DELICIAS DE CALNEGRE (CRÓNICA DE LA VENTANA TONTA)

diciembre 2, 2011

He encontrado lo que hacia falta para anular el deslinde de Calnegre.
Lo voy a explicar por encima y sin detalles técnicos, porque los motivos de nulidad que he visto son abundantes y algunos complicados y no es cosa de contarlos aquí en detalle. Parto de una base que me importa mucho aclarar. Siempre que he ido a la Jefatura de Costas de Murcia he recibido un trato muy correcto. Todos y cada uno de los funcionarios que me han atendido lo han hecho con corrección, respeto y espíritu de servicio. Cuando estoy allí veo personas laboriosas y dedicadas pendientes de su trabajo. Y además en esa casa tengo un seguidor de mi blog, mejor que no desvele su identidad. Esto lo digo para que no se malentienda lo que voy a explicar. Aquí no hay ni escarnio ni arrogancia, sólo lo que cuento. Es la verdad y eso es todo.
Confieso que alucino cuando me llaman para resolver asuntos imposibles en esos momentos finales en los que todo está perdido, cuando la Audiencia Nacional ha dicho que nanai y el Tribunal Supremo que no hay nada que hacer. Esto hace tiempo que se transformó en una rutina. Vienen para ver si hay algún milagro disponible y suele haberlo. Claro está que no se trata de milagros, sino de estudiar las tripas de los expedientes con la misma atención, o más, con que los arúspices etruscos observaban los hígados de los animales sacrificados. Hago memoria y no encuentro un solo caso en los que al revisar un expediente no haya encontrado algo que llevarme a la boca. He contado algo de esto en El Abogado y el mar. Mirad el episodio La ciudad condenada, dedicado a Arenales del Sol (se puede descargar el libro electronico en http://www.costasmaritimas.es/DOCUMENTOS.htm).
No es fácil encontrar un motivo de nulidad cuando el tema ha sido ya revisado y sometido a recurso contencioso administrativo, y cuando oficialmente todo lo había que estudiar, discutir y revisar ha sido ya estudiado, discutido y revisado. Pero siempre encuentro algo interesante, y perdón por expresarlo con esta llaneza. No es arrogancia, es una descripción de la realidad.
En el caso de Puntas de Calnegre, el otro día me dediqué a escarbar en los papeles y el motivo por el que escribo esta entrada de blog es que me encontré, entre muchos otros, con un error particularmente idiota.
El expediente era un deslinde, claro. Pero ellos le dieron otro nombre, como para disimular y para escapar a la regulación del procedimiento de deslinde. Por eso se permitieron no hacer ni apeo, ni proyecto de deslinde ni nada de lo que ordena el reglamento de costas. Pero en último término salvaron astutamente la situación dando lugar a un trámite de vista y audiencia. En todos los recursos judiciales la Audiencia Nacional ha dicho no, porque aunque no se hubieran observado algunos trámites, la vista y audiencia actuaba a modo de vacuna contra la indefensión y sanaba cualquier defecto. Esto es algo que le gusta mucho a los tribunales. Tú puedes coger a un músico callejero para que firme el inicio de un expediente, a la dependienta del súper para que aprueba la resolución y copiar medio capítulo de Guerra y paz a modo de tramitación, y la sentencia dirá que todo está bien siempre que no se haya producido indefensión. Es así como funciona, queridos.
Bueno, he encontrado un motivo de nulidad por indefensión asociado a defectos en la vista y audiencia, es decir, al salvavidas del sistema para que los vecinos no pueda ni suspirar. La cosa es simple, podría verla cualquiera: Hay una serie de vecinos a los que no se les notificó ese trámite y por lo tanto nunca fueron conscientes de que la Administración les pedía opinión sobre el tema, nunca pudieron formular alegaciones y nunca pudieron defenderse. Eso es indefensión.
