@abogadodelmar

Tú dijiste:
– ¿Cuál es la señal del camino, oh derviche?
– Escucha lo que te digo
y, cuando lo oigas, ¡medita!
Ésta es para ti la señal:
la de que, aunque avances,
verás aumentar tu sufrimiento.

FARIDUDDIN ATTAR

Para que triunfe el mal es suficiente el silencio de los buenos

EDMOND BURKE

¿Cuántas veces me acusó la Alcaldesa en un salón de plenos a rebosar de vecinos humillados y con la dignidad pisoteada de ser un mentiroso por decir las verdades que le molestan? ¿Cuántas veces rindió homenaje a la libertad constitucional de expresión repitiendo «no le permito a usted que diga…». Dicen los vecinos que cuando me vio entrar le cambió la cara y comenzó a titubear en su parlamento, hasta entonces fluido. Yo no lo sé, pero para compensar, lo que sí sé es que pronto tendrá que decir adiós al cargo y dejará de hacer daño a los inocentes

 

 

tormenta

@abogadodelmar

 

Tú dijiste:
– ¿Cuál es la señal del camino, oh derviche?
– Escucha lo que te digo
y, cuando lo oigas, ¡medita!
Ésta es para ti la señal:
la de que, aunque avances,
verás aumentar tu sufrimiento.

FARIDUDDIN ATTAR

Para que triunfe el mal es suficiente el silencio de los buenos

EDMOND BURKE

 

tormenta

@abogadodel mar

 

Tú dijiste:
– ¿Cuál es la señal del camino, oh derviche? – Escucha lo que te digo
y, cuando lo oigas, ¡medita!
Ésta es para ti la señal:
la de que, aunque avances,
verás aumentar tu sufrimiento.

FARIDUDDIN ATTAR

AL AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA

JOSE ORTEGA OTEGA, abogado en ejercicio, con despacho en El Puig (46540 Valencia), plaza Mariano Benlliure 21, pr<mero, en nombre y representación de l asociación de vecinos de Bajo la Cuesta – Risco las Tablas, como y consta, comparezco y DIGO:

Que, habiendo recibido notificación del Decreto 1828/2016, dentro del plazo hábil formulo el presente

RECURSO DE REPOSICIÓN

El Decreto adolece de los siguientes defectos susceptibles de causar nulidad del articulo 63 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

Constituye en síntesis la aceptación, sometida a ciertas condiciones, de proyecto de ejecución de obras en el acantilado presentado por UNELCO. El otorgamiento de plazo para las obras contiene defectos invalidares al aludir el mismo tanto al inicio de las obras como a su conclusión, lo que nos deja y deja a la empresa con la duda de si en el plazo de tres meses que se otorga las obras deben iniciarse o bien concluirse. Esto transforma la cláusula en inútil e impide al acto cumplir sus efectos (articulo 63.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El proyecto incluye la turbia, preocupante, siniestra, torva, amenazante e inaceptable determinación de que el mismo

“no incluye el aseguramiento estructural de las cuevas existentes, por lo que ni UNELCO ni el equipo redactor del presente proyecto se responsabilizan del posible hundimiento del terreno que pudiera sobrevenir como consecuencia de dichas cuevas excavadas en el terreno”.

Si los responsables del proyecto estaban con esto tratando de hacer un chiste, advierto que no tiene gracia, pero si están hablando en serio, la advertencia es igualmente seria, y se explica en seguida y en un doble nivel.

En el primer nivel, la observación es que resulta muy contradictorio que las obras se acometan para garantizar la seguridad de los vecinos y las viviendas pueden tener como consecuencia que éstas últimas resulten destruidas y por tanto los vecinos expulsados.

En el segundo nivel, resulta inevitable remitirnos al prolijo y problemático contexto de las actuaciones, en las que han formulado repetidas denuncias penales contra la Alcaldesa y los responsables de Costas a consecuencia de una posible conspiración para echar a los vecinos y destruir sus viviendas a fin de despejar el terreno para la construcción de una urbanización con puerto deportivo. En este contexto, en el que los poderes públicos pudieran presuntamente haberse aliado con los económicos para la obtención de fines perfectamente ilegítimos, no proporciona precisamente tranquilidad que una empresa ultracapitalista para la cual las personas y los pedruscos son la misma cosa y valen lo mismo, se descuelgue con la contradictoria ocurrencia de que los trabajos dirigidos a proteger las viviendas pueden tener como consecuencia su destrucción, lo que tendría como milagroso efecto que las aspiraciones de Costas (destrucción de las viviendas) y del Ayuntamiento (expulsión de los vecinos) se cumplirían de una sola vez, en forma fulminante y sin papeleo.

Esto desprende un fuerte aroma a sabotaje pensado y programado, puesto que tal parece que la mejor manera de someter definitivamente a los vecinos se haya buscado en un ámbito no legal, donde éstos tienen los pies fuertemente asentados sobre el terreno, sino material, y tal parece que las fuerzas del mal presuntamente encarnadas por la alianza de la Alcaldesa y los poderes económicos habría podido encontrar aquí, supuestamente, una especie de solución final semejante a la ideada por Hitler con los judíos: Todos los recursos, todas las alegaciones y todos los escritos de defensa de los vecinos se volverían inútiles en caso de que se cumpliera la previsión del proyecto aprobado por la Alcaldesa, y las cuevas resultasen destruidas como consecuencia de los trabajos. Esto constituiría una vía de hecho no sólo monstruosa sino delictiva. Y la cuestión es que este Letrado puede vigilar que las decisiones municipales se ajustan a derecho, pero no puede, en cambio, calarse un casco y practicar rápel en la pared para prevenir un posible sabotaje intencionado de los obreros tendente a hundir las cuevas.

