incorporada. Quizá habría hecho entrar aquí una piezas de órgano del siglo XVII que el cine de los cincuenta solía reservar para las apariciones del conde Drácula. Creo que es lo que le va.
No cabe duda: Alguien tiene un tornillo suelto en la cabeza, y desde luego rechazo la idea de que lo sean estas altas y graves personalidades cuyos antebrazos vienen decorados con las adecuadas puñetas.
Digo más: Acallad vuestras conclusiones apresuradas. Niego que estos señores sean lo que estáis pensando, lo que estáis cuchicheando y lo que estáis imaginando. Eso ni es ni puede ser, puesto que vivimos en una democracia con separación de poderes y en un Estado de derecho, lo sabe todo el mundo.
No son ellos los que sobran, angelitos míos, sino todos los capullos como yo que luchamos por una justicia que no existe, vivimos en mundos de fantasía y nos obstinamos tontamente en no ponernos de rodillas.
Después de todo, 2 + 2 = 5. Ya lo dijo Orwell.
LIMBO JURÍDICO EN EL GOLFO
abril 24, 2012
Los afectados por la Ley de Costas critican que el Estado mantenga 14 inmuebles de El Golfo en un limbo
El portavoz de la Plataforma de afectados por la Ley de Costas y abogado de varios vecinos de El Golfo (Yaiza), José Ortega, asegura que el Gobierno central mantiene a las 14 viviendas y restaurantes que se encuentran dentro del dominio público marítimo terrestre en un “limbo jurídico” ya que no dicta el derribo ni legaliza la situación mediante una concesión administrativa.
Saúl García (ACN)
[Lunes, 23 de abril de 2012] [13.35]
Recientemente, el Tribunal Supremo rechazó el recurso del Ayuntamiento de Yaiza, defendido por Felipe Fernández Camero, y validó el deslinde marítimo terrestre aprobado por el Gobierno en 2006. Con esta sentencia, se hace en la práctica casi imposible, según Ortega, que los recursos que quedan por resolverse tengan un signo diferente.
Según el deslinde, 14 inmuebles queda dentro del dominio público marítimo terrestre (todos los que están entre la carretera y la costa) por lo que la propiedad pasa a ser del Estado pero puede otorgar una concesión, que se solicitó en enero de 2007 y que aún no se ha resuelto. El resto de edificaciones afectadas, dentro dela zona de servidumbre marítimo terrestre, “no se van a tirar de ningún modo”, según Ortega.
Este abogado señal que a esos 14 inmuebles, en situación de limbo jurídico, se les está sancionando por realizar cualquier tipo de obra, por necesaria que sea. Señala que si Costas concediera la concesión se acabaría esta situación y podrían seguir realizando la actividad que llevan a cabo en la actualidad, bien de restauración o como residencia.
Según Ortega, hay varias claves que explican que se haya llegado a esta situación. Por un lado, señala que Ayuntamiento, sobre todo al principio, cuando era alcalde José Francisco Reyes, “seguía el procedimiento en un ambiente de rivalidad y no de cooperación con los vecinos”.
Por otro lado, critica la actitud del consejero de política territorial del Gobierno de Canarias, porque en lugar de realizar un informe para aportar al procedimiento y determinar que dos tercios del núcleo poblacional eran urbanos antes de 1988, hizo una resolución administrativa, dando a Costas la oportunidad de recurrirla, y fue anulada, anticipando la sentencia contraria a los vecinos.
“Berriel quiso resolver las cosas por su cuenta y a su manera”, asegura, y critica que no facilitó que los vecinos se presentasen como codemandados en ese procedimiento.
Respecto a Costas, Ortega señala que, para determinar el deslinde, no presentó ninguna prueba, tan sólo una foto aérea en la que n se puede distinguir si los materiales son de origen marino o terrestre (lo que determina hasta donde puede llegar la marea y por tanto el deslinde) mientras que los vecinos se gastaron 15.000 euros en un estudio que explica las características de la costa de El Golfo, y al que no se le ha dado validez por parte de los tribunales.
