@abogadodelmar

O yo no he aprendido nada en esta vida o mañana Pedro Sánchez anunciará el nombramiento de Cristina Narbona como Vicepresidenta primera del gobierno.

Anuncio como consecuencia de ello muy, pero que muy malos tiempos para los afectados por la ley de costas.

Los antecedentes que me llevan a esa convicción son los siguientes

-Narbona fue ministra de Medio Ambiente del primer gobierno de Zapatero. Nada más llegar anunció que su principal compromiso en materia de costas sería limpiar el dominio público de ocupaciones ilegales. Para ello nombró Director General a un señor de Las Palmas llamado José Fernandez. Lo más dulce y cariñoso que se puede decir de él es que es un tipo duro e inflexible.

Ya entonces escribí que el concepto que tenía Narbona de ocupaciones ilegales requería la urgente intervención de un médico porque le tiraba a todo. Para Fernandez las concesiones indemnizarorias de la disposición transitoria primera de la ley de costas no existían. Durante una reunión me dijo que la ley no admitía usos residenciales en el dominio público y punto. Entre sus antecedentes personales de interés se cuenta que en los noventa había sido expulsado de su cargo de Jefe de Costas de Las Palmas por adjudicar sin concurso una obra pública a la sociedad Puerto Rico SL o SA (da igual), propiedad de su padre. Sé que Fernández profesa un especial afecto por mi persona. Cuando me contrataron para defender los 95 comercios del Anexo II de la Playa del Inglés, tuvo el buen gusto de darme la bienvenida en el diario digital Maspalomas Ahora.

-En septiembre de 2006 los vecinos del poblado de El Golfo, en Lanzarote, me llamaron para que les ayudara en un deslinde que se comía la totalidad de la malla urbana, afectada por la servidumbre de protección. Estaban muy asustados y angustiados. Narbona apareció por allí con motivo del día mundial de la biosfera y cuando los periodistas le preguntaron por el deslinde, respondió que no entendía por qué los vecinos habían tenido que contratarme puesto que el Gobierno ya cuidaba de los intereses generales(sic).

–En otoño de 2007 el entonces periodista de El País Rafa Méndez comienza una serie de reportajes sobre la política de costas de la interesada. Como no aparece muy bien parada, durante una reunión de socialistas en el palacio de las ciencias Príncipe Felipe expresa, contrariada, su parecer de que con esos reportajes los la están quemando y le están haciendo la cama los suyos (fuente: Diputado regional del PSOE).

–Ante su dureza y su carácter inflexible, muchos alcaldes de Castellon interceden ante el Ministro castellonense Jordi Sevilla para que su compañera afloje un poco y se digne recibirlos. Narbona, titular de una soberbia legendaria , no hace ni una cosa ni la otra (fuente: Miembro del gabinete de Jordi Sevilla).

-En enero de 2008 reuní a todos los colectivos de España a los que estaba defendiendo y fundé la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas. Lo que dio lugar a un revuelo mediático. Ese mismo mes Narbona dijo a los medios de comunicación que la Plataforma era una herramienta arrojadiza encubierta del PP lista para ser lanzada contra el PSOE en las inminentes elecciones de esa primavera.

–No fundé la Plataforma para matar el aburrimiento ni para crear un foro de debate, sino para cambiar las cosas y sabía perfectamente lo que tenía que hacer. El uno de febrero presenté ante el Parlamento Europeo mi queja extensa por aplicación abusiva de la ley de costas. Narbona debió ponerse intranquila porque cuando estaba en el hotel de Bruselas un periodista del Levante me llamó para decirme que la eurodiputada socialista Maruja Sornosa se había ofrecido en prensa a ayudarme en mis gestiones a cambio de no presentar la queja. A la mañana siguiente, mientras caminaba hacia el Parlamento Europeo para registrarla, Sornosa me llamó por teléfono tratando sin éxito de persuadirme de que me detuviera.

–El 20 de enero de 2009 fui invitado por la comisión de peticiones a defender oralmente mi queja y conseguí terminar una intervención de cinco minutos a pesar de la interrupción del diputado verde Hammertein, que trató de hacerme callar con el mismo resultado que Sornosa cuando había intentado pararme.

–En febrero de 2008 viajo a Canarias para dar a conocer la Plataforma y ofrezco ruedas de prensa en Santa Cruz de Tenerife, Arrecife de Lanzarote, Los Llanos de Aridane (La Palma) y Puerto del Rosario (Fuerteventura). La respuesta del delegado del gobierno en Canarias es que «Costas va a aplicar una política de pico y pala».

–El 26 de marzo de 2009 el pleno del Parlamento Europeo aprueba el informe Auken, dando la razón a la queja de la Plataforma (en realidad la había presentado en nombre de los doce colectivos porque la Plataforma no llegó a constituirse como asociación hasta abril).

–Zapatero vuelve a ganar más elecciones pero ya no cuenta con Narbona para su nuevo gobierno. Incluso desaparece el Ministerio de Medio Ambiente como tal.

–En mi nueva comparecencia ante el Parlamento Europeo, en mayo de 2011, compruebo que ha surgido un buen número de imitadores de mi trabajo que también llevan allí sus quejas, y el gobierno de España es humillado en el debate de la tarde, cuando los eurodiputados británicos censuran con dureza la actitud de la Directora General Alícia Paz, cuya comparecencia se había reclamado para dar explicaciones.

–La llegada del PP al gobierno trae consigo una nueva actitud que se hace notar especialmente en Canarias, donde numerosos poblados marítimos tradicionales están amenazados.

–En mayo de 2013 Cañete se saca de la manga una reforma de la ley de costas que contiene una serie de aparentes errores técnicos incomprensibles y algunos favores especiales cuyo descaro causa vergüenza (me refiero al tratamiento especial de Formentera).

–En octubre de 2014 el gobierno aprueba un nuevo reglamento de costas que resulta más benévolo que el de 1989 en algunos aspectos , especialmente la nueva disposición transitoria decimosexta, que de forma inesperada admite que las concesiones anteriores a la ley de costas puedan acogerse a la prórroga del artículo Segundo de la ley de reforma.

–A instancias del PSOE, el Tribunal Constitucional declara la nulidad de algunas regulaciones de la ley 2/2013, de reforma de la ley de costas. Brilla con luz propia, por su justicia, la anulación del ridículo trato especial de Formentera.

La doble circunstancia de la llegada al poder del PP y la crisis económica paralizó numerosas intervenciones en la costa de Canarias, entre ellas La Bombilla, en La Palma, donde había la previsión de derribar cuatrocientas viviendas y reducirlas a grano fino junto con los callaos (pedruscosdelavasolidificada) para imponer una playa artificial donde la naturaleza no la quiso.

Temo que el regreso de Cristina Narbona venga marcado por el signo de la venganza y alentado por el resentimiento.

Temo que designe a un ministro al que le vaya la marcha y que el ministro rescate a José Fernández, si aún vive, como Director General.

Temo que se derogue la reforma de la ley de costas (aunque por ser una norma de rango legal le corresponde al Parlamento hacerlo).

Temo que se suprima el reglamento de costas de costas y se elabore otro mucho más duro, o al menos que se enmienden sus aportaciones más bondadosas.

Temo una oleada de derribos en Canarias y que el nuevo gobierno retome los proyectos de obras pendientes.