Esta posibilidad se hace aún más clara si tenemos en cuenta que los trabajos, en principio, no deberían incluir acciones causantes de trepidación o vibraciones. Tal parece que las inquietantes advertencias a las que me refiero se hayan hecho de propósito para causar la destrucción de las viviendas cueva sin tener que responder por ello.

Es evidente que el presente recurso de reposición necesita del recibimiento a prueba, lo que es perfectamente admisible en segunda instancia administrativa. La prueba debe estar orientada al examen pericial del proyecto a fin de acreditar si el mismo incluye realmente trabajos susceptibles de causar el hundimiento de los terrenos y la destrucción de las viviendas.

Por lo demás, los autores del proyecto acreditan vivir en un mundo sideral más que real al incorporar su declaración unilateral de exención de responsabilidad ante daños tan graves como los que se anuncian. Esto es algo que ni está ni puede estar al alcance de UNELCO, salvo que quede derogado l articulo 1902 del código civil.

No obstante, considero que si se diera el siniestro, seria el Ayuntamiento el que tendría que responder ante los vecinos de una indemnización muy cuantiosa en concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración, siendo la única forma de escapar a la misma que con la resolución del presente recurso se declare la nulidad de la parte del Decreto en la que se informa favorablemente la exención unilateral de responsabilidad.

Es precisa una reflexión adicional. Incluso cuando el presente escrito es un recurso de reposición, considero erróneo el pie de recursos que incluye el Decreto. Ello se debe a que el Decreto en cuestión es un mero acto de ejecución de otro anterior mediante el cual el Ayuntamiento acordó requerir a UNELCO para la reparación del acantilado. Por tanto, nos encontramos ante un acto de trámite y no ante un auténtico acto administrativo susceptible de recurso. Este tipo de errores de concepto y esta pésima técnica jurídica son ya una constante en todos los escritos emanados del Ayuntamiento, on excepción de los que provienen su Secretario. El único beneficiario de esta nueva y reiterada metedura de pata es UNELCO, que con esto podrá formular nuevo recurso judicial y dilatar indefinidamente la resolución del problema de los vecinos.

En su virtud,

SOLICITO: Se declare la nulidad parcial del acto combatido sólo en aquella parte del mismo en la que se otorga a UNELCO un plazo para la conclusión o bien para el inicio de la obra y en cuanto a la parte en que se informa favorablemente la declaración unilateral de exención de responsabilidad por hundimiento del terreno y destrucción de las cuevas. En el nuevo acto que se dicte deberá aclararse si el plazo se otorga para el inicio o para la conclusión de los trabajos y contener un rechazo expreso a la declaraciónn de exención de responsabilidad.

OTROSI DIGO: Que intereso el recibimiento a prueba y la práctica de las siguientes diligencias:

PERICIAL: Para que, previa consulta del proyecto de obras por perito ingeniero que se designará, informe el mismo sobre si los trabajos a realizar son susceptibles de causar hundimiento de los terrenos y destrucción de las cuevas.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Que remito copia del presente recurso, junto al acto combatido, al juzgado de instrucción de Güimar par a su unión a las diligencias previas que allí se tramitan por varias denuncias contra la Alcaldesa, sin perjuicio de que en caso de desestimarse este recurso en cuanto a la nulidad de la exención de responsabilidad por hundimiento del terreno, se formule nueva denuncia contra la misma.

El Puig para Candelaria, 23 de mayo de 2016

@abogadodelmar

El Defensor del Pueblo desmonta los patéticos pseudoargumentos de la Jefa de Costas de Tenerife, un personaje que creo que está destinado a no ganar nunca el primer premio en un torneo de moralidad.

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José Ortega

http://www.costasmaritimsas.es

http://www.elcomercio.es/v/20120527/villaviciosa/anulacion-deslinde-beneficiara-toda-20120527.html

DIARIO EL COMERCIO

Villaviciosa

«La anulación del deslinde de la ría beneficiará a toda España»
El abogado José Ortega se felicita por el fallo y confía en que la reforma de la Ley de Costas llegue antes de que se apruebe un nuevo límite en la ría de Villaviciosa
27.05.12 – 03:39 –

LYDIA IS | VILLAVICIOSA.

«La sentencia de la Audiencia Nacional que anula el deslinde de la ría de Villaviciosa abre una pequeña vía a todos los afectados españoles por la Ley de Costas». Así lo asegura José Ortega, uno de los fundadores de la Plataforma Nacional de Afectados y el abogado que defendió ante los tribunales la demanda que han ganado dos propietarios maliayos. «Han sido muy afortunados porque es muy difícil, que la Audiencia dé la razón a los vecinos; hay que valorar el criterio del magistrado, esta sentencia tiene una importancia muy grande», añade.