PUBLICADO EN DIARIO DE LANZAROTE
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LA BOMBILLA AL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO
septiembre 14, 2011
tazacorte
Estrasburgo estudia el recurso contra los derribos en La Bombilla


EUGENIA PAIZ | TAZACORTE
Los propietarios de las 260 casas sobre las que pesan el mismo número de órdenes de derribo en la playa de La Bombilla, en Tazacorte, se agarran desde este lunes a la última esperanza para evitar la pérdida de sus hogares: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha admitido el estudio del recurso presentado por el abogado de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas.
El abogado José Ortega argumenta “la injusta y vergonzosa interpretación que hace la Audiencia Nacional de la Ley, reconociendo que el proyecto que Costas prevé hacer en La Bombilla pasa por la ribera del mar, lo que está prohibido taxativamente. Pese a todo, justifica su ejecución en el beneplácito con el que cuenta el proyecto por parte del Ayuntamiento, pese a que ni siquiera lo recoge en su Plan de Ordenación”.
Ortega, como los vecinos, entiende que “esta es una burla al Estado de Derecho y la consagración de la inseguridad jurídica en la que nos podríamos encontrar, dado que la Ley es igual para todos. No se puede ejecutar un paseo marítimo, tal y como quieren hacer, en una zona prohibida para tal fin”.
Los vecinos, muchos de los cuales han acumulado en los nueve años de lucha burocrática un gran conocimiento técnico y jurídico del proceso, aseguran por boca del presidente de la Asociación de Vecinos El Varadero, Efraín Jiménez, que “esta es una esperanza maravillosa a la que nos agarramos porque sabemos que tenemos la razón y porque las cosas no se han hecho correctamente. Lo que dice la Ley, en este caso concreto y para hacer el proyecto del paseo marítimo no les interesa, pero sí la aplican para cambiar el deslinde, como hicieron en su día, y provocar las órdenes de derribo que pesan sobre nuestras casas”.
La anulación días atrás de hasta siete derribos de otras tantas viviendas en el barrio costero de El Remo, en el municipio de Los Llanos de Aridane, es también un “respaldo moral” para las familias de La Bombilla, que desde el año 2003 llevan reclamando ante distintas instancias judiciales el mantenimiento de un espacio que “es propiedad privada. Hemos edificado en suelo que era nuestro y no, como dice la Ley de Costas, forma parte del dominio público”.
Cuando en el año 2000 tuvieron conocimiento de que se estaban abriendo expedientes por parte de la Demarcación Provincial de Costas en otros barrios próximos al mar, “nunca pensamos que podíamos vernos afectados, porque lo primero que pensamos es que los terrenos donde estaban edificadas nuestras casas, algunas de ellas con terreno, eran nuestras y nadie podía quitarnos lo que nos pertenecía”. El paso del tiempo y la llegada de las comunicaciones de advertencia meses más tarde les llevó a emprender una batalla que todavía hoy continúa. “Este proceso nos ha costado mucho dinero, porque tenemos que defendernos para no perder las casas que son la única vivienda de más de 50 familias”.
Trato desigual
Pese a que los tribunales en España no les han dado la razón, confían no sólo en que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo concluya evitando los derribos, sino en que “la Ley de Costas cambie” porque “no trata a todos por igual, y en la que vemos que los tribunales hacen interpretaciones tan absurdas como justificar la construcción de un paseo marítimo en la ribera del mar cuando está prohibido por la misma Ley de Costas, que se nos aplica para derribar nuestras casas”.
El abogado José Ortega reconoce que “ésta es la última opción que tenemos después de que la Audiencia Nacional no admitiera el recurso que interpusimos”. Pese a todo, se muestra optimista porque “ya hemos demostrado que Costas no puede hacer lo que se le antoja”.