Vienen tiempos malos. La Plataforma no nació porque sí, sino porque Cristina Narbona estaba apretando las clavijas hasta extremos insoportables.

Esos momentos duros pueden volver, centuplicados por el orgullo herido de una persona con un ego mayor que una vaca, y el mejor consejo que puedo dar a los afectados es que busquen refugio y protección en la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas.

José Ortega

Abogado

http://www.costasmaritimas.es

Cuestiones muy tontas de la servidumbre de protección

Lo que saben los ciudadanos de la servidumbre de protección es que es una franja de terreno en la que no se puede construir nada nuevo ni ampliar lo construido. Cada uno de los conflictos originados en torno a ella tiene que ver con el derecho a construir y sobre todo con el derecho a reformar, que padece una frontera borrosa entre lo que se puede y lo que no se puede hacer.
Lo que creo que muchos ignoran es que en la servidumbre de protección el uso residencial está prohibido. Sí, prohibido. Significa que no puede haber nadie viviendo en ese espacio. Podrá haber talleres de reparación de automóviles, expendedurías de carne de caballo o farmacias, pero no viviendas.
¿Cómo es, entonces, que todo el mundo continua viviendo en sus casas a pesar de que se encuentren en esa franja de protección? Merced a los derechos transitorios recogidos en la ley de costas. De la misma forma que se toleran los edificios construidos legalmente antes de su entrada en vigor, también se toleran los usos residenciales cuando eran anteriores.
En cierta ocasión me tocó defender a un colectivo de casi mil familias enfurecidas porque una obra pública en Bellreguard había dejado las torres de primera linea dentro de la servidumbre de protección. En aquellas fechas se había prendido fuego en Madrid al edificio Windsor y en las asambleas se consideraba con horror la posibilidad de que alguna de las torres sufriera un siniestro similar y hubiera de ser demolida, en cuyo caso, con arreglo a las disposiciones transitorias de la ley de costas, ya no podría ser objeto de reconstrucción. Pero eso no era exactamente así. De forma sorprendente, la ley sí que admite la reconstrucción de esos edificios, pero no la continuación de su primitivo uso residencial, puesto que la demolición habría roto el vinculo con una situación anterior a la ley de costas y por tanto con el derecho transitorio. En tal caso, entraría a aplicarse con toda su gloria y todo su esplendor la prohibición de uso residencial. La ley, entonces, no rechazaría que los edificios se destinaran a oficinas, por ejemplo, pero definitivamente dentro de ellos no se podría pernoctar, hacer la cena o ver la tele (por supuesto nada de sexo).
Reconozco que en España sabemos hacer muchas cosas además de servir calamares a la romana, pero esas otras cosas ocupan un espacio modesto en el PIB si lo comparamos con el turismo, cuyos componentes fundamentales son efectivamente dichos calamares a la romana, el sol y las tumbonas. Por cierto que el turismo es la única actividad económica que no debe temer a la deslocalizacion. Había una fabrica de Nokia en el Reino Unido. Daba trabajo a muchas familias y todo iba bien hasta que un día decidieron cerrarla y salir pitando para Rumania porque allí era más barato producir. Los rumanos se pusieron tan frenéticos de alegría que incluso pusieron una vía férrea especial para la nueva fábrica. El otro día escuché en la BBC que Nokia había decidido cerrar la planta y trasladarse a donde podéis imaginar, es decir, a ese país tan comunista como capitalista llamado China, y habían dejado a los rumanos pasando la mano por la pared.
Esto es algo que no puede suceder con el sol ni con la playa, lo que confirma la necesidad de que nuestra patria afiance un negocio turístico que siempre se a a quedar aquí. Resulta evidente que en el presente contexto de recesión económica esa necesidad se centuplica e imagino que ésta es una buena causa de que el Ministro Cañete haya decidido flexibilizar la ley de costas para permitir más negocio en las playas.
Pues bien, atendamos ahora, queridos amigos, al dibujo teórico del litoral que quiere la ley de costas: Dentro del dominio público los usos residenciales están prohibidos, pero también lo están en una franja de cien metros situada a continuación. Digo cien metros, y digo bien porque la servidumbre de protección de veinte metros es excepcional y también obedece a derechos transitorios que aquí seria algo latoso explicar.
El dominio público carece de anchura fija, pero puede extenderse profundamente al interior. En La playa de El Saler, por ejemplo, puede alcanzar unos doscientos metros de anchura, y he visto una línea en Lanzarote bastante más al interior. Sumemos a ello los cien metros de la servidumbre de protección y tendremos una imagen de lo que los padres de la ley de costas querían para nuestro litoral: Que no hubiera alma humana que pudiera vivir en una media de doscientos metros de la orilla. A margen de la bondad medioambiental de ese esquema, la pregunta es si eso es algo que tenga sentido en un país que vive o pretende vivir del turismo.
Ved nuestras costas. Vedlas saturadas de construcciones hasta el borde del mar. Ved cómo la densidad de población en primera línea supera a la de cualquier otro segmento del territorio ¿no percibís un nuevo y adorable ejemplo del foso entre la España oficial y la España real? ¿Quién diría que esas aglomeraciones urbanas y humanas se dan en un país que tiene prohibido todo uso residencial en los primeros doscientos metros de costa como media?
Puedo contaros algunas situaciones aún más singulares. Si tenéis una vivienda en servidumbre de protección ni se os ocurra acometer una obra concienzuda de reforzamiento de pilares, porque en el marco de la borrosa frontera a la que me he referido antes, os dirán que la obra está prohibida y os ordenaran (aunque esto sea arquitectónicamente imposible) volver a dejar los pilares en su primitivo estado de deterioro. El motivo es claro: el propósito de la ley es que estos edificios se vayan cayendo poco a poco hasta que en un momento idealizado del futuro toda la anchura fe la servidumbre de protección se transforme en un prado, un arenal o un pedregal que se asemeje lo más posible a su estado en lo tiempos de Adán y Eva.
Pero entretanto los que están delante, es decir, los que han conseguido la concesión de la disposición transitoria primera, apartado primero, habiendo consolidado su derecho a permanecer no ya en la servidumbre de protección sino en el dominio público, podrán desde luego reforzar pilares, reconstruir sus muros perimetrales y todo lo que sea preciso para ejercer su derecho a permanecer viviendo en aquel edificio durante los próximos sesenta años.
¿Percibís la absurda contradicción? Los edificios situados en el dominio público, en un suelo que con razón o sin ella pertenece a todos, podrán ser reformados, reforzados, adecentados y reconstruidos, mientras que los situados sobre propiedad privada aunque sujetos a la servidumbre de protección deberán experimentar una decadencia forzada hasta que sus habitantes se vean obligados a escapar de allí por miedo a que el techo se les venga encima y hasta que acto seguido sobrevenga la total y definitiva ruina. Así nos encontraremos con un paisaje surrealista en el que el proteccionismo del Estado habrá dado lugar a una florida y pujante primera línea de viviendas sobre la arena a cuya espalda, en una extensión de cien metros, se extenderá un baldío pelado y solitario.
No sé si esto es lo que había en la cabeza de los señores y las señoras que inventaron la ley de costas, pero no cabe duda de que es la consecuencia de sus pensamientos.
Por eso he pedido al Director General de Costas que al redactar la reforma tenga en cuenta esta situación, se pregunte si un país que vive del turismo en la playa puede mantener la prohibición de uso residencial de la franja costera, y que actúe en consecuencia.