No en vano, se ha conseguido que el deslinde de la ría de Villaviciosa, aprobado en 2010, quede anulado por un defecto de forma. En concreto, porque el expediente ya había caducado, algo que convierte el caso maliayo en pionero. Nunca hasta ahora se había anulado un acuerdo de ampliación del plazo de tramitación. Según explicó Ortega, «la Administración está acostumbrada a tramitar en plazos de doce o quince años, cuando la ley establece que son veinticuatro meses, y hasta ahora la Dirección General de Costas llevaba a cabo una práctica ‘corrupta’ en la que se ‘olvidaban’ de aportar los acuses de recibo de las notificaciones para lograr ampliar los plazos y que los tribunales lo permitieran pese a no cumplir ningún requisito».

El letrado se muestra muy crítico con la anterior directora general de Sostenibilidad de la Costa, Alicia Paz, y aseguró que «solía concederse a sí misma la ampliación del procedimiento, cuando lo establecido es que debe autorizarlo su superior». Sin embargo, Ortega alaba la predisposición a atender al colectivo del actual responsable del área, Pablo Saavedra Inaraja, con quien mantuvo una reunión hace dos semanas. «Hay sintonía para moderar la definición de zona marítimo-terrestre e incluir específicamente a los porreos en la ley para que queden liberados de los deslindes», apunta. El ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, prometió hace unos meses reformar la Ley de Costas y Ortega cree, que aunque la sentencia de la Audiencia Nacional devuelve el procedimiento al punto inicial, «lo más probable es que la nueva ley entre en vigor antes de que la Administración central pueda aprobar un deslinde nuevo». De esta forma, el beneficio para Villaviciosa sería definitivo. Y a eso se agarran los afectados, que consideran que la Administración no puede quitarles sus propiedades, repartidas en 3.408 metros en la margen derecha de la ría.

19 particulares afectados

El deslinde afecta a 19 particulares, entre los que se encuentra la Sociedad Valle Ballina y Fernández, propietaria de El Gaitero. A pesar de que en su caso cuenta con un informe favorable de los técnicos del ministerio para el recurso administrativo, la Audiencia Nacional aún no se ha pronunciado en su demanda. «La sentencia tiene un valor de precedente muy importante, pero no sólo para Villaviciosa, si no para toda España, que va a verse beneficiada», reitera Ortega. El abogado lleva varios años discutiendo en los tribunales la forma en la que se ampliaban los plazos sin observar los requisitos legales.

