LAS FUERZAS DEL MAL CRECEN EN BAJO LA CUESTA (LAS GLORIAS DESCONOCIDAS DE DOÑA MARÍA PILAR CHICO DELGADO)
abril 18, 2016
@abogadodelmar
El Ayuntamiento de Candelaria, que tanta prisa y tanta emergencia dice tener, acaba de resolver el recurso de reposición que presenté contra el desalojo el ya lejano, lejanisimo, día 4 de noviembre de 2015 (para quienes no lo sepan, la ley manda que el recurso de reposición se resuelva en el plazo de un mes. Supongo que excepto caso de grave emergencia como aquí sucede, en cuyo caso la Administración podrá rascarse la barriga entre bostezos durante más de seis).
La resolución solo puedo calificarla de pintoresca, añadiendo que nunca en mi vida profesional había visto una cosa igual, porque resulta que el Secretario Municipal había redactado un dictamen favorable al recurso y la instructora carga contra él para proponer la desestimación y el desalojo efectivo, que es aceptado por esa delicada criatura que es la Ilustrísima Señora Alcaldesa, CON ORDEN DE SOLICITAR DEL JUZGADO AUTORIZACIÓN PARA DESALOJAR A LOS VECINOS.
Esto es peor que la sombra de Mordor, pero vamos a luchar contra ellos con todas las armas legales y morales que proporcionan la dignidad, la decencia y el simple hecho de tene r razón y de que ellos sean unos completos mierdas.
AL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE CANDELARIA
JOSÉ ORTEGA ORTEGA, Abogado en ejercicio, con despacho abierto en El Puig, plaza Mariano Benlliure 21, en nombre y representación de la asociación de vecinos Bajo la Cuesta – Risco las Tablas, como ya consta, comparezco y DIGO:
Que, habiendo recibido notificación del Decreto de la Ilustrísima Sra. Alcaldesa desestimando el recurso de reposición previamente formulado por esta parte contra orden de desalojo de mis representados, ese Letrado observa la singularisima circunstancia de que, en su propuesta de resolución, la instructora dedica no poco espacio y esfuerzo dialéctico a contradecir dictamen del Secretario Municipal que aconsejaba la estimación parcial del recurso.
Este Letrado sospecha que la ilustrísima señora Alcaldesa pudo haber incurrido en un error semántico al designar secretario del expediente al Secretario Municipal pese a las altas funciones de asesoramiento legal que éste ostenta, lo que es lo mismo que creer que el Secretario del Ayuntamiento y el secretario que coge los recados por teléfono son la misma cosa.
Como quiera que este Letrado está convencido de que la designación viene ordenada al propósito, tan secreto como ilegítimo, de subordinar al Secretario Municipal a la instructora (que a estos efectos es lo mismo que subordinar la autoridad del que sabe a los rudimentos de quien cree saber), y teniendo en cuenta que consta a esta parte que el primero es funcionario de carrera y habilitado nacional (y por tanto inamovible) y que la segunda podría ser personal laboral (y por tanto prescindible) , interesa a esta parte que por el Ayuntamiento al que tengo el alto honor de dirigirme se me informe sobre el siguiente extremo: Sí Doña Maria Pilar Chico Dellgado. Instructora del expediente, ostenta el carácter de funcionario público o por el contrario es personal laboral.
El objeto de la presente solicitud de información es valorar si por un remoto casual nos encontramos ante una presunta (aunque improbable) estructura de delincuencia organizada en el marco de la cual la instructora se habría visto obligada a seguir las directrices de la ilustrísima Señora Alcaldesa al margen de la razón, la ley y el derecho, por ver peligrar su puesto de trabajo en caso de desobediencia.
En caso de confirmarse las sospechas, se formularía una cuarta denuncia que se sumaría a las otras tres que ya han sido presentadas contra la ilustrísima sra Alcaldesa.
Si el Ayuntamiento decidiera no contestar a esta solicitud de información, la misma se pediría como diligencia probatoria al juzgado de instrucción de Guimar que tramita las anteriores denuncias, al que en todo caso se remite la resolución a la que me refiero para su unión a las diligencias previas, dado su interés.
En su virtud,
SOLICITO: Que por ese Excmo.Ayuntamiento se me informe sobre sí doña Maria Pilar Chico Delgado es funcionario público o personal laboral.
Candelaria, 19 de abril de 2016
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