José Ortega
Abogado joseortega@costasmaritimas.es

Confieso que ya no esperaba esa llamada, pero se produjo. Finalmente el Director General de Costas responde a nuestra solicitud de audiencia para cambiar impresiones sobre la reforma de la ley de costas. Aún así soy escéptico porque estoy acostumbrado a los pases de pecho de las autoridades que reciben por escenografía, te torean con paciencia y se olvidan de ti tan pronto sales de su despacho. Me he acostumbrado a esa situaciones pero vuelvo a meterme con José Pedro, el Presidente de la Plataforma, en el recinto sagrado a ver qué pasa.
Y lo que pasa es que me encuentro con un joven Director General, flanqueado por dos asesoras, que nos tratan con el respeto y nos escuchan con la atención que creo que merecemos. No veo aquí traza de fingimiento y compruebo con sorpresa que esta vez la cosa va en serio.
Después de hacer una breve y creo que innecesaria introducción sobre quienes somos y qué hemos conseguido, Pablo Saavedra me dice que estamos aquí para hablar de la reforma y José Pedro y yo podemos ver en sus manos y en las de sus asesoras las copias de nuestro proyecto de ley, bastante subrayado y por lo tanto estudiado. Saavedra propone que vayamos estudiando y comentando articulo por articulo y eso es lo que hacemos, con más o menos el resultado que a continuación expongo.
Modificación de la definición de zona marítimo terrestre para recuperar la que fue buena durante ciento ocho años, referida a temporales ordinarios. No hace falta que os cuente los argumentos, ya los he expuesto cien veces y los tenéis en los vídeos explicativos de nuestra propuesta (rueda de prensa de 20/05/2009 en Madrid y I Jornada de estudio de la ley de costas, Valencia abril de 2012). Hay acuerdo.
Modificación de la definición de playa para volver a la de 1969, que coincide con el concepto natural de playa. Esto implica que la duna deje de ser dominio público. Proponemos como ayuda que la duna continúe manteniendo una fórmula de especial protección que evite la construcción sobre ella y que por lo tanto se garantice el transporte eólico, pero sin ser demanial. Proponemos también, como fórmula de compromiso, la introducción en la ley de la limitación recogida en el reglamento de costas de que las dunas fijas que no tengan incidencia en la defensa de la playa y todo eso no tengan carácter demanial. Esto es necesario como mínimo, puesto que los tribunales no hacen menor caso del reglamento y dicen que, con arreglo a la ley, todas las dunas son dominio público. Hay acuerdo en el problema aunque se hace preciso buscar la redacción adecuada para darle solución.
Definición de la naturaleza, finalidad y límites del expediente de recuperación posesoria. Exponemos que este expediente sumario tiene por finalidad impedir las apropiaciones indebidas del dominio público, pero no es la herramienta debída para resolver situaciones complejas heredadas del pasado. Añadimos que es costumbre de los jefes de costas coaccionar a los vecinos diciéndoles que si no se defienden les perdonaran los gastos del derribo pero como se busquen un abogado y empiecen a escribir, tendrán que pagar esos gastos. Ponemos el ejemplo concreto de Crisol Santana Padrón, que nos había pedido ayuda para impedir el derribo de la vivienda tradicional de su padre y otros vecinos en el Barranco de la Ballena (Gran Canaria), pero tuvo que prescindir de esa ayuda porque los viejitos afectados habían sucumbido a las coacciones de costas. Recordamos además algunas otras cuestiones claves y sorprendentemente abusivas de este tipo de expedientes, que están causando mucho dolor en toda la costa pero especialmente en Canarias, además de exponer los ejemplos concretos de Florentina Mora en Soller (ved el video con mi intervención en el Parlamento Europeo en 2010) y la playa de Villarube (leed el post titulado El infierno de Vilarrube), donde el jefe de costas D. Rafael Eimil se presentó de madrugada e hizo salir de sus casas a los vecinos para derribar sus casas con carácter inmediato y sin autorización judicial. Proponemos que se aclare que para resolver situaciones complejas heredadas de momentos anteriores a la ley de costas deberá tramitarse un expediente por el procedimiento ordinario y con todas las garantías, del cual salga la decisión sobre si el destino del edificio debe ser el derribo o la concesión de la DT primera. Hay acuerdo.
En cuanto a la conveniencia de modificar el articulo 12 de la ley para que con cada expediente de deslinde se tramite una pieza separada de indemnizaciones, donde quede prefigurado a quien corresponde la concesión de la DT Primera a fin de que no se produzca nunca más la situación de limbo jurídico que todos conocéis, D. Pablo Saavedra me pide que ni lo comentemos porque el acuerdo es total.
En cuanto a la necesidad de que no puedan tramitarse expedientes de deslinde en zonas de costa regresiva debido a causas artificiales hasta que se hayan hecho obras para reponer la costa a su antiguo estado (situación de Moncofar, Almenara, Nules, Burriana, Belreguard, El Saler, El Brosquil, Guardamar, Vélez Málaga, Rota y otros muchos espacios de costa), el Director General entiende el concepto aunque considera que las medidas a adoptar son más técnicas que legislativas.
Hablamos a continuación de un tema un poco tonto y que pasa desapercibido, como es el hecho de que en la servidumbre de protección el uso residencia está prolhibido. Esto ni siquiera estaba en el texto de nuestra reforma porque había pasado desapercibido incluso para mi. Hablaré extensamente de esta cuestión en otra entrada de blog, pero desde luego entienden el problema y se toman nota. Esta nueva determinación la voy a incorporar a la segunda versión del proyecto de reforma porque me parece totalmente necesaría.
En cuanto al importante tema de las compensaciones por la pérdida de la propiedad, en nuestra propuesta habíamos escrito que deberían hacerse en dinero, aunque nos vemos forzados a reconocer que ni había tal masa de dinero cuando se aprobó la ley ni mucho menos la hay ahora. Por eso proponemos como fórmula alternativa la de alargar el plazo de las concesiones y garantizar su transmisibilidad. Recordamos que cuando el gobierno socialista ya intentó hacer transmisibles las concesiones con la ley de navegación marítima, los ingenieros de costas se enfurecieron ya que esto daba lugar a que estas concesiones tuvieran un precio de mercado y por lo tanto no pudieran rescatarse por calderilla, que es lo que tanto les gustaba hacer. Cuanto más prolongada en el tiempo sea una concesión, mayor será su valor de mercado y esto debería ser una fuerte barricada contra esos rescates que transforman la concesión en una trampa, como recordé en el Parlamento Europeo en 2010. Nos dicen que la transmisibilidad de las concesiones es algo que no admite discusión y lo otro lo entienden a la perfección. Hay acuerdo, aunque se deben estudiar la fórmula y la redacción adecuadas.
También cambiamos algunas impresiones sobre 2018 como límite de las concesiones anteriores a la ley de costas para usos incompatibles, lo que bajo mi punto de vista es un fraude.
Y ahora la cuestión importante: es muy difícil que los cambios en las definiciones del dominio público natural tengan efecto retroactivo, por lo que todo esto puede tornarse realmente inútil. Digamos que el Estado no ve claro deshacer lo que ha estado haciendo durante veinticuatro años con mucho esfuerzo y muchísimo dinero. Y como sólo queda un cuatro por ciento del territorio sin deslindar, vamos apañados. Incluso ese cuatro por ciento quedará cerrado antes de que se apruebe la reforma. En la provincia de Alicante, con mucho la que lleva más retraso, echan humo y están tramitando a toda velocidad.
El problema es de cuidado y no tiene fácil solución. Por un lado el gobierno reconoce que las definiciones de dominio público deben ser más modestas y menos expansivas, pero por otro estos cambios podrían no tener ni un poco de utilidad práctica, que es lo que nos interesa.
Pensaba en esto cuando salimos de la casa y mientras compartía con José Pedro un filete medio crudo enmarcado en un menú del dia de nueve euros, encontré una solución que creo que podrá satisfacer a todos. Por la tarde se la hice saber al Director General e imagino que la estudiará. La incorporaré a la segunda versión del proyecto de reforma y confío en que será la fórmula para que los afectados se quiten de encima el problema y el Gobierno no se vea en apuros. Perdonad que de momento guarde el enigma.
Cuando estuvimos en junio halando con el anterior Director General de Costas, la reunión duró más de tres horas y fue una autentica sesión de trabajo. Estábamos allí el Presidente de la Plataforma y yo para los primeros trabajos de comisión mixta, a fin de estudiar uno por uno los casos de la Plataforma y buscar una solución individualizada y dentro de la ley. Al término de la reunión el Director General nos agradeció la forma tan elaborada en la que le habíamos propuesto esas soluciones, cosa que le ayudará mucho. Comentó que todas las otras visitas que había tenido se habían limitado a sentarse, exponerle el problema y preguntarle cómo pensaba resolverlo.
Ayer pasó algo parecido. El Director General señaló que lo que tenia de nosotros no era una propuesta aislada o puntual, sino un proyecto de ley articulado y bien estructurado. Son estas cosas las que fabrican día a día el respeto hacia la Plataforma. Nuestra reputación tiene unas bases sólidas en el trabajo riguroso, no en proclamas o eslóganes. Es el mismo camino que iniciamos en enero de 2008, cuando en vez de salir a la calle a chillar o en vez de alquilar una página del diario El Pais, como pedían algunos, redactamos un informe serio, riguroso y contrastado sobre abusos, que como sabéis presentamos en el Parlamento Europeo el 1 de febrero de 2008. Es el mismo camino que seguimos en enero de 2009, cuando elaboramos la propuesta de enmienda a la ley de navegación marítima para impedir los derribos en Canarias, Galicia y el resto de la costa. Es el mismo camino que seguimos cuando, a vista de la petición de reforma hecha por el Parlamento Europeo, en lugar de alzar la voz exigiendo de forma inconcreta cambios en la ley, nos pusimos a escribir y redactamos el texto articulado que se estudió ayer. Es esa trayectoria lo que impulsó al Partido Popular a solicitar la ayuda de la Plataforma para redactar la reforma de la DT Segunda de la ley de costas que quedó aprobada en febrero de 2011 en el Senado. Debemos continuar trabajando de esa forma. Esto no es una cuestión de ideología: No hace falta ser del PP. No es una cuestión de amiguísmo: No nos han recibido por la intercesión de ningún intermediario. No es una cuestión de privilegios: Lo que estamos pidiendo es justo. Es una cuestión de fiabilidad, y en la Plataforma hemos conseguido fabricar esa fiabilidad sobre la base del trabajo, la honestidad y el rigor.
Antes de salir preguntamos al Director General si podíamos difundir la entrevista y su contenido y nos dijo que sí, siempre que no se generasen expectativas sobre posibles contenidos de la reforma. Por eso he escrito este post, que es fiel resumen de lo que sucedió ayer, de la misma forma que había escrito algún otro como el titulado Así fue lo de Martín Fragueiro.
Debo decir que siento mucho respeto hacia las personas que nos recibieron y escucharon, hacia su profesionalidad y su buen criterio. En estos meses los periodistas me han cosido a preguntas y siempre me he mostrado suspicaz hacia el contenido de la reforma que preparaba el Gobierno. Mi opinión ha cambiado después de ayer. Desde luego que puede volver a cambiar, pero en este momento estoy en condiciones de decir que las cosas pueden mejorar de forma efectiva y que la conducta inhumana que durante años hemos estado sufriendo tiene los días contados.