Cuestiones muy tontas de la servidumbre de protección

Lo que saben los ciudadanos de la servidumbre de protección es que es una franja de terreno en la que no se puede construir nada nuevo ni ampliar lo construido. Cada uno de los conflictos originados en torno a ella tiene que ver con el derecho a construir y sobre todo con el derecho a reformar, que padece una frontera borrosa entre lo que se puede y lo que no se puede hacer.
Lo que creo que muchos ignoran es que en la servidumbre de protección el uso residencial está prohibido. Sí, prohibido. Significa que no puede haber nadie viviendo en ese espacio. Podrá haber talleres de reparación de automóviles, expendedurías de carne de caballo o farmacias, pero no viviendas.
¿Cómo es, entonces, que todo el mundo continua viviendo en sus casas a pesar de que se encuentren en esa franja de protección? Merced a los derechos transitorios recogidos en la ley de costas. De la misma forma que se toleran los edificios construidos legalmente antes de su entrada en vigor, también se toleran los usos residenciales cuando eran anteriores.
En cierta ocasión me tocó defender a un colectivo de casi mil familias enfurecidas porque una obra pública en Bellreguard había dejado las torres de primera linea dentro de la servidumbre de protección. En aquellas fechas se había prendido fuego en Madrid al edificio Windsor y en las asambleas se consideraba con horror la posibilidad de que alguna de las torres sufriera un siniestro similar y hubiera de ser demolida, en cuyo caso, con arreglo a las disposiciones transitorias de la ley de costas, ya no podría ser objeto de reconstrucción. Pero eso no era exactamente así. De forma sorprendente, la ley sí que admite la reconstrucción de esos edificios, pero no la continuación de su primitivo uso residencial, puesto que la demolición habría roto el vinculo con una situación anterior a la ley de costas y por tanto con el derecho transitorio. En tal caso, entraría a aplicarse con toda su gloria y todo su esplendor la prohibición de uso residencial. La ley, entonces, no rechazaría que los edificios se destinaran a oficinas, por ejemplo, pero definitivamente dentro de ellos no se podría pernoctar, hacer la cena o ver la tele (por supuesto nada de sexo).
Reconozco que en España sabemos hacer muchas cosas además de servir calamares a la romana, pero esas otras cosas ocupan un espacio modesto en el PIB si lo comparamos con el turismo, cuyos componentes fundamentales son efectivamente dichos calamares a la romana, el sol y las tumbonas. Por cierto que el turismo es la única actividad económica que no debe temer a la deslocalizacion. Había una fabrica de Nokia en el Reino Unido. Daba trabajo a muchas familias y todo iba bien hasta que un día decidieron cerrarla y salir pitando para Rumania porque allí era más barato producir. Los rumanos se pusieron tan frenéticos de alegría que incluso pusieron una vía férrea especial para la nueva fábrica. El otro día escuché en la BBC que Nokia había decidido cerrar la planta y trasladarse a donde podéis imaginar, es decir, a ese país tan comunista como capitalista llamado China, y habían dejado a los rumanos pasando la mano por la pared.
Esto es algo que no puede suceder con el sol ni con la playa, lo que confirma la necesidad de que nuestra patria afiance un negocio turístico que siempre se a a quedar aquí. Resulta evidente que en el presente contexto de recesión económica esa necesidad se centuplica e imagino que ésta es una buena causa de que el Ministro Cañete haya decidido flexibilizar la ley de costas para permitir más negocio en las playas.
Pues bien, atendamos ahora, queridos amigos, al dibujo teórico del litoral que quiere la ley de costas: Dentro del dominio público los usos residenciales están prohibidos, pero también lo están en una franja de cien metros situada a continuación. Digo cien metros, y digo bien porque la servidumbre de protección de veinte metros es excepcional y también obedece a derechos transitorios que aquí seria algo latoso explicar.
El dominio público carece de anchura fija, pero puede extenderse profundamente al interior. En La playa de El Saler, por ejemplo, puede alcanzar unos doscientos metros de anchura, y he visto una línea en Lanzarote bastante más al interior. Sumemos a ello los cien metros de la servidumbre de protección y tendremos una imagen de lo que los padres de la ley de costas querían para nuestro litoral: Que no hubiera alma humana que pudiera vivir en una media de doscientos metros de la orilla. A margen de la bondad medioambiental de ese esquema, la pregunta es si eso es algo que tenga sentido en un país que vive o pretende vivir del turismo.
Ved nuestras costas. Vedlas saturadas de construcciones hasta el borde del mar. Ved cómo la densidad de población en primera línea supera a la de cualquier otro segmento del territorio ¿no percibís un nuevo y adorable ejemplo del foso entre la España oficial y la España real? ¿Quién diría que esas aglomeraciones urbanas y humanas se dan en un país que tiene prohibido todo uso residencial en los primeros doscientos metros de costa como media?
Puedo contaros algunas situaciones aún más singulares. Si tenéis una vivienda en servidumbre de protección ni se os ocurra acometer una obra concienzuda de reforzamiento de pilares, porque en el marco de la borrosa frontera a la que me he referido antes, os dirán que la obra está prohibida y os ordenaran (aunque esto sea arquitectónicamente imposible) volver a dejar los pilares en su primitivo estado de deterioro. El motivo es claro: el propósito de la ley es que estos edificios se vayan cayendo poco a poco hasta que en un momento idealizado del futuro toda la anchura fe la servidumbre de protección se transforme en un prado, un arenal o un pedregal que se asemeje lo más posible a su estado en lo tiempos de Adán y Eva.
Pero entretanto los que están delante, es decir, los que han conseguido la concesión de la disposición transitoria primera, apartado primero, habiendo consolidado su derecho a permanecer no ya en la servidumbre de protección sino en el dominio público, podrán desde luego reforzar pilares, reconstruir sus muros perimetrales y todo lo que sea preciso para ejercer su derecho a permanecer viviendo en aquel edificio durante los próximos sesenta años.
¿Percibís la absurda contradicción? Los edificios situados en el dominio público, en un suelo que con razón o sin ella pertenece a todos, podrán ser reformados, reforzados, adecentados y reconstruidos, mientras que los situados sobre propiedad privada aunque sujetos a la servidumbre de protección deberán experimentar una decadencia forzada hasta que sus habitantes se vean obligados a escapar de allí por miedo a que el techo se les venga encima y hasta que acto seguido sobrevenga la total y definitiva ruina. Así nos encontraremos con un paisaje surrealista en el que el proteccionismo del Estado habrá dado lugar a una florida y pujante primera línea de viviendas sobre la arena a cuya espalda, en una extensión de cien metros, se extenderá un baldío pelado y solitario.
No sé si esto es lo que había en la cabeza de los señores y las señoras que inventaron la ley de costas, pero no cabe duda de que es la consecuencia de sus pensamientos.
Por eso he pedido al Director General de Costas que al redactar la reforma tenga en cuenta esta situación, se pregunte si un país que vive del turismo en la playa puede mantener la prohibición de uso residencial de la franja costera, y que actúe en consecuencia.