Una tensa espera que ya dura dos años
Los afectados del núcleo de La Bombilla, en la costa del término municipal de Tazacorte, se mantienen en una tensa espera desde que fueron resueltos los expedientes que sancionaban la ubicación de sus casas dentro del dominio público marítimo terrestre y se les informó, vía correo ordinario, de que los derribos se llevarían a cabo. “Llevamos en esta agobiante espera dos años y ni siquiera sabemos cómo es que no se han ejecutado los derribos”, explican algunos de los afectados. La respuesta a esta cuestión sí la tiene su abogado, José Ortega, quien asegura que “los derribos no se han ejecutado, sencillamente, porque no hay dinero en las arcas del Estado para llevarlos a cabo, y porque sería muy impopular derribar todo un barrio y no poder iniciar las obras del paseo marítimo que tienen proyectadas en la ribera del mar y que, como argumentamos en su día y volvemos a hacer ahora frente al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, se salta a la torera la Ley”.
http://www.laprovincia.es/lanzarote/2011/06/04/bar-golfo-libra-pagar-1900-euros-costas/377572.html
El TSJC da la razón al propietario de El Bogavante pese a que su terraza está en el deslinde marítimo
ARÁNZAZU FERNÁNDEZ
ARRECIFE El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado por el propietario del restaurante El Bogavante, situado en El Golfo (Yaiza), Adrián Rodríguez, al que la Demarcación de Costas de Canarias -departamento que pertenece al Ministerio de Medio Ambiente- había multado con 1.902 euros el 27 de septiembre de 2007 porque mobiliario de su negocio ocupaba el dominio público marítimo terrestre. En su resolución, Costas instó al dueño de El Bogavante a retirar 19 mesas, 76 sillas, 10 sombrillas y una pérgola de madera de 60 metros cuadrados.
Vecinos de El Golfo y Costas mantienen un enfrentamiento desde hace cinco años a raíz del nuevo deslinde establecido por Costas en ese pueblo sureño.
En su sentencia del pasado 25 de mayo, contra la cual no cabe recurso alguno, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC da la razón al demandante por entender que Costas no tuvo en cuenta la suspensión del deslinde solicitada en 2007 por el abogado José Ortega, que representa a buena parte del más de medio centenar de afectados. «Costas tenía un mes para contestar a esa petición y no lo hizo, por lo que el deslinde se entiende suspendido por silencio positivo y no cabe lugar a ningún expediente sancionador ni derribo», explicó Ortega.
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ANULA UN DERRIBO DE COSTAS EN LA PLAYA DEL GOLFO (LANZAROTE)
junio 3, 2011
El TSJ de Canarias acaba de dictar una sentencia por la que anula el derribo del restaurante EL BOGAVANTE, en la playa del Golfo.
En julio de 2006 quedó aprobado el deslinde de la playa del Golfo, que levantó bastante revuelo entre los vecinos ante el temor de que una parte importante del poblado fuera derribada. Casi todos los políticos de la isla dieron un paso adelante para resolver el problema: La Presidenta del Cabildo, el consejero del Cabildo Carlos Espino, el Consejero del Gobierno de Canarias Domingo Berriel y por supuesto el alcalde de Yaiza.
El Golfo vive de sus restaurantes, a los que acuden turistas y viajeros para cenar a media tarde mientras contemplan la puesta de sol. De forma inusual, nada más aprobarse el deslinde, la Jefatura Provincial de Costas de Las Palmas dirigió contra estos restaurantes una serie de expedientes sancionadores por la ocupación del dominio público o la servidumbre de tránsito, con orden de retirada de las terrazas. Esto era ni más ni menos que provocar desempleo, cierre de empresas y el hundimiento de la economía local.
La sentencia, con un importante valor como precedente, da la razón al interesado cuando denunció la indefensión causada durante la tramitación administrativa, así como en otros aspectos algo más técnicos de la demanda.
Otros dos restaurantes del Golfo, condenados a la desaparición por actuaciones de este tipo propiciadas por la Jefatura Provincial de Costas, están esperando sentencia, que se espera que resuelva en el mismo sentido.
En casos como el del Golfo, donde el deslinde es el primero en aprobarse en la zona, los afectados tienen derecho a la concesión de la DT primera (y evitan así el derribo) en caso de poder demostrar que los terrenos estaban fuera de la línea que se hubiera aprobado con arreglo a la ley de costas de 1969. Precisamente en la playa del Golfo se había tramitado en los setenta un deslinde que no había llegado a aprobarse pero que dejaba fuera del dominio público prácticamente todas las viviendas que el actual ha incorporado al espacio demanial. Se elaboró el correspondiente plano e incluso se pusieron sobre el terreno los mojones que definían este deslinde. Ésta es la prueba de que los vecinos tienen derecho a la concesión y de que sus viviendas no son ilegales, y ésta es justamente la prueba que la Jefatura Provincial de Costas ha estado tratando de ocultar al tribunal, abusando de su condición de juez y parte, ya que en este caso la prueba de que Costas no tenía razón era un documento custodiado precisamente por Costas.