José Ortega
joseortega@costasmaritimas.es

NOTICIAS DE GUIPUZCOA
josé ortega abogado de la asociación española de afectados por la ley de costas
«Están creando mecanismos coactivos para lograr la sumisión del ciudadano con el Estado»

Ortega es el abogado que más demandas ha ganado al Estado en materia de Ley de Costas. Gracias a su labor, hoy se mantienen en pie varios pueblos enteros de Canarias que el Estado quería derribar. A pesar de sus éxitos, denuncia la precaria situación judicial que padecen los afectados

iraitz astarloa- Lunes, 30 de Abril de 2012 – Actualizado a las 05:28h

Donostia. Consciente de que el Estado gana el 99,9% de los litigios en materia de costas, Ortega continúa luchando contra la injusta situación que padecen 400.000 familias de todo el Estado. Su estrategia: que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos admita los casos de estos millares de afectados, ya que «no se puede esperar nada» de los tribunales estatales.

¿En qué situación se encuentran ahora mismo los afectados?

Parece que puede haber una cierta moderación en la aplicación de la Ley de Costas, lo que no significa que se hayan paralizado los derribos. Se puede decir que se ha levantado el pie un poco del acelerador, pero sigue habiendo mucha gente que está en el corredor de la muerte.

¿Puede atribuirse este cambio de actitud al cambio de Gobierno?

Yo no lo achacaría directamente a eso porque el cambio de gobierno todavía tiene que notarse, se tienen que hacer con los cargos, con la situación… Además, en el último año de Gobierno socialista ya hubo un giro de 180º en la aplicación de la ley.

El pasado 9 de abril el ministro de Medio Ambiente informó de que la nueva ley de costas llegará antes del verano.

Eso es absolutamente imposible. Ahora mismo no hay un texto escrito conocido así, que a lo sumo se mandará al Parlamento un proyecto de ley. Ahora con la mayoría absoluta todo es más fácil y puede que el proceso sea más rápido, pero creo que dos años sería un plazo muy realista para que llegue la ley.

¿De qué manera va a afectar la nueva ley a las familias sometidas a la Ley de Costas?

Pienso que la nueva ley no va a cambiar nada ni va a hacer absolutamente nada por ellos. El Gobierno le va a dar una capita de barniz al tema, pero no creo que cambie absolutamente nada.

Así que el cambio no invita a ser optimistas.

El ministro dijo que va a facilitar la desafección -dejar de considerar de dominio público una zona así considerada- de las zonas degradadas, lo que puede provocar arbitrariedades. Entiendo que las zonas degradadas son aquellas que más urbanizadas están, es decir, barrios o grandes urbanizaciones que afectan a miles de familias. Las cuatro o cinco familias que viven en su casita, aislados, no viven en zonas degradadas porque están menos construidas, por lo que se va a producir un trato más favorable por el mero hecho de pertenecer a un grupo grande.

¿Tienen alguna posibilidad los afectados de ganar la batalla judicial al Estado?