José Ortega
Abogado joseortega@costasmaritimas.es

Confieso que ya no esperaba esa llamada, pero se produjo. Finalmente el Director General de Costas responde a nuestra solicitud de audiencia para cambiar impresiones sobre la reforma de la ley de costas. Aún así soy escéptico porque estoy acostumbrado a los pases de pecho de las autoridades que reciben por escenografía, te torean con paciencia y se olvidan de ti tan pronto sales de su despacho. Me he acostumbrado a esa situaciones pero vuelvo a meterme con José Pedro, el Presidente de la Plataforma, en el recinto sagrado a ver qué pasa.
Y lo que pasa es que me encuentro con un joven Director General, flanqueado por dos asesoras, que nos tratan con el respeto y nos escuchan con la atención que creo que merecemos. No veo aquí traza de fingimiento y compruebo con sorpresa que esta vez la cosa va en serio.
Después de hacer una breve y creo que innecesaria introducción sobre quienes somos y qué hemos conseguido, Pablo Saavedra me dice que estamos aquí para hablar de la reforma y José Pedro y yo podemos ver en sus manos y en las de sus asesoras las copias de nuestro proyecto de ley, bastante subrayado y por lo tanto estudiado. Saavedra propone que vayamos estudiando y comentando articulo por articulo y eso es lo que hacemos, con más o menos el resultado que a continuación expongo.
Modificación de la definición de zona marítimo terrestre para recuperar la que fue buena durante ciento ocho años, referida a temporales ordinarios. No hace falta que os cuente los argumentos, ya los he expuesto cien veces y los tenéis en los vídeos explicativos de nuestra propuesta (rueda de prensa de 20/05/2009 en Madrid y I Jornada de estudio de la ley de costas, Valencia abril de 2012). Hay acuerdo.
Modificación de la definición de playa para volver a la de 1969, que coincide con el concepto natural de playa. Esto implica que la duna deje de ser dominio público. Proponemos como ayuda que la duna continúe manteniendo una fórmula de especial protección que evite la construcción sobre ella y que por lo tanto se garantice el transporte eólico, pero sin ser demanial. Proponemos también, como fórmula de compromiso, la introducción en la ley de la limitación recogida en el reglamento de costas de que las dunas fijas que no tengan incidencia en la defensa de la playa y todo eso no tengan carácter demanial. Esto es necesario como mínimo, puesto que los tribunales no hacen menor caso del reglamento y dicen que, con arreglo a la ley, todas las dunas son dominio público. Hay acuerdo en el problema aunque se hace preciso buscar la redacción adecuada para darle solución.
Definición de la naturaleza, finalidad y límites del expediente de recuperación posesoria. Exponemos que este expediente sumario tiene por finalidad impedir las apropiaciones indebidas del dominio público, pero no es la herramienta debída para resolver situaciones complejas heredadas del pasado. Añadimos que es costumbre de los jefes de costas coaccionar a los vecinos diciéndoles que si no se defienden les perdonaran los gastos del derribo pero como se busquen un abogado y empiecen a escribir, tendrán que pagar esos gastos. Ponemos el ejemplo concreto de Crisol Santana Padrón, que nos había pedido ayuda para impedir el derribo de la vivienda tradicional de su padre y otros vecinos en el Barranco de la Ballena (Gran Canaria), pero tuvo que prescindir de esa ayuda porque los viejitos afectados habían sucumbido a las coacciones de costas. Recordamos además algunas otras cuestiones claves y sorprendentemente abusivas de este tipo de expedientes, que están causando mucho dolor en toda la costa pero especialmente en Canarias, además de exponer los ejemplos concretos de Florentina Mora en Soller (ved el video con mi intervención en el Parlamento Europeo en 2010) y la playa de Villarube (leed el post titulado El infierno de Vilarrube), donde el jefe de costas D. Rafael Eimil se presentó de madrugada e hizo salir de sus casas a los vecinos para derribar sus casas con carácter inmediato y sin autorización judicial. Proponemos que se aclare que para resolver situaciones complejas heredadas de momentos anteriores a la ley de costas deberá tramitarse un expediente por el procedimiento ordinario y con todas las garantías, del cual salga la decisión sobre si el destino del edificio debe ser el derribo o la concesión de la DT primera. Hay acuerdo.
En cuanto a la conveniencia de modificar el articulo 12 de la ley para que con cada expediente de deslinde se tramite una pieza separada de indemnizaciones, donde quede prefigurado a quien corresponde la concesión de la DT Primera a fin de que no se produzca nunca más la situación de limbo jurídico que todos conocéis, D. Pablo Saavedra me pide que ni lo comentemos porque el acuerdo es total.
En cuanto a la necesidad de que no puedan tramitarse expedientes de deslinde en zonas de costa regresiva debido a causas artificiales hasta que se hayan hecho obras para reponer la costa a su antiguo estado (situación de Moncofar, Almenara, Nules, Burriana, Belreguard, El Saler, El Brosquil, Guardamar, Vélez Málaga, Rota y otros muchos espacios de costa), el Director General entiende el concepto aunque considera que las medidas a adoptar son más técnicas que legislativas.
Hablamos a continuación de un tema un poco tonto y que pasa desapercibido, como es el hecho de que en la servidumbre de protección el uso residencia está prolhibido. Esto ni siquiera estaba en el texto de nuestra reforma porque había pasado desapercibido incluso para mi. Hablaré extensamente de esta cuestión en otra entrada de blog, pero desde luego entienden el problema y se toman nota. Esta nueva determinación la voy a incorporar a la segunda versión del proyecto de reforma porque me parece totalmente necesaría.