Claro está que la simple ausencia de una notificación no indica que la Administración esté maltratando a los ciudadanos. Si los destinatarios no están en casa, ni el cartero ni los funcionarios pueden hacer milagros. Se publica un edicto y en paz. Pero el intento de notificación tiene que cumplir con todos los requisitos establecidos en la ley.
Veamos: A una serie de vecinos no se les pudo notificar por domicilio desconocido. Esto no es nuevo, sucede a menudo por varios motivos. Pero me fijé en que no es que los domicilios fueran desconocidos, sino que las cartas venían en sobres con ventana y estaban mal maquetadas hasta el extremo de que la dirección no asomaba, o no asomaba completamente por esa ventana. Lo único que veía el cartero, y cualquiera, era un nombre con dos apellidos, a veces también una calle, pero sin ciudad. Así que desde luego entregar la carta era imposible y el muchacho se limitaba a escribir DESCONOCIDO, y a devolverla. La cosa es lo que sucedía cuando estas cartas no entregadas llegaban de vuelta a la Jefatura de Costas: Nada. A ningún funcionario se le ocurría estudiar el caso, investigar por qué razón el domicilio señalado en el Catastro era incorrecto o acudir a formulas alternativas como pudieran ser consultar al Ayuntamiento, o cualquier otra medida ordenada a la adecuada salvaguarda de los derechos fundamentales. El derecho de defensa es un derecho fundamental. No informar de la vista y audiencia es vulnerar este derecho.
Cuando hubo que notificar la Orden Ministerial pasó lo mismo: Se usaron los mismos modelos de cartas con la misma maquetación errónea y el cartero volvió a devolver las notificaciones por domicilio desconocido.
La indefensión es de libro. Un montón de vecinos se han quedado sin poder ser oídos sólo porque los responsables de redactar las cartas y meterlas en los sobres no se dieron cuenta de que estaban haciendo el trabajo mal. Un error simple que se prolongó y se reprodujo, y habría seguido reproduciéndose hasta la nausea si hubiera habido más notificaciones que hacer. Creo que esto es desidia, abulia y desgana, todo junto.
Si la Administración cumpliera con su deber constitucional de objetividad, bastaría llamar la atención sobre lo sucedido para que todo saltara por los aires y el deslinde se disolviera como azúcar en el cafe. Si viviéramos en una sociedad democrática con separación de poderes y una justicia digna, profesional e independiente, esto seria motivo suficiente para anular el deslinde y empezar la discusión desde cero. Pero abramos los ojos a la realidad. Tenemos razón pero no hay ningún tribunal en España dispuesto a reconocerlo. Lo mismo que cuando nuestros abuelos iban a a Perpignan a ver El último tango en París, nosotros tendremos que soportar que nos llamen burros en la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional antes de cruzar gloriosamente la frontera, entrar en un país civilizado y acceder al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Dicen que el efecto del bótox se disipa al cabo de unos meses porque el cuerpo hace nacer nuevas ramificaciones nerviosas para sustituir a las que han sido envenenadas. Dicen también que ante la presencia de arterias coronarias obstruidas, el cuerpo se las arregla para redirigir la sangre a través de vasos menores, o simplemente de hacer nacer otros nuevos.
La justicia es a semejanza de la imperiosa exigencia de vida de nuestros cuerpos. Se puede vivir sin coche, sin adsl o sin pan, pero no sin justicia. Sufriremos, nos aburriremos y seremos humillados, pero conseguiremos la ansiada e innegociable justicia, daremos una lección de dignidad y con nuestro ejemplo y esfuerzo y el de muchos otros, podremos quizá dejar a nuestros hijos un país mucho mejor que esta desafortunada España, limpio de corrupción, libre de zoquetes con poder y en el que los ciudadanos no sean nunca más esclavos.