Lo que se está produciendo en la Audiencia Nacional es un espectáculo. Te dicen a todo que no. Yo soy el abogado que más veces le ha ganado a Costas, quien más deslindes he conseguido anular y, con todo, el Estado está ganando el 99,9% de los litigios.

¿Qué ocurre con los Tribunales de primera instancia?

Primero, que te dicen a todo que no y luego, respecto a la calidad de la sentencia, dan la vuelta a tus argumentos, los despiezan, los descomponen, los separan de su contexto de una forma irritante en favor del Estado.

¿Cabe recurrir ante el Tribunal Supremo?

Desde hace tres años, en el Tribunal Supremo han decidido no admitir absolutamente nada a trámite por motivos estrictamente formales. Hemos llegado a una situación en la que no se están admitiendo recursos por escribir una coma en lugar de un punto. Estamos en un proceso en el que la administración de justicia se está disipando por los aires.

¿Qué ocurre con el Tribunal Constitucional?

Nos encontramos con que si ya era poca la subjetividad con la que aceptan las sentencias, desde 2007 se ha introducido un nuevo requisito, que desde mi punto de vista es una vergüenza enorme, para admitir los recursos a trámite. Entienden que para admitirla a trámite tiene que tener relevancia constitucional, es decir, te están diciendo que te pueden estar violentando uno o más derechos fundamentales de la persona y, a pesar de todo, no te lo admiten si no tiene especial relevancia en la interpretación de la Constitución.

¿Se enfrentan los afectados a alguna traba más?

Con la reforma de las leyes procesales se introdujo en concepto de la condena en costas, es decir, que si tú pierdes el procedimiento, donde antes no existía consecuencia económica alguna, ahora te condenan a pagar los honorarios del abogado del Estado. Esto en una situación en la que tienes un 1% o 2% de probabilidad de ganar el litigio se traduce en que están creando legislativamente mecanismos coactivos para lograr la sumisión del ciudadano contra el Estado, y esto es muy serio.

¿En que situación nos quedamos los ciudadanos?

No se puede esperar nada de los jueces en este país. El Estado se está convirtiendo en una especie de vaca sagrada y lo que están haciendo los tribunales es que no haya capacidad de reacción por parte de los ciudadanos contra el Estado. Se está produciendo una sumisión-resignación entre los ciudadanos y esto es absolutamente grave porque está haciendo peligrar la calidad de la democracia.

¿Esta situación va a prolongarse mucho en el tiempo?

Tengo la sensación de que en un plazo de 10-15 años esta situación tan extraña y tan injusta de los tribunales en España se va a tener que normalizar a consecuencia de la cascada de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

¿Es esta la última instancia que les queda a los afectados?

La gente cree que es otra instancia más, pero no. Es un convenio por los derechos fundamentales de la persona, por lo que yo lo que hago es, desde el minuto cero, vincular el litigio con el convenio europeo de derechos humanos porque, como en la vía judicial española no cabe esperar nada, la única opción es que este tribunal admita el caso.

Publicado en
http://www.noticiasdegipuzkoa.com/2012/04/30/sociedad/euskadi/estan-creando-mecanismos-coactivos-para-lograr-la-sumision-del-ciudadano-con-el-estado