En cuanto al importante tema de las compensaciones por la pérdida de la propiedad, en nuestra propuesta habíamos escrito que deberían hacerse en dinero, aunque nos vemos forzados a reconocer que ni había tal masa de dinero cuando se aprobó la ley ni mucho menos la hay ahora. Por eso proponemos como fórmula alternativa la de alargar el plazo de las concesiones y garantizar su transmisibilidad. Recordamos que cuando el gobierno socialista ya intentó hacer transmisibles las concesiones con la ley de navegación marítima, los ingenieros de costas se enfurecieron ya que esto daba lugar a que estas concesiones tuvieran un precio de mercado y por lo tanto no pudieran rescatarse por calderilla, que es lo que tanto les gustaba hacer. Cuanto más prolongada en el tiempo sea una concesión, mayor será su valor de mercado y esto debería ser una fuerte barricada contra esos rescates que transforman la concesión en una trampa, como recordé en el Parlamento Europeo en 2010. Nos dicen que la transmisibilidad de las concesiones es algo que no admite discusión y lo otro lo entienden a la perfección. Hay acuerdo, aunque se deben estudiar la fórmula y la redacción adecuadas.
También cambiamos algunas impresiones sobre 2018 como límite de las concesiones anteriores a la ley de costas para usos incompatibles, lo que bajo mi punto de vista es un fraude.
Y ahora la cuestión importante: es muy difícil que los cambios en las definiciones del dominio público natural tengan efecto retroactivo, por lo que todo esto puede tornarse realmente inútil. Digamos que el Estado no ve claro deshacer lo que ha estado haciendo durante veinticuatro años con mucho esfuerzo y muchísimo dinero. Y como sólo queda un cuatro por ciento del territorio sin deslindar, vamos apañados. Incluso ese cuatro por ciento quedará cerrado antes de que se apruebe la reforma. En la provincia de Alicante, con mucho la que lleva más retraso, echan humo y están tramitando a toda velocidad.
El problema es de cuidado y no tiene fácil solución. Por un lado el gobierno reconoce que las definiciones de dominio público deben ser más modestas y menos expansivas, pero por otro estos cambios podrían no tener ni un poco de utilidad práctica, que es lo que nos interesa.
Pensaba en esto cuando salimos de la casa y mientras compartía con José Pedro un filete medio crudo enmarcado en un menú del dia de nueve euros, encontré una solución que creo que podrá satisfacer a todos. Por la tarde se la hice saber al Director General e imagino que la estudiará. La incorporaré a la segunda versión del proyecto de reforma y confío en que será la fórmula para que los afectados se quiten de encima el problema y el Gobierno no se vea en apuros. Perdonad que de momento guarde el enigma.
Cuando estuvimos en junio halando con el anterior Director General de Costas, la reunión duró más de tres horas y fue una autentica sesión de trabajo. Estábamos allí el Presidente de la Plataforma y yo para los primeros trabajos de comisión mixta, a fin de estudiar uno por uno los casos de la Plataforma y buscar una solución individualizada y dentro de la ley. Al término de la reunión el Director General nos agradeció la forma tan elaborada en la que le habíamos propuesto esas soluciones, cosa que le ayudará mucho. Comentó que todas las otras visitas que había tenido se habían limitado a sentarse, exponerle el problema y preguntarle cómo pensaba resolverlo.
Ayer pasó algo parecido. El Director General señaló que lo que tenia de nosotros no era una propuesta aislada o puntual, sino un proyecto de ley articulado y bien estructurado. Son estas cosas las que fabrican día a día el respeto hacia la Plataforma. Nuestra reputación tiene unas bases sólidas en el trabajo riguroso, no en proclamas o eslóganes. Es el mismo camino que iniciamos en enero de 2008, cuando en vez de salir a la calle a chillar o en vez de alquilar una página del diario El Pais, como pedían algunos, redactamos un informe serio, riguroso y contrastado sobre abusos, que como sabéis presentamos en el Parlamento Europeo el 1 de febrero de 2008. Es el mismo camino que seguimos en enero de 2009, cuando elaboramos la propuesta de enmienda a la ley de navegación marítima para impedir los derribos en Canarias, Galicia y el resto de la costa. Es el mismo camino que seguimos cuando, a vista de la petición de reforma hecha por el Parlamento Europeo, en lugar de alzar la voz exigiendo de forma inconcreta cambios en la ley, nos pusimos a escribir y redactamos el texto articulado que se estudió ayer. Es esa trayectoria lo que impulsó al Partido Popular a solicitar la ayuda de la Plataforma para redactar la reforma de la DT Segunda de la ley de costas que quedó aprobada en febrero de 2011 en el Senado. Debemos continuar trabajando de esa forma. Esto no es una cuestión de ideología: No hace falta ser del PP. No es una cuestión de amiguísmo: No nos han recibido por la intercesión de ningún intermediario. No es una cuestión de privilegios: Lo que estamos pidiendo es justo. Es una cuestión de fiabilidad, y en la Plataforma hemos conseguido fabricar esa fiabilidad sobre la base del trabajo, la honestidad y el rigor.
Antes de salir preguntamos al Director General si podíamos difundir la entrevista y su contenido y nos dijo que sí, siempre que no se generasen expectativas sobre posibles contenidos de la reforma. Por eso he escrito este post, que es fiel resumen de lo que sucedió ayer, de la misma forma que había escrito algún otro como el titulado Así fue lo de Martín Fragueiro.
Debo decir que siento mucho respeto hacia las personas que nos recibieron y escucharon, hacia su profesionalidad y su buen criterio. En estos meses los periodistas me han cosido a preguntas y siempre me he mostrado suspicaz hacia el contenido de la reforma que preparaba el Gobierno. Mi opinión ha cambiado después de ayer. Desde luego que puede volver a cambiar, pero en este momento estoy en condiciones de decir que las cosas pueden mejorar de forma efectiva y que la conducta inhumana que durante años hemos estado sufriendo tiene los días contados.