José Ortega
Abogado
http://www.costasmaritimas.es

5 respuestas hasta “DELICIAS DE CALNEGRE (CRÓNICA DE LA VENTANA TONTA)”

  1. Inma Torres said

    Si por favor un pais libre de zoquetes con poder !!

  2. Muy interesante tu exposición, José. Me has tenido enganchada al tema desde el comienzo. Por la forma en que lo describes presiento que no salías de tu asombro al comprobar cómo un error «sin importancia» aparente, del cual nadie se percataba, te ha brindado el modo de solucionar un caso. Esto me hace pensar en cuántos y cuántos errores «tontos» son culpables de muchas injusticias. A diario y durante años, el mínimo fallo puede traer consecuencias malas o derivarlas a buenas, como en este caso de la ventana tonta. En ellos se basa la vida y destino de muchas personas… Lo cual demuestra que la realidad siempre supera a la ficción.
    Me ha gustado leer tus impresiones sobre… ¡los tribunales y la justicia!… Ahí te has desquitado, qué bueno…
    Por minucias tan aparentemente tontas como estas, el curso de la vida nos cambia por completo. La segunda parte del artículo no tiene desperdicio.
    Gracias y enhorabuena. Que descanses, si puedes, en estos días de «puentes»… Un gran abrazo para ti, incansable luchador y trabajador. Gracias por tu amistad. Alicia Rosell.

  3. nerjeño said

    Dicen que quien busca encuentra. Y ese dicho resulta especialmente cierto cuando de defectos o incluso aberraciones procedimentales se trata.

    En mi caso ( llevamos con el deslinde dos años y dos prórrogas, la última de las cuales vence el 15 de enero ), como se trata de un acantilado y para medir la pendiente se partía de la linea de deslinde anterior que no me cuadraba, me fuí al expediente de ese deslinde del año 1966, y resulta que el resguardo de correos correspondiente a la supuesta notificaciòn al propietario del terreno donde ahora asienta la propiedad en que vivo se encontraba curiosamente firmado a lapiz con firma ilegible y sin identificar con DNI, y sin fecha de la firma; y el sello de correos con la cara de franco sin matasellar. Y para colmo no aparecía el contenido de la notificaciòn efectuada.
    En las alegaciones he pedido la nulidad de pleno derecho del deslinde del año 1966, sin que en la propuesta de resoluciòn me hayan hecho el mas mìnimo caso, y tampoco espero que me lo hagan en la resoluciòn, si es que no la dejan caducar, para lo cual falta poco más de un mès.
    Asimismo, el estudio de pendientes que solicité, pues no lo habían realizado, para que les cuadrase la pendiente nada menos que se descolgaron con uno en que la escala de uno de los ejes era doble de la del otro.
    Y muchas otras barbaridades de un calibre semejante que espero nos sirvan para poder ganar el contencioso si finalmente nos obligan a acudir a esa vía. En cuyo caso, estaría complacido si pudieras defendernos .

    Saludos y a seguir buscando gazapos administrativos.

  4. nerjeño said

    Dice un acertado refrán jurídico, que para ganar un pleito, no basta con tener razón. Es necesario, además saberla pedir, y por encima de todo, que te la quieran dar.
    Pués bien, algo gordo ha tenido que pasar en el Ministerio de Medio Ambiente, al aprobar el deslinde de uno de los tramos de costa del municipio de Nerja, para que finalmente, después de no hacer ni puñetero caso a nuestras primeras alegaciones tras el acto de apeo, han terminado dándonos la razón tras las alegaciones formuladas en el trámite de audiencia de la Propuesta de Resoluciòn, manteniendo finalmente, como pedíamos, la linea del dominio público coincidente con el deslinde anterior.
    Sabíamos que teníamos razón y que la habíamos pedido con argumentos claros y mas que sobrados, pero teníamos serias dudas de que, a pesar de todo quisieran dárnosla, en vía administrativa. ¿ Será que ya asoma la nariz el cambio en el Ministerio de Medio Ambiente ? . ¡ OJALA !

    Saludos a todos los afectados por Costas y al autor de este blog por su constante lucha contra los molinos de viento.

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