Dice la Constitución que la Administración tiene obligación de comportarse con objetividad y la ley de procedimiento administrativo impone el principio de buena fe. Muchos ya han experimentado en sus carnes qué es que entienden algunos funcionarios por estos conceptos tan majos. A mí me toca experimentarlo a diario y os quiero contar cuál es la última mala praxis de nuestros entrañables amigos de Costas, donde el término mala praxis es un regalo desinteresado que les hago, ya que debería haber usado otra expresión más vinculada a la ciudad de Nápoles.
Pues veréis, amigos, resulta que, salvo notables y muy raras excepciones, la Audiencia Nacional es un muro más espeso que el de Berlín, más espectacular que la muralla china y más infranqueable que Fort Knox. Si vas allí a impugnar un deslinde, tienes las mismas posibilidades que las que podéis tener de ganar el euromillón, y supongo que esto no se debe a ninguna corruptela, sino a que el Estado acierta siempre y los ciudadanos nunca y a que la virtud de los jueces sabe captar la situación y exponerla en forma de sentencia.
España es un país donde como te toque la china (ya no me refiero a la muralla) vas aviado. No te salvan ni la Constitución, ni la ley, ni el defensor del pueblo, ni el diputado de tu circunscripción, ni desde luego esas dulces criaturas a las que llamamos jueces y magistrados. Las personas a las que no les sucede esto creen que todo está bien. La realidad sólo la perciben aquéllos a quienes la apisonadora les ha pasado por encima y los ha transformado en canelones.
Entonces, queridos, resulta que casi la única forma de anular un deslinde en la Audiencia Nacional es demostrar que se ha producido caducidad del expediente. Como sabéis, la caducidad no se aplicaba a este tipo de procedimientos hasta la reforma de la ley de costas en 2002, que entre otras cosas les asignó un plazo máximo de tramitación de veinticuatro meses. Saludable medida, porque hasta entonces los señoritos de Costas mantenían la tramitación abierta durante diez, doce o quince años, haciendo las delicias de unos afectados que entretanto se veían sometidos no sólo a un susto prolongado, sino a una cosa llamada suspensión de licencias que les impedía cambiar el chapado de una cocina que sin embargo continuaba siendo su cocina. Suspensión temporal y provisional, claro está, aunque durase quince años, como es propio de un país surrealista que lo mismo que tira cabras desde los campanarios que te tramita unos expedientes así de divinos.
Me cupo el honor de ser uno de los primeros en demostrar cómo se anulaba un deslinde por caducidad cuando conseguí una sentencia de 1 de abril de 2008 que efectivamente mandaba al diablo el deslinde de Belreguard, en Valencia. Desde entonces, los ingenieros de costas han aguzado el ingenio, han puesto tiesas las orejas, han exprimido su cerebro matemático y han elaborado por lo visto un protocolo secreto de actuaciones para impedir que accidentes como ése se vuelvan a repetir. El método es tosco pero efectivo y consiste en la puesta en marcha de un olvido estratégico. Cuando se formula recurso contencioso administrativo, el tribunal debe reclamar el expediente y la Administración remitirlo completo y foliado. El olvido consiste en enviar el expediente sin los acuses de recibo de la Orden Ministerial aprobatoria del deslinde.
¿Y con esto qué se consigue? En la mayoría de los casos, una Administración acostumbrada a tomarse quince años para tramitar los expedientes suda tinta para conseguirlo en sólo dos, por lo que suele llegar con la lengua fuera y jadeando al borde del plazo. Pero este plazo no es sólo para dictar resolución, sino para que ésta quede notificada a los interesados. Si las notificaciones se practican fuera de los veinticuatro meses, el expediente entra en caducidad y la resolución debe anularse. Y la única forma de acreditarlo es revisar los acuses de recibo. De aquí la absoluta conveniencia de esa amnesia sistemática de los ingenieros de Costas que, quizá por estricta casualidad, se repite siempre que la resolución se ha dictado al límite del tiempo y hay posibilidad de que la notificación se haya practicado fuera del mismo. Juro sobre la Biblia que antes de la reforma de la ley de costas de 2002 nunca había tenido este problema. Los expedientes siempre se remitían completos y con sus acuses de recibo de la Orden Ministerial.
Ved, entonces, cómo en el corazón de la casa debe haber un Rasputín con vocación de cirujano que, llegada la hora, da instrucciones para aplicar a los papeles la debida amputación y, mediante un sistema de desmemoria programada, los acuses de recibo se pierden. Así el abogado nunca podrá demostrar que se ha producido caducidad y por lo tanto anular el deslinde y detesta manera seguiremos contribuyendo a que nuestra patria continúe siendo una, grande y libre.
Juzgad si esto es cumplir con el requisito de objetividad de la Administración o si es más bien otra cosa, a la que se le podría poner cualquier calificativo relacionado con las pocilgas, las letrinas o el agua estancada.
Pero eso no es todo. Una práctica como ésa no duraría ni dos minutos si los jueces y tribunales hicieran lo que deben en vez de proteger, aplaudir y respaldar a quienes se entregan a aquellas bajezas. Tú vienes, te crees que vives en un país donde existe una diferencia conceptual dramática entre la ley y el florero, y reclamas al tribunal la subsanación del expediente administrativo para que se acompañen los acuses de recibo que faltan. He hecho eso cientos de veces, dentro de un trámite recogido en la ley procesal, para integrar expedientes incompletos debido a causas diversas. Y la Sala siempre ha accedido, simplemente porque la ley manda que la Administración remita el expediente completo.
Pero, queridos míos, la Audiencia Nacional no lo ve así en este caso. Algo debe andar mal en mi percepción de la realidad, porque incluso cuando los ilustres y sin duda sabios magistrados dicen y repiten que no tengo razón, yo releo la ley e insisto en que la tengo. No sé si buscar ayuda médica, un cuchillo jamonero o el pasaporte para iniciar una nueva vida bajo las palmeras tropicales. O quizá dedicarme a la defensa de los corruptos, que debe ser lucrativo.
Dicen los jueces que no, que para qué quiero los acuses de recibo, y sólo me conceden reclamar de la Administración los de los recurrentes, no los del resto. Debéis entender que la caducidad puede producirse cuando cualquier acuse de recibo, aunque sea sólo uno, se entregue fuera del plazo, y que por tanto es innegociable el examen de todas y cada una de las notificaciones. Recurso de súplica (previo pago de su importe, porque ahora los recursos se pagan) y lo mismo: Que no y que no. Que para qué quiero yo los otros acuses de recibo, que no lo he explicado y que no entienden mi petición.
Debo estar enfermo. Miro la ley procesal y sigue diciendo que el expediente ha de remitirse completo, no es una ilusión óptica, no es un sueño ni un holograma. Y he explicado bien en mi recurso que necesito todos los acuses de recibo para demostrar que se ha producido caducidad. A pesar de ello, los magistrados insisten en que no he aclarado para qué quiero esos documentos.
Pero por favor atended a lo que me ha sucedido hoy mismo, que merece la pena. En aquel procedimiento ya se me agotaron los recursos y aguardé pacientemente al periodo de proposición de prueba. Entonces, de forma particularmente artera, pedí prueba de documentos para que la Sala oficie a la Dirección General de Costas a fin de que por la misma se remitan los dichosos acuses de recibo. Acabo de recibir hoy el auto que resuelve la proposición de prueba y aún siento la tentación de ponerlo en un marco.
¿Sabeis lo que me dice la Audiencia Nacional? Me deniega la prueba porque lo que tenia que haber hecho era pedir en su momento la subsanación del expediente.
Siento que los blogs escritos no puedan llevar música incorporada. Quizá habría hecho entrar aquí una piezas de órgano del siglo XVII que el cine de los cincuenta solía reservar para las apariciones del conde Drácula. Creo que es lo que le va.
No cabe duda: Alguien tiene un tornillo suelto en la cabeza, y desde luego rechazo la idea de que lo sean estas altas y graves personalidades cuyos antebrazos vienen decorados con las adecuadas puñetas.
Digo más: Acallad vuestras conclusiones apresuradas. Niego que estos señores sean lo que estáis pensando, lo que estáis cuchicheando y lo que estáis imaginando. Eso ni es ni puede ser, puesto que vivimos en una democracia con separación de poderes y en un Estado de derecho, lo sabe todo el mundo.
No son ellos los que sobran, angelitos míos, sino todos los capullos como yo que luchamos por una justicia que no existe, vivimos en mundos de fantasía y nos obstinamos tontamente en no ponernos de rodillas.
Después de todo, 2 + 2 = 5. Ya lo dijo Orwell.

Los afectados por la Ley de Costas critican que el Estado mantenga 14 inmuebles de El Golfo en un limbo

El portavoz de la Plataforma de afectados por la Ley de Costas y abogado de varios vecinos de El Golfo (Yaiza), José Ortega, asegura que el Gobierno central mantiene a las 14 viviendas y restaurantes que se encuentran dentro del dominio público marítimo terrestre en un “limbo jurídico” ya que no dicta el derribo ni legaliza la situación mediante una concesión administrativa.
Saúl García (ACN)
[Lunes, 23 de abril de 2012] [13.35]

Recientemente, el Tribunal Supremo rechazó el recurso del Ayuntamiento de Yaiza, defendido por Felipe Fernández Camero, y validó el deslinde marítimo terrestre aprobado por el Gobierno en 2006. Con esta sentencia, se hace en la práctica casi imposible, según Ortega, que los recursos que quedan por resolverse tengan un signo diferente.

Según el deslinde, 14 inmuebles queda dentro del dominio público marítimo terrestre (todos los que están entre la carretera y la costa) por lo que la propiedad pasa a ser del Estado pero puede otorgar una concesión, que se solicitó en enero de 2007 y que aún no se ha resuelto. El resto de edificaciones afectadas, dentro dela zona de servidumbre marítimo terrestre, “no se van a tirar de ningún modo”, según Ortega.

Este abogado señal que a esos 14 inmuebles, en situación de limbo jurídico, se les está sancionando por realizar cualquier tipo de obra, por necesaria que sea. Señala que si Costas concediera la concesión se acabaría esta situación y podrían seguir realizando la actividad que llevan a cabo en la actualidad, bien de restauración o como residencia.

Según Ortega, hay varias claves que explican que se haya llegado a esta situación. Por un lado, señala que Ayuntamiento, sobre todo al principio, cuando era alcalde José Francisco Reyes, “seguía el procedimiento en un ambiente de rivalidad y no de cooperación con los vecinos”.

Por otro lado, critica la actitud del consejero de política territorial del Gobierno de Canarias, porque en lugar de realizar un informe para aportar al procedimiento y determinar que dos tercios del núcleo poblacional eran urbanos antes de 1988, hizo una resolución administrativa, dando a Costas la oportunidad de recurrirla, y fue anulada, anticipando la sentencia contraria a los vecinos.

“Berriel quiso resolver las cosas por su cuenta y a su manera”, asegura, y critica que no facilitó que los vecinos se presentasen como codemandados en ese procedimiento.

Respecto a Costas, Ortega señala que, para determinar el deslinde, no presentó ninguna prueba, tan sólo una foto aérea en la que n se puede distinguir si los materiales son de origen marino o terrestre (lo que determina hasta donde puede llegar la marea y por tanto el deslinde) mientras que los vecinos se gastaron 15.000 euros en un estudio que explica las características de la costa de El Golfo, y al que no se le ha dado validez por parte de los tribunales.