José Ortega
joseortega@costasmaritimas.es

NOTICIAS DE GUIPUZCOA
josé ortega abogado de la asociación española de afectados por la ley de costas
«Están creando mecanismos coactivos para lograr la sumisión del ciudadano con el Estado»

Ortega es el abogado que más demandas ha ganado al Estado en materia de Ley de Costas. Gracias a su labor, hoy se mantienen en pie varios pueblos enteros de Canarias que el Estado quería derribar. A pesar de sus éxitos, denuncia la precaria situación judicial que padecen los afectados

iraitz astarloa- Lunes, 30 de Abril de 2012 – Actualizado a las 05:28h

Donostia. Consciente de que el Estado gana el 99,9% de los litigios en materia de costas, Ortega continúa luchando contra la injusta situación que padecen 400.000 familias de todo el Estado. Su estrategia: que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos admita los casos de estos millares de afectados, ya que «no se puede esperar nada» de los tribunales estatales.

¿En qué situación se encuentran ahora mismo los afectados?

Parece que puede haber una cierta moderación en la aplicación de la Ley de Costas, lo que no significa que se hayan paralizado los derribos. Se puede decir que se ha levantado el pie un poco del acelerador, pero sigue habiendo mucha gente que está en el corredor de la muerte.

¿Puede atribuirse este cambio de actitud al cambio de Gobierno?

Yo no lo achacaría directamente a eso porque el cambio de gobierno todavía tiene que notarse, se tienen que hacer con los cargos, con la situación… Además, en el último año de Gobierno socialista ya hubo un giro de 180º en la aplicación de la ley.

El pasado 9 de abril el ministro de Medio Ambiente informó de que la nueva ley de costas llegará antes del verano.

Eso es absolutamente imposible. Ahora mismo no hay un texto escrito conocido así, que a lo sumo se mandará al Parlamento un proyecto de ley. Ahora con la mayoría absoluta todo es más fácil y puede que el proceso sea más rápido, pero creo que dos años sería un plazo muy realista para que llegue la ley.

¿De qué manera va a afectar la nueva ley a las familias sometidas a la Ley de Costas?

Pienso que la nueva ley no va a cambiar nada ni va a hacer absolutamente nada por ellos. El Gobierno le va a dar una capita de barniz al tema, pero no creo que cambie absolutamente nada.

Así que el cambio no invita a ser optimistas.

El ministro dijo que va a facilitar la desafección -dejar de considerar de dominio público una zona así considerada- de las zonas degradadas, lo que puede provocar arbitrariedades. Entiendo que las zonas degradadas son aquellas que más urbanizadas están, es decir, barrios o grandes urbanizaciones que afectan a miles de familias. Las cuatro o cinco familias que viven en su casita, aislados, no viven en zonas degradadas porque están menos construidas, por lo que se va a producir un trato más favorable por el mero hecho de pertenecer a un grupo grande.

¿Tienen alguna posibilidad los afectados de ganar la batalla judicial al Estado?

Lo que se está produciendo en la Audiencia Nacional es un espectáculo. Te dicen a todo que no. Yo soy el abogado que más veces le ha ganado a Costas, quien más deslindes he conseguido anular y, con todo, el Estado está ganando el 99,9% de los litigios.

¿Qué ocurre con los Tribunales de primera instancia?

Primero, que te dicen a todo que no y luego, respecto a la calidad de la sentencia, dan la vuelta a tus argumentos, los despiezan, los descomponen, los separan de su contexto de una forma irritante en favor del Estado.

¿Cabe recurrir ante el Tribunal Supremo?

Desde hace tres años, en el Tribunal Supremo han decidido no admitir absolutamente nada a trámite por motivos estrictamente formales. Hemos llegado a una situación en la que no se están admitiendo recursos por escribir una coma en lugar de un punto. Estamos en un proceso en el que la administración de justicia se está disipando por los aires.

¿Qué ocurre con el Tribunal Constitucional?

Nos encontramos con que si ya era poca la subjetividad con la que aceptan las sentencias, desde 2007 se ha introducido un nuevo requisito, que desde mi punto de vista es una vergüenza enorme, para admitir los recursos a trámite. Entienden que para admitirla a trámite tiene que tener relevancia constitucional, es decir, te están diciendo que te pueden estar violentando uno o más derechos fundamentales de la persona y, a pesar de todo, no te lo admiten si no tiene especial relevancia en la interpretación de la Constitución.

¿Se enfrentan los afectados a alguna traba más?

Con la reforma de las leyes procesales se introdujo en concepto de la condena en costas, es decir, que si tú pierdes el procedimiento, donde antes no existía consecuencia económica alguna, ahora te condenan a pagar los honorarios del abogado del Estado. Esto en una situación en la que tienes un 1% o 2% de probabilidad de ganar el litigio se traduce en que están creando legislativamente mecanismos coactivos para lograr la sumisión del ciudadano contra el Estado, y esto es muy serio.

¿En que situación nos quedamos los ciudadanos?

No se puede esperar nada de los jueces en este país. El Estado se está convirtiendo en una especie de vaca sagrada y lo que están haciendo los tribunales es que no haya capacidad de reacción por parte de los ciudadanos contra el Estado. Se está produciendo una sumisión-resignación entre los ciudadanos y esto es absolutamente grave porque está haciendo peligrar la calidad de la democracia.

¿Esta situación va a prolongarse mucho en el tiempo?

Tengo la sensación de que en un plazo de 10-15 años esta situación tan extraña y tan injusta de los tribunales en España se va a tener que normalizar a consecuencia de la cascada de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

¿Es esta la última instancia que les queda a los afectados?

La gente cree que es otra instancia más, pero no. Es un convenio por los derechos fundamentales de la persona, por lo que yo lo que hago es, desde el minuto cero, vincular el litigio con el convenio europeo de derechos humanos porque, como en la vía judicial española no cabe esperar nada, la única opción es que este tribunal admita el caso.

Publicado en
http://www.noticiasdegipuzkoa.com/2012/04/30/sociedad/euskadi/estan-creando-mecanismos-coactivos-para-lograr-la-sumision-del-ciudadano-con-el-estado

Los afectados por la Ley de Costas critican que el Estado mantenga 14 inmuebles de El Golfo en un limbo

El portavoz de la Plataforma de afectados por la Ley de Costas y abogado de varios vecinos de El Golfo (Yaiza), José Ortega, asegura que el Gobierno central mantiene a las 14 viviendas y restaurantes que se encuentran dentro del dominio público marítimo terrestre en un “limbo jurídico” ya que no dicta el derribo ni legaliza la situación mediante una concesión administrativa.
Saúl García (ACN)
[Lunes, 23 de abril de 2012] [13.35]

Recientemente, el Tribunal Supremo rechazó el recurso del Ayuntamiento de Yaiza, defendido por Felipe Fernández Camero, y validó el deslinde marítimo terrestre aprobado por el Gobierno en 2006. Con esta sentencia, se hace en la práctica casi imposible, según Ortega, que los recursos que quedan por resolverse tengan un signo diferente.

Según el deslinde, 14 inmuebles queda dentro del dominio público marítimo terrestre (todos los que están entre la carretera y la costa) por lo que la propiedad pasa a ser del Estado pero puede otorgar una concesión, que se solicitó en enero de 2007 y que aún no se ha resuelto. El resto de edificaciones afectadas, dentro dela zona de servidumbre marítimo terrestre, “no se van a tirar de ningún modo”, según Ortega.

Este abogado señal que a esos 14 inmuebles, en situación de limbo jurídico, se les está sancionando por realizar cualquier tipo de obra, por necesaria que sea. Señala que si Costas concediera la concesión se acabaría esta situación y podrían seguir realizando la actividad que llevan a cabo en la actualidad, bien de restauración o como residencia.

Según Ortega, hay varias claves que explican que se haya llegado a esta situación. Por un lado, señala que Ayuntamiento, sobre todo al principio, cuando era alcalde José Francisco Reyes, “seguía el procedimiento en un ambiente de rivalidad y no de cooperación con los vecinos”.

Por otro lado, critica la actitud del consejero de política territorial del Gobierno de Canarias, porque en lugar de realizar un informe para aportar al procedimiento y determinar que dos tercios del núcleo poblacional eran urbanos antes de 1988, hizo una resolución administrativa, dando a Costas la oportunidad de recurrirla, y fue anulada, anticipando la sentencia contraria a los vecinos.

“Berriel quiso resolver las cosas por su cuenta y a su manera”, asegura, y critica que no facilitó que los vecinos se presentasen como codemandados en ese procedimiento.

Respecto a Costas, Ortega señala que, para determinar el deslinde, no presentó ninguna prueba, tan sólo una foto aérea en la que n se puede distinguir si los materiales son de origen marino o terrestre (lo que determina hasta donde puede llegar la marea y por tanto el deslinde) mientras que los vecinos se gastaron 15.000 euros en un estudio que explica las características de la costa de El Golfo, y al que no se le ha dado validez por parte de los tribunales.

PUBLICADO EN DIARIO DE LANZAROTE

http://www.diariodelanzarote.com/2012/04/23/lanzarote08.htm#.T5VNSr3y7Is.facebook

@abogadodelmar

Diario Levante

La Plataforma se reunió ayer en el Puig para analizar los cambios en la normativa para la protección del litoral
V. CONTRERAS EL PUIG
Los representantes de varias asociaciones de toda España que forman la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas se reunieron ayer en el Puig para analizar la reforma de esta ley que prepara el Gobierno de Mariano Rajoy y preparar un escrito con varias reivindicaciones que quieren impulsar a través de los ayuntamientos. Según explicó tras al asamblea el portavoz de la Plataforma, José Ortega, por lo que hasta ahora ha dejado entrever el Ministerio de Medio Ambiente sobre la reforma «parece claro que de la definición del dominio público marítimo terrestre se quedará como está, lo que no es bueno para la convivencia ya que los límites del dominio público dependerán de algo tan variable como el alcance máximo de los temporales».
Pero, sobre todo, Ortega destaca que el concepto de desafecciones que podría incluir la reforma «beneficiará a las urbanizaciones más grandes ya que el Gobierno prevé desafectar las zonas que estén más degradadas». «Es decir -subraya el portavoz de la plataforma-, al final se estará premiando a aquellos que más han construido y más han degradado el litoral». También critica esta asociación que, al menos de momento, no se haya hablado de destinar las inversiones pública a evitar la erosión de la costa.
Ortega explicó ayer que la Plataforma reune a cerca de 9.000 propietarios de viviendas de toda España afectados por la Ley de Costas.

Publicado en
http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2012/03/04/afectados-ley-costas-cree-reforma-beneficiara-han-construido/886834.html

http://www.costasmaritimas.es
joseortega@costasmaritimas.es