Es penoso vivir en un país donde la propia Administración, obligada por la Constitución a una actuación objetiva, falta al deber más simple de todos, exigible a todo hijo de vecino, como es decir la verdad.
Los vecinos del Golfo son miembros fundadores de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas y han sido defendidos, tanto contra el deslinde como en este caso contra el derribo de la terraza del restaurante, por el abogado de la Plataforma, José Ortega, que ya consiguió en el pasado verano la declaración judicial de nulidad de un derribo en Fuerteventura, así como la anulación por la Audiencia Nacional de un deslinde en Candelaria, en una sentencia histórica por ser la primera que anula una declaración de dominio público en Canarias. Ortega acaba de conseguir también la nulidad por decisión judicial de varios derribos en La Palma.
DAS KÜSTENGESETZ IN SPANIEN
mayo 4, 2011
Ganz Europa weiss mittlerweile, dass es in Spanien ein grosses Problem bei der Anwendung des Küsengesetzes gibt. Personen, die in der Nähe vom Strand ein Haus gekauft haben, werden mit einem Male überrascht, dass ihr Haus nicht mehr ihr Eigentum ist, da das Grundstück aufeinmal zum allgemeinen Gebiet erklärt wird. Die Betroffenden verlieren ihren Besitz für den sie jahrelang gearbeitet und bezahlt haben.
Man sollte annehmen, dass bei einer Entziehung des Eigentums der Staat eine angemessene Entschädigung zahlt Dem ist leider nicht so und der Grund ist der, dass Spanien kein Geld hat um alle Besitzer von Immobilien zu entschädigen, die der Staat einbehält. Stattdessen gibt es jetzt ein Gesetz mit einem merkwürdigen System von Entschädigung in Form von einer Konzession. Die Personen dürfen einen festgelegten Zeitraum weiterhin in ihren Häusern bleiben. Das Verfassungsgericht, dass aus Richtern besteht die von den politischen Parteien bestimmt wurden, meinen dass diese Entschädung ausreichend ist. Davon ist allerdings nur das Gericht und die entsprechende Partei überzeugt, aber nicht der Rest der Gesellschaft.
Aber es gibt noch mehr Probleme. Diese Konzession ist ein schwacher beziehungsweise vergänglicher Anspruch, den die Regierung wann immer sie will für null und nichtig erklären kann, sobald sie das Grundstück für einen öffentlichen Bau benutzen möchten. Der Boden wird geschätzt und da es sich um öffentlichen Eigentum handelt bekommt das Opfer für sein Haus von 70m2 auf einer Parzelle von 800m2 einen Betrag von 136 Euros. In diesem Fall ist das Opfer ein Rentner, der 540€ Rente bekommt. Die spanische Regierung in diesem Falle der PSOE verdammt diese Person für den Rest seines Lebens auf der Strasse zu leben.
Obwohl die Regierung durch das Gesetz verpflichtet ist die Konzessione zu gewähren, wird diese nicht eingehalten. Die Betroffenen leben zwar weiterhin in ihren Häusern aber in einer Situation von rechtlicher Unsicherheit .Niemand von diesen Bürgern weiss seine Rechte und Pflichten. Sie haben zwar weiterhin den Schlüssel zu ihren Häusern, aber da es sich jetzt nicht mehr um ihr Eigentum handelt sondern das vom Staat, kann dieser ihm eine Strafe verhängen, sobald einer von ihnen die Fassade des Hauses streicht oder einen Fentstrahmen austauscht. Die Regierung hat es eilig die Küstenlinie zu ändern, aber kümmert sich nicht um die Lösung der daraus entstehenden Probleme.