PUBLICADO EN DIARIO DE LANZAROTE

http://www.diariodelanzarote.com/2012/04/23/lanzarote08.htm#.T5VNSr3y7Is.facebook

Los muchachos son jóvenes, altos y fuertes. Parecen recién salidos del gimnasio, o si acaso de una pasarela. Pecho fuera, barriga dentro, barbilla erguida, más de metro noventa y sobre la cabeza una boina. Por si fuera poco van armados hasta los dientes y protegidos por un número abrumador de furgones blindados. Son guardias civiles, pero no van de verde, sino de azul, por esas cosas de los diseñadores y porque son tropas de élite, especialmente entrenadas para derrotar a terroristas y enemigos de esa calaña.

En el otro bando, un grupo de jubilados, abuelos y amas de casa. Alguna anciana se apoya en un bastón. La mayoría toman la pastilla de la tensión, del colesterol y del azúcar. Les soplas y se caen. Son éstos los enemigos a los que el Subdelegado del Gobierno en Castellón temía hasta el extremo de remitir a Almenara a lo más granado de las fuerzas antidisturbios. No sé cuánto ha costado el despliegue, pero creo que bastanes millones en pts y miles en euros.

No hay batalla. Las fuerzas de élite de la guardia civil no se ven obligadas a intervenir, porque los jubilados no atacan. Si hay una diferencia entre unos y otros, es que los ancianos tienen los ojos llorosos y los policías no.  A los policías, cuya función constitucional es proteger los derechos de los ciudadanos, los han traído aquí para sujetar al pueblo  y obligarlo a soportar lo que tiene toda la pinta de un ultraje más bien ruín. Ellos no juraron lealtad a la Constitución para hacer esto, pero los ha traído aquí creo alguien que debe tener mala conciencia y debe temer a la indignación de los ciudadanos.

Lo cuento rápido. La familia tiene una concesión indefinida y un día desde Costas les engañan invitándolos a aceptar otra por quince años. Un timo absoluto que la familia se traga porque el funcionario o autoridad que estaba de guardia ese día actúa lo mismo que esos pilla-pillas que van por ahí engañando, quemando el mercado, cambiando de sitio y trampeando.  Cuando vence la birria que les han dado de concesión la familia impugna la Orden Ministerial y obviamente pierde el recurso. Entonces les anuncian el derribo y me llaman en agosto de 2009. Me saco de la manga lo que necesito y lo detengo durante dos años largos, hasta que atacan de nuevo.

El abogado del Estado pide nuevamente autorización judicial de entrada, pero extrañamente no dirige el procedimiento contra Fernando y su mujer, que son quienes viven en la casa, sino contra el concesionario. A pesar de ello en la propia demanda informa de que allí viven unas personas. Esto es más raro que un perro verde,  y desde luego bajo mi punto de vista el error es muuuuy grande, porque el procedimiento se tiene que dirigir contra la persona que vive en la casa, que para eso se trata de la protección constitucional del domicilio. La jueza no reacciona. Sigue el procedimiento contra el concesionario, no contra quien vive dentro. Se autoriza la entrada en el domicilio de Fernando para derribar la casa sin que a Fernando le hayan dicho media palabra. No me digáis que no es sensacional. Hago un recurso de nulidad de actuaciones y la jueza no lo admite a trámite. Estupendo de la muerte, sí.  Esto es desde luego perseverar. El concesionario hace un recurso de apelación y el abogado del Estado empieza a darle la brasa a los funcionarios de costas diciéndoles que como no derriben pueden incurrir en responsabilidad penal, lo que es total, absoluta y asquerosamente incierto. Y por lo que veo el jefe de costas de Castellón lo cree. El Director General de Costas me jura que no va a haber derribo y que esperarán a la resolución de la apelación, pero las palabras aún reverberaban en el aire cuando el jefe de costas manda las máquinas al derribo, y a los policías también.  Mientras están tirando la casa hablo con el Director General y me dice que le jefe de costas le ha pedido la orden de suspensión por escrito. Suerte que tengo copia del correo electrónico en el que el primero da instrucciones al Subdirector General para que detenga el derribo. Pero entre idas y venidas las palas no descansan y la casa está en el suelo.

Yo os juro que no entiendo esto. Que el Director General disponga la suspensión y el jefe de costas no le haga caso es algo nuevo para mí. Lo de la jueza no. Esto es escandaloso pero es la rutina.  Cuando hablé con la prensa estaba caliente. Sabía que iba a expresarme en los términos en los que uno se expresa cuando está caliente, pero yo no trabajo de abogado por el estatus social, ni para comprarme un mercedes, sino para luchar por la justicia. No puedo aguantar la prepotencia ni los abusos, lo siento. Y sobre todo no puedo aguantar la ignorancia concreta y precisa que brilla con luz propia en los jefes de costas cuando tienen la piqueta en las manos. Una vez una jefa de costas de por aquí cerca le dijo a una periodista que si no derribaba podría ir a la cárcel. Es algo parecido a las mentiras bobas que le han metido en la cabeza a un tipo que hasta el día de ayer tenía por prudente y profesional, como es el jefe de costas de Castellón.  Con enorme respeto hacia las personas digo que no pueden ostentar un cargo tan importante, con el que pueden hacer tanto daños a las personas, conservando esa dramática ignorancia en momentos clave.

Puede que ustedes sepan mucho de medio ambiente y que dominen a la perfección el teorema de Bernouilli y todas las demás nociones propias de ingenieros. Pero tienen unas carencias espectaculares en lo tocante a la ley. Si esas carencias se quedaran en lo teórico, no pasaría nada. Pero ustedes, con su ignorancia, fallan en esos momentos críticos en los que llevan la  tragedia a los ciudadanos.  Ustedes no tienen razón. Cuando los tribunales desestiman un recurso, se limitan a desestimar un recurso. Cuando autorizan la entrada en domicilio, se limitan a autorizar la entrada. Las facultades de la Administración para suspender la ejecución permanecen intactas. Lo que sucede es que a ustedes les gusta mucho rehuir su propia responsabilidad pretendiendo que si no derriban pueden incurrir en responsabilidades penales porque así no tienen ni que pensar ni que justificar.

¿Sabéis lo que pienso? Que es la hora de los cobardes. Personas que no saben, asustadas, abrumadas por su propia responsabilidad, superadas por los acontecimientos, mandan a las tropas de élite de la guardia civil para intimidar a los jubilados, pero lo hacen porque no conocen su oficio. No están a la altura de su cargo. No pueden justificar que tienen razón porque no la tienen.  Entonces emplean la fuerza bruta, la de las palas y la de los policías, como único medio para acallar la voz de la razón.  Y luego se van a casa y duermen divinamente.

José Ortega

http://www.costasmaritimas.es

Costas pierde una batalla en los tribunalescontra un restaurante de El Golfo
15 de septiembre de 2011

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado una sentencia contra una resolución de la Dirección General de Costas, que sancionó en 2007 a un restaurante de El Golfo por ocupar suelo público marítimo-terrestre con 12 mesas, 48 sillas, 8 sombrillas y 4 farolas, según la denuncia formulada entonces.

Los dueños del restaurante, Casa Plácido, presentaron un recurso administrativo contra esa sanción, pero éste fue desestimado en 2009, por lo que decidieron acudir a los tribunales.Ahora, el TSJC ha fallado que Costas no debió rechazar ese recurso, y que la denuncia no estaba suficientemente fundamentada.

En su defensa, los dueños del restaurante alegaron que la orden ministerial que aprobó el deslinde de El Golfo en el año 2006 estaba suspendida cuando se tramitó ese expediente sancionador, y que por tanto éste no procedía. Sin embargo, en este punto, el Tribunal sólo le da la razón en parte. Y es que sostiene que la suspensión del deslinde no impide que Costas recupere terrenos que le pertenecen por ley, pero sí que tenga que demostrar su titularidad. Es decir, que al no estar en vigor el deslinde, Costas tenía que haber acreditado que el terreno en cuestión formaba parte del dominio martímo-terreste, por reunir las características señaladas en la Ley de Costas.

«El instructor debió practicar la prueba necesearia para acreditar la demanialidad del terreno litigioso, pues la denuncia resultaba insuficiente. En cambio, ni se pronuncio sobre la prueba propuesta (por la defensa), ni constató ni se pronunció sobre la suspensión del deslinde, ni practicó prueba para completar la denuncia, lo que supone una vulneración de la presunción de inocencia», sostiene la sentencia.

“Es posible vencer a Costas”

“La arrogancia de la Administración y su desprecio por los derechos individuales se ha vuelto contra de la propia Administración”, afirma el abogado de los afectados, José Ortega. Además, recuerda que esta sentencia se sumaa la que fue dictada antes del verano en relación con el derribo de la terraza del restaurante El Bogavante, en la misma localidad. “Con ellas, queda demostrado que es posible vencer a Costas y que por lo tanto, la marea de derribos en las playas de Canarias dista mucho de ser inevitable”.

Ortega, que además de abogado es fundador de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, recuerda que la resolución sancionadora, al igual que la de otros restaurantes de la misma zona, “fue tramitada de forma fulminante nada más aprobarse el deslinde, contra varios restaurantes de la zona, a los que se reprochaba la ocupación de dominio público y la servidumbre de tránsito por las mesas y sillas de las terrazas”.

Sin embargo, Ortega defiende que “estas terrazas con estas mesas y sillas son el alma de los restaurantes de El Golfo, a donde acuden los usuarios de todas partes para cenar a media tarde mientras contemplan la puesta de sol. Sin esas instalaciones, la vida económica de la localidad quedaría reducida a cero”.

PUBLICADO EN LA VOZ DE LANZAROTE:

http://www.lavozdelanzarote.com/article59429.html

 

 

http://www.diariodeavisos.com/2011/09/12/islas/estrasburgo-estudia-el-recurso-contra-los-derribos-en-la-bombilla

tazacorte

Estrasburgo estudia el recurso contra los derribos en La Bombilla

septiembre 12, 2011 | Publicado en: Islas,La Palma,Portada temático
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Imagen de archivo del núcleo costero de La Bombilla, donde Costas prevé derribar 260 casas. / DA

EUGENIA PAIZ | TAZACORTE

Los propietarios de las 260 casas sobre las que pesan el mismo número de órdenes de derribo en la playa de La Bombilla, en Tazacorte, se agarran desde este lunes a la última esperanza para evitar la pérdida de sus hogares: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha admitido el estudio del recurso presentado por el abogado de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas.

El abogado José Ortega argumenta “la injusta y vergonzosa interpretación que hace la Audiencia Nacional de la Ley, reconociendo que el proyecto que Costas prevé hacer en La Bombilla pasa por la ribera del mar, lo que está prohibido taxativamente. Pese a todo, justifica su ejecución en el beneplácito con el que cuenta el proyecto por parte del Ayuntamiento, pese a que ni siquiera lo recoge en su Plan de Ordenación”.

Ortega, como los vecinos, entiende que “esta es una burla al Estado de Derecho y la consagración de la inseguridad jurídica en la que nos podríamos encontrar, dado que la Ley es igual para todos. No se puede ejecutar un paseo marítimo, tal y como quieren hacer, en una zona prohibida para tal fin”.

Los vecinos, muchos de los cuales han acumulado en los nueve años de lucha burocrática un gran conocimiento técnico y jurídico del proceso, aseguran por boca del presidente de la Asociación de Vecinos El Varadero, Efraín Jiménez, que “esta es una esperanza maravillosa a la que nos agarramos porque sabemos que tenemos la razón y porque las cosas no se han hecho correctamente. Lo que dice la Ley, en este caso concreto y para hacer el proyecto del paseo marítimo no les interesa, pero sí la aplican para cambiar el deslinde, como hicieron en su día, y provocar las órdenes de derribo que pesan sobre nuestras casas”.

La anulación días atrás de hasta siete derribos de otras tantas viviendas en el barrio costero de El Remo, en el municipio de Los Llanos de Aridane, es también un “respaldo moral” para las familias de La Bombilla, que desde el año 2003 llevan reclamando ante distintas instancias judiciales el mantenimiento de un espacio que “es propiedad privada. Hemos edificado en suelo que era nuestro y no, como dice la Ley de Costas, forma parte del dominio público”.

Cuando en el año 2000 tuvieron conocimiento de que se estaban abriendo expedientes por parte de la Demarcación Provincial de Costas en otros barrios próximos al mar, “nunca pensamos que podíamos vernos afectados, porque lo primero que pensamos es que los terrenos donde estaban edificadas nuestras casas, algunas de ellas con terreno, eran nuestras y nadie podía quitarnos lo que nos pertenecía”. El paso del tiempo y la llegada de las comunicaciones de advertencia meses más tarde les llevó a emprender una batalla que todavía hoy continúa. “Este proceso nos ha costado mucho dinero, porque tenemos que defendernos para no perder las casas que son la única vivienda de más de 50 familias”.

Trato desigual

Pese a que los tribunales en España no les han dado la razón, confían no sólo en que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo concluya evitando los derribos, sino en que “la Ley de Costas cambie” porque “no trata a todos por igual, y en la que vemos que los tribunales hacen interpretaciones tan absurdas como justificar la construcción de un paseo marítimo en la ribera del mar cuando está prohibido por la misma Ley de Costas, que se nos aplica para derribar nuestras casas”.

El abogado José Ortega reconoce que “ésta es la última opción que tenemos después de que la Audiencia Nacional no admitiera el recurso que interpusimos”. Pese a todo, se muestra optimista porque “ya hemos demostrado que Costas no puede hacer lo que se le antoja”.

 Una tensa espera que ya dura dos años

Los afectados del núcleo de La Bombilla, en la costa del término municipal de Tazacorte, se mantienen en una tensa espera desde que fueron resueltos los expedientes que sancionaban la ubicación de sus casas dentro del dominio público marítimo terrestre y se les informó, vía correo ordinario, de que los derribos se llevarían a cabo. “Llevamos en esta agobiante espera dos años y ni siquiera sabemos cómo es que no se han ejecutado los derribos”, explican algunos de los afectados. La respuesta a esta cuestión sí la tiene su abogado, José Ortega, quien asegura que “los derribos no se han ejecutado, sencillamente, porque no hay dinero en las arcas del Estado para llevarlos a cabo, y porque sería muy impopular derribar todo un barrio y no poder iniciar las obras del paseo marítimo que tienen proyectadas en la ribera del mar y que, como argumentamos en su día y volvemos a hacer ahora frente al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, se salta a la torera la Ley”.