Diese Situation ist ein Anschlag auf das Eigentum und auf die Würde des Bürgers. Die Anwendung dieses Gesetzes ist wie ein schlechter Scherz. Aus diesem Grund entstand die Nationale Platsforma der Betroffenden des Küstengesetzes. Im Januar 2008 versammelte ich alle Kollektive von Spanien ,die mir ihre Verteidigung anvertrauten, um diese Plataforma zu gründen. Nachdem ich mich überzeugt habe, dass ich innerhalb von Spanien nichts erreichen konnte, habe ich mich mit einer Beschwerde an das Europäische Parlament gewandt. Das Eurpäische Parlament reagierte sehr schnell und gab uns bei der Instanz vom 26.03.09 in allem recht. Witzigerweise wurde uns ein paar Wochen vorher vom sapnischen “Verteidiger der Bürger” in absolut gar nichts recht gegeben.
Bei den zwei Debatten (20.01.09. und 24.03.10) an denen wir teilnahmen vermissten wir die Unterstützung der Deutschen Eurodiputados. Allerdings haben uns die Engländer sehr geholfen.
Die spanische Regierung hatte erwartet, dass die Bürger ihren Unmut mit lauten Streiks auf der Strasse zum Ausdruck bringen würden, aber stattdessen wurden sie durch ruhige, intelligente und gut dokumentierte Initiative überrascht, wo nur Worte und Vernunft benutzt wurden. Die Plataforma ist ein Beispiel an gewaltlosem Kampf gegen den Staat, etwas was normal sein sollte in einer gesunden Gesellschaft.
José Ortega
Rechstanwahlt
SOBRE LA CAMPAÑA EUROPEA DEL MINISTRO JOSÉ BLANCO
mayo 4, 2011
PLATAFORMA NACIONAL DE AFECTADOS POR LA LEY DE COSTAS
NOTA DE PRENSA
SOBRE LA CAMPAÑA EUROPEA DEL MINISTRO JOSÉ BLANCO
Ante la visita de D. José Blanco a Londres y otras capitales europeas, en orden a convencer a los ciudadanos para que inviertan en segundas residencias en España, deseamos alertar a los destinatarios de esos mensajes para que sepan que en nuestro país, como consecuencia de la ley de cosas, la propiedad privada es totalmente insegura y no resulta recomendable seguir los consejos del Ministro de adquirir aquí una casa de vacaciones porque en cualquier momento el Gobierno se la podrá quitar sin una compensación justa.
Esta campaña del Ministro resulta particularmente inoportuna cuando es un clamor el sufrimiento de tantos ciudadanos europeos, españoles o no, que tenían una casa en la playa y de un día para otro se han encontrado sin nada. De hecho, uno de los motivos de que el Ministro se vea obligado a salir de gira para fomentar la venta de viviendas de vacaciones en España es que su propio Gobierno ha generado en los ciudadanos una desconfianza totalmente comprensible mediante la aplicación de la ley de costas.
Según esta ley, el dominio público abarca todo espacio alcanzado por las olas o la arena. Un funcionario público pone la línea detrás de su casa y, sin la previa intervención de un juez, usted perderá la propiedad que tanto le costó adquirir y su inscripción en el Registro de la Propiedad ya no valdrá nada. El Gobierno ofrece como indemnización una concesión administrativa sobre la propia vivienda durante un tiempo limitado, pero normalmente sólo otorga esas concesiones cuando a continuación va a rescatar el terreno para hacer una obra pública. Las compensaciones que se dan en ese caso son ridículas. En este momento a un ciudadano de Cádiz le están ofreciendo como precio un total de 136 euros.
El Parlamento Europeo, en su resolución de 26.03.09, dictada a consecuencia de la queja formulada por la PLATAFORMA NACIONAL DE AFECTADOS POR LA LEY DE COSTAS, ya instó a España a modificar la ley de costas para, entre otras cosas, asignar indemnizaciones decentes a las expropiaciones derivadas de su aplicación. El Gobierno no ha hecho el menor caso de esta declaración y en lugar de eso ha iniciado un peregrinar por Europa a fin de vender propiedades sobre las que no existe ninguna garantía.
José Ortega
Portavoz
Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas